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El juez archiva el caso del chat policial contra Manuela Carmena

El magistrado no percibe delito en los comentarios que hicieron los agentes a nivel privado en un grupo de whatsapp

Dos policías Municipales patrullando por un bulevar de Puente de Vallecas, Madrid.
Dos policías Municipales patrullando por un bulevar de Puente de Vallecas, Madrid. Víctor Sainz
F. Javier Barroso

El titular del juzgado de instrucción número 42 de Madrid, Juan José Escalonilla Morales, ha dictado esta mañana el auto de archivo provisional del caso del chat policial contra Manuela Carmena y en el que algunos agentes publicitaban la agresión a los extranjeros. El juez no ha apreciado indicios de delito en esta causa al entender que se trataba de comunicaciones internas en un grupo de whatsapp entre los agentes que carecían de difusión pública como para apreciar los delitos de incitación al odio, de injurias y de amenazas.

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El auto analiza que el chat denominado Diez años y turno de noche estuvo formado por 200 agentes. En él participaron como administradores hasta 60 integrantes, de los que algunos empezaron a protestar por los cambios en el servicio nocturno. Después se continuó con comentarios sobre la operativa policial. La denuncia vertida a finales del año pasado por el agente Juan Francisco M. H., denominado Ronin, por un supuesto delito de odio y otro de amenazas inició el procedimiento judicial que ahora ha quedado sobreseído.

El juez entiende que el chat surgió con el ánimo de “intercambio de ideas y opiniones” y que los diversos participantes no se conocían entre sí. Escalonilla analiza el artículo 510 del Código Penal, que tiene que haber “odio, hostilidad, discriminación o violencia” hacia determinados cuerpos, colectivos o personas para que se dé este delito. Además, tiene que realizarse "de manera pública”. “Es necesaria la puesta en conocimiento general de lo que es objeto de opinión o juicio de valor”, manifiesta el juez en su escrito y destaca que en ningún caso se produjeron estos hechos en el caso que se analiza. Por tanto, no percibe que se haya realizado el citado delito de odio.

Los supuestos mensajes no aparecen

Carlos Bahón, responsable de la Asociación de Policía Municipal Unificada (APMU), hace referencia al informe de Policía Nacional en el que se afirma que no se han encontrado los mensaje aportados por Ronin que dieron inicio a todo el procedimiento judicial. "Consideramos que no ha quedado probado que esos mensajes se realizasen en un grupo de chat de la Policía Municipal ya que según un informe policial parte de los mensajes aportados por el denunciante no se encuentran escritos en el chat y que el sindicato CCOO y el ayuntamiento han utilizado para criminalizar y ensuciar la imagen y trabajo de la Policía Municipal de Madrid".

El magistrado también rechaza que se produjeran amenazas contra Ronin. Ya lo recogió en un autorizado el 4 de diciembre de 2017 a raíz de las aportaciones realizadas por el denunciante. El análisis literal efectuado por el Cuerpo Nacional de Policía recoge también la respuesta de Ronin entre las que se incluye que no se sintió en ningún momento amenazado por los comentarios de sus compañeros: “Acojonado me siento”, llegó a señalar en plan irónico a las presuntas amenazas de otros participantes en el chat.

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Escalonilla también rechaza que se produjeran injurias contra la alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena. En el chat se pudieron leer comentarios como “vejestorio despreciable, que se muera la vieja ya”. O “roja de mierda”. Tal falta de publicidad en los comentarios vertidos en relación con la alcaldesa de Madrid determina que no quepa tan poco apreciar la presunta comisión de un delito de injurias a la autoridad tipificado en el artículo 208 de Código Penal, añade el auto.

Por último, el juez entiende que los tres investigados tampoco cometieron un delito de amenazas contra el portavoz de CC OO en el Ayuntamiento de Maddi, Emiliano Herrero, al que calificaron de “confidente laboral y garbanzo negro”. De nuevo el magistrado apela al ámbito privado y a la descontextualización de los comentarios para no apreciar una conducta amenazante. Contra el auto cabe recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid en plazo de tres días.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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