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La exalcaldesa de Betanzos afronta cuatro años de prisión por el contrato a un profesor

María Faraldo, también exdiputada autonómica del PP, está acusada de prevaricación, falsedad documental y tráfico de influencias

Casi cuatro años después de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) abriera juicio contra la entonces alcaldesa de la localidad coruñesa de Betanzos y diputada del PP en el Parlamento de Galicia María Dolores Faraldo, por lo que tuvo que dimitir de sus cargos, la Audiencia Provincial la juzga a partir de este martes de los presuntos delitos de prevaricación administrativa, falsedad documental y tráfico de influencias.

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Faraldo afronta una condena de cuatro años y seis meses de prisión y otros tantos de inhabilitación para cargo público por el delito de prevaricación y falsedad en documento oficial, así como otros 16 meses de multa por la contratación irregular de un profesor para el Conservatorio Municipal de Música en 2009, pese a las advertencias en contra del secretario del Ayuntamiento.

Según la acusación pública, María Faraldo, que fue alcaldesa entre 2007 y 2014, supuestamente ordenó la contratación del profesor sin justificación objetiva y creando para ello un puesto "irreal", de reparador y afinador de instrumentos musicales, tal como le había pedido el director del centro y a sabiendas de que era una ilegalidad.

En la primera jornada del juicio, Faraldo ha asegurado que "nunca" tuvo consciencia de que "hacía algo ilegal" y ha añadido que el secretario municipal, con quien no mantenía una buena relación, no le advirtió "de nada", informa Europa Press.

En la causa está también acusado Alberto García Noguerol, el profesor contratado, por delitos de prevaricación y falsedad documental, para quien se solicita una condena de un año y nueve meses de prisión, y Juan Antonio Ferrer Cerveró, el entonces director del conservatorio, por su probable participación en sendos delitos de tráfico de influencias y falsedad documental por los que se pide para él una pena de tres años y medio de prisión.

Según el fiscal, al inicio del curso escolar 2009-2010 el profesor acusado, “con el doble propósito de impartir menos horas lectivas al tiempo que conseguía dar empleo remunerado a un antiguo alumno suyo, se propuso conseguir que el Ayuntamiento contratase un nuevo profesor de apoyo para que le ayudase en sus tareas docentes en el departamento de viento y madera, aduciendo que al aumentar el número de alumnos no podía simultanear las clases con la dirección y de la banda de música”.

Sin embargo, este argumento era falso, ya que el número de alumnos no solo no se había incrementado sino que incluso había descendido, para lo cual se puso en contacto con su antiguo alumno, Alberto García, presentándolo en la sesión del claustro de profesores celebrada el día 23 de septiembre de 2009 como nuevo integrante del profesorado en su calidad de asistente del departamento de viento y madera.

Una vez iniciados los trámites administrativos, el secretario municipal comunicó que no se podía acceder al alta del nuevo docente porque no constaba proceso de selección ni trámite alguno para su contratación laboral, por lo que no podía incluirse en la relación de nóminas de dicho conservatorio ni darse de alta a ningún efecto. Dicho puesto de trabajo tampoco constaba en la relación de profesores que fue aprobada por resolución de la Alcaldía de 7 de octubre de 2009.

Para superar estas dificultades y dar satisfacción a sus pretensiones, Ferrer Cerveró se entrevistó con la entonces alcaldesa y esta le sugirió, según el relato del fiscal, que el contrato tenía que hacerse a través de una prestación de servicios, indicándole que en las facturas que emitiese tenía que figurar no como profesor sino como reparador y afinador de instrumentos musicales.

“La alcaldesa era conocedora de la ilegalidad de la contratación al haber sido advertida expresamente por el secretario municipal, así como de la imposibilidad jurídica de llevarla a efecto al no existir plaza vacante ni presupuesto en el capítulo de personal y sin sujetarse a proceso selectivo alguno que objetivase el mérito y capacidad del aspirante, sin que constase siquiera que tuviera algún título específico”, concluye la fiscalía.

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