Hospital Quirón pagará 1,1 millones por negligencia en un embarazo
El bebé sufre parálisis cerebral por no tratar adecuadamente a su madre durante la gestación
La clínica San José, que pertenece a la red de Hospitales Quirón, tendrá que indemnizar con 1.129.497 euros a una paciente a la que se trató negligentemente durante su embarazo. Así dicta la sentencia del juzgado de primera instancia número 53 de Madrid, de la juez Ana María Iguálcel, que es recurrible. A consecuencias del trato recibido, la hija de la mujer sufre daño cerebral irreversible y necesita ayuda de terceros para realizar las tareas cotidianas, informa el abogado de la paciente, Rafael Martín Bueno, de la Asociación Víctimas de Negligencias Sanitarias.
La paciente, M. C. H., empleada de Telefónica, asegurada por Antares, fue a la clínica San José el 27 de julio de 2008 durante su semana 36 de embarazo aquejada de fuertes dolores abdominales. Monotorizaron al feto que presentaba “un registro cardio-tocográfico intranquilizador con sospecha de pérdida de bienestar fetal”, dice el perito, “que obligaba a confirmar su estado mediante pruebas adicionales o finalizar el embarazo con una cesárea urgente y que en ningún caso era compatible con una gestación de 36 semanas de evolución normal”.
El feto presentaba desaceleraciones profundas de la frecuencia cardíaca sin relación con contracciones además de taquicardia, considerándose “patrón fetal pretérmino”, patrón que aparece por debajo de las 32 o 33 semanas de embarazo, no siendo aplicable a este caso pues estaba embarazada de 36 semanas y 4 días, casi a término.
A pesar de todo esto, la paciente recibió el alta sin agotar sorprendentemente el servicio de obstetricia del hospital los recursos de los que disponen los ginecólogos para confirmar el estado fetal. Al día siguiente, M. C. H. volvió al hospital con fuertes dolores y tuvieron que realizarle una cesárea urgente. Durante las 12 horas que la mujer estuvo en casa, transcurrió la dilatación del parto sin ningún tipo de control durante las cuales el feto sufrió falta de oxígeno.
Según el perito, el embarazo cursó con un crecimiento intrauterino retardado que no le fue diagnosticado, lo que suponía un riesgo adicional a la elevada edad de la madre y se tenía que haber extremado la vigilancia durante el embarazo. Los daños neurológicos que presenta la menor fueron producidos por la asfixia que sufrió durante el parto, pudiendo haberse evitado ingresando a la paciente en observación y realizando pruebas complementarias para determinar el estado de bienestar fetal y haciendo una cesárea si existía la más mínima duda faltando tres días para alcanzar el término de la gestación.
La recién nacida tuvo que ser atendida por el servicio de neonatología, iniciándose su seguimiento y trasladándola después al Hospital Montepríncipe. Con el tiempo, la madre fue descubriendo los problemas asociados a la encefalopatía que le fue diagnosticada en fase inicial apreciándose al año siguiente un grado de discapacidad del 51% que, dos años más tarde, se aumentó al 75%. Tiene reconocido un grado de dependencia III nivel 2, el máximo, con una puntuación de 89,5 puntos. La Administración considera que para valorar definitivamente el estado de la menor hay que esperar a que tenga entre 6 y 8 años, periodo en el culmina el desarrollo cerebral.
La falta de control por parte de la clínica San José fue determinante en las consecuencias de la recién nacida que sufrió daño cerebral. Según el protocolo de la Sociedad española de ginecología y obstetricia, se puede establecer un nexo causal entre la parálisis cerebral que posteriormente sufrió el bebé y la hipoxia intrauterina pues no se respetó el protocolo de control de bienestar fetal antes del parto y no existían referencias a que sufriera patologías relacionadas con la prematuridad.
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