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El fiscal da por cerrado el ‘caso Alvia’ con el maquinista como acusado

Antonio Roma considera que “nada nuevo” se ha descubierto desde que la Audiencia de A Coruña rechazó imputar a Adif en septiembre de 2014

Los servicios de emergencias trabajando en el lugar del siniestro
Los servicios de emergencias trabajando en el lugar del siniestroÓSCAR CORRAL

Antonio Roma, fiscal del caso Alvia que investiga el descarrilamiento del 24 de julio de 2013 en Santiago en el que murieron 80 personas, se ratifica en que el maquinista del tren fue el único culpable y, como el segundo juez instructor de la causa, pide que se celebre juicio contra él cuanto antes. Para ello ha rechazado todos los recursos planteados por las víctimas, el abogado del maquinista y la aseguradora de Renfe contra la propuesta de cerrar la investigación y juzgar solo al conductor.

Roma dice que “nada nuevo” se ha aportado a la investigación desde que en septiembre de 2014 la Audiencia Provincial de A Coruña rechazó la pretensión del primer juez instructor de la causa de citar como imputados a cargos de Adif a los que atribuía la responsabilidad de reducir la seguridad de la línea de alta velocidad Ourense-Santiago en la que ocurrió el accidente. Esa misma Audiencia será la que ahora deba decidir si continúa la instrucción o se celebra ya el juicio. Víctimas del accidente consideran que ha sido precisamente la actitud pasiva tanto del propio fiscal como del segundo juez instructor lo que ha impedido que se investigasen en profundidad otros elementos del accidente.

En su escrito de 48 páginas, el fiscal, como hizo el juez en su propuesta para cerrar la instrucción, descarta buena parte de los argumentos contrarios diciendo que ya fueron rechazados por la Audiencia en 2014 o que el momento para analizarlos será el juicio oral. También apunta “las dificultades que las organizaciones complejas traen consigo para la individualización de una conducta productora de un resultado”. Roma considera que solo puede ser considerado delito la “conducción distraída” del maquinista, que había recibido una llamada del interventor del tren y que no frenó a tiempo antes de la curva de Angrois sin que hubiese activo ningún sistema de seguridad que evitase o paliase su despiste. Según el fiscal, las diversas deficiencias de seguridad que otras partes han sacado a la luz durante la instrucción “pueden permitir la mejora de la circulación ferroviaria en el futuro”, pero no revisten “la apariencia de delito”.

Por un lado, el fiscal elogia que “la labor desarrollada por el juzgado ha sido amplia y exhaustiva”. Por otro, destaca que desde el citado auto de la Audiencia que en septiembre de 2014 decidió no imputar a cargos de Adif por falta de pruebas, la única novedad que se ha aportado a la causa han sido los informes periciales, en los que a su juicio no se señalan “factores que revistan la apariencia delictiva”. En varios de ellos se indica el elevado riesgo de accidente que existía en la curva de Angrois por la configuración de seguridad decidida por Adif, pero Roma considera que “no puede afirmarse que se haya incrementado el riesgo en los términos propios de la técnica jurídico-penal”. También recuerda que la Audiencia dio por válido que se “exportasen” al maquinista los riesgos existentes en la infraestructura.

En otro punto de su escrito el fiscal admite que el sistema de control constante de la velocidad propio del AVE, el ERTMS que en los Alvia había sido desconectado un año antes del accidente de Angrois, es “indudablemente superior” al sistema de seguridad convencional, el ASFA de control puntual de la velocidad con que circulaba el tren el día del siniestro. La afirmación contradice las reiteradas afirmaciones de Adif y Renfe de que ambos sistemas son igual de seguros.

Entre las cuestiones que las víctimas, el abogado del maquinista o el seguro de Renfe pedían investigar y que el fiscal descarta se encuentra la posible existencia de publicidad engañosa sobre los sistemas de seguridad existentes. Roma asegura que en las notas de prensa y publicaciones de Fomento y Adif en las que se detallaban los sistemas de seguridad del AVE gallego predominan “más el aspecto informativo o propagandístico sobre el propiamente comercial”, que es el que se debe tener en cuenta en ese delito concreto de publicidad engañosa. El fiscal también descarta analizar el posible sobrepeso del tren, la capacitación del maquinista para su trabajo, y que se incumpliese alguna norma de seguridad laboral.

En su escrito el fiscal llega a elogiar la “utilísima labor policial” en la instrucción, sin detallar en qué consistió, y cita la “ausencia de la cabina en dos ocasiones” antes del accidente del conductor, algo que las grabaciones prueban que no se produjo. Nada dice, por el contrario, de los plagios detectados en uno de los peritajes, que el abogado del maquinista pedía invalidar.

Por todo ello, “para no perjudicar el derecho de los imputados o acusados a un juicio sin dilaciones indebidas”, “el juicio oral es una necesidad y concurren elementos para que pueda desarrollarse con las debidas garantías”, concluye el fiscal, que se ratifica en su escrito del pasado 27 de octubre en el que solicitó cuatro años de cárcel para el maquinista por “imprudencia grave profesional” y 43 millones de euros de indemnización para las víctimas, que deberían ser abonados por la aseguradora de Renfe, QBE.

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