Salud quiere que los mandos del ICS puedan acumular más de un cargo
La Generalitat aprovecha la Ley de Acompañamiento para incluir cambios en el ICS
La Generalitat ha aprovechado la Ley de Acompañamiento de los presupuestos de 2015 para incluir cambios legislativos en materia sanitaria. El Gobierno catalán planea modificar varios artículos de la Ley del Instituto Catalán de la Salud (ICS) para permitir que, en el marco de alianzas estratégicas entre este ente y hospitales de la red pública, los altos mandos del ICS puedan tener más de un cargo y compatibilizar su gestión en el organismo público —que controla ocho grandes hospitales y el 80% de la atención primaria— con más funciones de mando en otros centros ajenos al ICS. Alguno de estos hospitales es privado, pero su función es pública.
Hasta ahora, tener un cargo directivo en el ICS era incompatible con cualquier actividad que no fuese de docencia o de investigación. Sin embargo, el Ejecutivo catalán añade ahora otra excepción y abre la puerta a que los mandos del ICS puedan ejercer funciones directivas en otros centros, siempre y cuando haya de por medio “alianzas estratégicas o proyectos de gestión compartida” entre el ICS y otras empresas, como es el caso del proyecto CIMS en Girona (convenio de colaboración entre el hospital Josep Trueta y el Instituto de Asistencia Sanitaria). Además, la Generalitat contempla que estos cargos puedan cobrar hasta el 30% más del sueldo que perciben en el ICS e, incluso, con un acuerdo de Gobierno, “poder superar este límite retributivo”.
Los altos mandos de la empresa pública podrán tener cargos en centros ajenos al ICS
Pero la reforma legislativa de la Generalitat se ha topado con un dictamen desfavorable del Consejo de Trabajo Económico y Social de Cataluña (CTESC), órgano asesor del Gobierno en materia socioeconómica y laboral. El CTESC critica que las retribuciones de estos cargos directivos “no se establecen en función de la dedicación horaria, sino de las actividades encomendadas”.
En su retahíla de cambios, la Generalitat prevé además que, también con alianzas estratégicas de por medio, todos los profesionales del ICS puedan prestar servicios en cualquiera de los centros adscritos al acuerdo de colaboración. El CTESC rechaza esta reforma al considerar que la medida permite que empleados con “condiciones laborales y retributibas diferentes” —los del ICS son estatutarios mientras que los de los demás centros se rigen por otros convenios laborales— hagan el mismo trabajo.
El director del Catsalut tendrá potestad para decidir sin pasar por el consejo de dirección del ente
El Gobierno catalán también contempla derogar el artículo que limita la actividad del personal con funciones de mando intermedias —cargos en unidades de gestión y gerencias territoriales—. La Generalitat, que prohibía a los cargos intermedios del ICS cualquier actividad de responsabilidad en otros centros sanitarios, deja ahora vía libre a que, con alianzas estratégicas o sin ellas, estos mandos intermedios puedan compaginar sus funciones en el ICS y en otros centros, públicos o privados. El CTESC critica que no queda claro si esta actividad se lleva a cabo en el marco de una alianza estratégica o no, y tampoco hay ningún “texto alternativo que lo clarifique”.
Otra modificación legislativa, fuera de la ley del ICS, es la que da potestad al director del Servicio Catalán de la Salud (Catsalut) para “establecer acuerdos, convenios, conciertos y encargos de gestión para la prestación de servicios” sin contar con el consejo de dirección, que pasará de tener poder de decisión a simplemente “ser informado periódicamente”.
Aunque su decisión no es vinculante, el CTESC ha propuesto por unanimidad eliminar todas las reformas sanitarias de la Generalitat. UGT y CC OO, presentes en el CTESC, critican que Salud aproveche esta ley para “colar” reformas sin pasar por el consejo de dirección del Catsalut.
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