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Una defensa acusa a Alaya de parcial en el caso de la formación

El exconsejero Fernández estima que la juez debe dejar la investigación

Javier Martín-Arroyo
El exconsejero de Empleo Antonio Fernández, en 2012 en los juzgados.
El exconsejero de Empleo Antonio Fernández, en 2012 en los juzgados.

El exconsejero de Empleo Antonio Fernández ha acusado a la juez Mercedes Alaya de “violar la imparcialidad objetiva” en la causa de los cursos de formación, lo que significaría que la instructora estaría vulnerando el derecho a un proceso público con todas las garantías legales. La acusación está incluida en el duro escrito por el que la defensa de Fernández se alinea con la Junta para pedir la nulidad de las actuaciones. El abogado de Fernández subraya que plantea la cuestión porque existe una “sospecha razonada de parcialidad” de Alaya.

Tras la petición de la Junta, la Fiscalía Anticorrupción respaldó a la instructora al considerarla competente; el exconsejero Ángel Ojeda apoyó la nulidad y ahora el exconsejero Fernández censura la actuación de la juez. Mientras, el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJA), Lorenzo del Río, opinó que “no es el procedimiento normal” la manera por la que Alaya se hizo cargo de las diligencias.

Después de oír a las partes, Alaya responderá previsiblemente para ratificarse en su competencia y frenar el escrito de la Junta. Está por ver si la Junta elevará entonces el incidente a la Audiencia de Sevilla y si esta lo aceptará.

La Junta solicitó la nulidad de las actuaciones al considerar que la juez podría haber roto el derecho al juez natural predeterminado por ley. El Gobierno alegó que el caso se originó tras presentarse el funcionario Teodoro Montes ante el juzgado de Alaya, de donde le enviaron a la Guardia Civil. Los investigadores tomaron declaración a Montes como testigo, y este testimonio lo remitieron a Alaya sin presentarlo ante reparto para que se turnara o remitirlo al Juzgado de Instrucción 4 de Sevilla, que previamente había archivado la misma denuncia presentada por Montes con anterioridad.

Fernández estima que “la nulidad de actuaciones postulada existe” en base al artículo 238 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Y argumenta: “La asunción de la competencia del procedimiento por parte de este juzgado no se ha producido de una forma regular, normal, sino a través de la elusión e indebido desconocimiento bien de una situación constitutiva de litispendencia (que la causa de la formación ya estaba siendo investigada por otro juzgado, en este caso el 4, que había archivado provisionalmente)”.

El abogado de Fernández plantea que la situación planteada supone “un cúmulo de actuaciones objetivamente indebidas, en cuanto que no legalmente justificables, que proyecta una grave sombra de duda sobre el modo en que la competencia sobre el asunto ha terminado asumiéndose por este juzgado”.

El escrito plantea que la remisión de la Guardia Civil a Alaya en vez del envío a reparto, podría ser intencionado: “Una deliberada elusión de normas de reparto entre juzgados de instrucción; es decir, detectarse una espuria actuación por parte del denunciante o de la policía para elegir al juez, o de este para que, obviando el reparto, el asunto llegue a su conocimiento”.

El exconsejero estima que el relato de la Junta, que en su escrito censuró a la juez por dirigir una “causa general” contra el Gobierno, “coincide fielmente con la realidad de lo acontecido”. El escrito de la Junta exponía una secuencia de hechos por la que Alaya y la Guardia Civil contravenían diversas normas en la causa, pero sin imputarles de manera explícita haber cometido prevaricación. El Ejecutivo consideraba que la declaración de Montes ante la Guardia Civil en 2013 “no se había practicado en el marco de ningunas diligencias previas”. Para el exconsejero, la declaración-denuncia de Montes ante la Guardia Civil “era reiterativa y se refería a iguales hechos que los ya judicialmente denunciados por él mismo”.

Fernández añade que la magistrada ha puesto en riesgo con su actuación la garantía del juez “objetivamente imparcial” y la proscripción de las dilaciones indebidas, además de sumarse a la teoría de la Junta de que la juez instruye una causa general contra el Ejecutivo.

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Sobre la firma

Javier Martín-Arroyo
Es redactor especializado en temas sociales (medio ambiente, educación y sanidad). Comenzó en EL PAÍS en 2006 como corresponsal en Marbella y Granada, y más tarde en Sevilla cubrió información de tribunales. Antes trabajó en Cadena Ser y en la promoción cinematográfica. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y máster de EL PAÍS.

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