_
_
_
_
_
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

La suspensión

El Tribunal Constitucional no ha mordido el anzuelo del Gobierno español, que pretendió poner gasolina jurídica al 9-N

José María Mena

No ha sido suspendida la consulta por el Tribunal Constitucional. Solo han sido suspendidas, y solo cautelarmente, las actuaciones de las instituciones que integran la Generalitat de Cataluña vinculadas con la consulta. Todas las demás iniciativas proconsulta conservan su legitimidad constitucional, no están suspendidas.

La Abogacía del Estado, órgano jurídico que expresa la voluntad del Gobierno, además de pedir la suspensión de la consulta, pidió al Tribunal Constitucional que hiciera el siguiente apercibimiento: las autoridades y funcionarios de Cataluña que no acaten la orden de suspensión podrían cometer un delito de desobediencia, que lleva aparejada la pena de inhabilitación. El cese en el cargo, si llegara a dictarse una sentencia condenatoria firme, afectaría al president Mas, a los consellers, a los directores de centros docentes y a todos los demás funcionarios que realicen actuaciones vinculadas a la consulta. Este delito de desobediencia, y su consiguiente severísima consecuencia, era lo que pretendía prefigurar el Gobierno con su complementaria petición de apercibimiento.

La Abogacía del Estado necesitaba ese apercibimiento porque, desde hace muchos años, ha sido un presupuesto imprescindible, según el Tribunal Supremo, para que se pueda castigar a las autoridades o funcionarios por el delito de desobediencia a las órdenes de una autoridad superior.

El Tribunal Constitucional no ha mordido el anzuelo. En su providencia de suspensión ha dado la callada por respuesta. No ha hecho ninguna referencia al apercibimiento que pretendía el Gobierno. Es razonable prever que esta calculada y cuidadosa omisión dificultará seriamente, o cerrará el paso, al propósito de encender el conflicto con el argumento simplificador de que la ley hay que cumplirla, como si esta fuera única, simple y de interpretación incuestionable, infalible. Así, sin previos apercibimientos a los presuntos desobedientes, le será muy difícil al Gobierno imputar a las autoridades y funcionarios de Cataluña la comisión de delitos de desobediencia.

Sin apercibimientos previos a los presuntos desobedientes, le será muy difícil al Gobierno imputar a las autoridades y funcionarios catalanes la comisión de delitos de desobediencia

No debería desencadenar las iras contra el Tribunal Constitucional que haya decidido la suspensión cautelar de las actuaciones de la Generalitat vinculadas a la consulta. Presentado el recurso por el Gobierno, el Constitucional hizo lo único que podía hacer, porque lo manda la Constitución, inexcusablemente. Y puso especial cuidado en señalarlo, al expresar que lo ordenaba “comprobada la concurrencia de las condiciones procesales de admisibilidad”. El Tribunal es, en fin de cuentas, una oficina en cuya ventanilla de entrada se ha presentado un documento con todos los requisitos formales. Es obligado admitirlo.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Algunas voces, con más simplismo que madurez, clamaron contra Encarna Roca, magistrada del Tribunal Constitucional, porque siendo catalana no se pronunció en contra de la suspensión cautelar. Ello habría requerido pronunciarse previamente en contra de la admisión a trámite del escrito del Gobierno, lo cual sería directamente ilegal, y además imposible. Sería una prevaricación estúpida. Para completar los signos de inmadurez de aquellas voces llegaron a pretender retirar a la magistrada el título de doctor honoris causa de la Universidad de Girona, que le había sido concedido en reconocimiento de sus méritos en el estudio del derecho civil de Cataluña. Es una jurista rigurosa, y sus méritos son científicos, académicos, jurídicos, cargados de dignidad. No es ni serio ni aceptable reprobarla y exigirle que devuelva su título honoris causa, como si hubiera incurrido en deméritos reprobables. Como si no la separara un abismo ético y estético de Pujol o de la Pantoja, ellos sí obligados, por sus pecados, a devolver sus medallas de Barcelona o Andalucía.

Lo que sí es reprobable es que se pretenda que el título honorífico es una medalla-deuda, que vincula y compromete a la magistrada. Los que tal pretenden son quienes quieren o creen gozar de jueces deudores, disponibles, favorables, exigibles. Todo un modelo de perspectiva de independencia judicial temible e indeseable.

Lo cierto es que, afortunadamente, el Constitucional ha optado por no añadir ni una gota de gasolina, como dijo uno de sus magistrados que no ha querido dar su nombre.

El Gobierno, al contrario, sí pretendió poner gasolina, encender la amenaza de los tribunales penales, el temor pretendidamente paralizante a las inhabilitaciones. Pudo desentenderse de una pacífica convocatoria cívica independentista sin relevancia jurídica. Pero dio un paso que podría haberse evitado, y lo dio sin acierto ni éxito. El único resultado efectivo del recurso, el único que se desprende con certeza de la decisión del Constitucional, es la nulidad jurídica de las actuaciones de la Generalitat vinculadas a la consulta. Todo lo que resuelva, decida, ordene, comunique o haga, será nulo, como jurídicamente inexistente. Y nada más.

José Maria Mena fue fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_