Mas ha elevado ante el Constitucional 28 casos de invasión de competencias
Un informe de la Generalitat detalla que Rajoy ha adoptado un centenar de medidas centralizadoras
El conflicto soberanista no solo se dirime en los despachos de la Moncloa y en la plaza de Sant Jaume. Antes de que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la Ley de Consultas, sobre la que penderá el referéndum, el litigio ha desembocado de pleno en el Alto Tribunal. El Gobierno de catalán ha presentado ante el Alto Tribunal 19 recursos de inconstitucionalidad y 9 conflictos de competencias contra el de Mariano Rajoy al que acusa impulsar una dinámica que afecta a la capacidad legislativa, a su autonomía financiera y la pérdida de facultades ejecutivas.
El gabinete de Artur Mas ha elaborado un documento sobre las deriva “recentralizadora” de La Moncloa en el que se subraya que desde 2012 no se han reunido ni una sola vez las comisiones bilaterales Estado-Generalitat prevista en el Estatuto ni se ha negociado ninguna transferencia. Tras la reunión que mantuvo con Rajoy en la Moncloa, el pasado 29 de julio, Mas reveló que le había expuesto 23 reclamaciones, que versaban desde el pago de deudas, su oposición al cumplimiento del déficit o la reivindicación de infraestructuras. Pero muchas otras de esas reclamaciones se están dirimiendo en el Constitucional. Rajoy ha dado instrucciones a sus ministros para que estudien las medidas con ánimo “constructivo” y Mas explorará esa buena voluntad negociadora con la salida que se le de a las mismas.
El informe mantiene que Rajoy está aprovechando la crisis para vaciar de contenido el Estado autonómico. El informe calcula que se han adoptado un centenar de medidas de “recentralización” en 30 áreas dispares, que van desde la Acción Exterior a la gestión de las aguas, pasando por los horarios comerciales. Los recursos de inconstitucionalidad se concentran en estos ámbitos:
Enseñanza es el ámbito que genera mayor controversia a raíz de la LOMCE
Agricultura. El Gobierno de Mariano Rajoy ha atribuido a una agencia estatal de nuevo cuño —la Agencia de Información y Control Alimentario— el control y la potestad para imponer sanciones a los operadores que intervienen en la cadena alimentaria mediante una ley publicada en el BOE del 2 de agosto de 2013. El Gobierno catalán ha presentado un recurso de inconstitucionalidad porque consideran que el Estado ha fomentado “la creación de entidades asociativas agroalimentarias de ámbito supraautonómico”, cuyo control depende del Ministerio de Agricultura “en detrimento de la Generalitat”.
Comercio. La Ley de estabilidad presupuestaria es otra de las vías por las que, según el informe, Rajoy ha intentado arrebatar competencias. Según el documento, el Estado ha reducido el poder de la Generalitat para decidir los horarios comerciales” y “ha determinado de forma exhaustiva los tipos de establecimientos que tienen plena libertad de horario comercial sin dejar ningún margen de configuración normativa a la Generalitat”. Otro apartado de esa misma ley ha sido igualmente objeto de recurso al liberalizar el Estado el periodo de rebajas para que sea “de libre elección por parte de los establecimientos”. En tercer lugar, la ley de liberalización del comercio (de diciembre de 2012) ha permitido al Gobierno central “imponer la llamada autolicencia exprés” que “suprime las licencias municipales vinculadas a los locales comerciales” de menos de 750 metros cuadrados.
La Generalitat pierde sus competencias sobre la fusión de municipios
Economía y finanzas. La Generalitat lamenta que el Estado haya impugnado, también ante el Constitucional, el “impuesto sobre depósitos en las entidades de crédito” que aprobó la Generalitat. Al mismo tiempo, ha creado un nuevo impuesto “con un tipo de gravamen del 0%”, lo que también es objeto de recurso.
Enseñanza. El ámbito que acumula un mayor número de actuaciones concentradas en la LOMCE. El recurso sostiene que la ley ha puesto “en riesgo de desaparición” la inmersión lingüística. El Gobierno está dispuesto a que si la Generalitat no garantiza el castellano como lengua vehicular a descontarle de las transferencias el importe de la escolarización de alumnos en centros privados donde se de esa oferta. No solo se dirime el asunto de la lengua: el documento advierte que la Generalitat ha visto mermadas las “funciones ejecutivas de gestión de las becas” al atribuirse el Ministerio “la práctica de las notificaciones” en los procesos de adjudicación, revisión y pago.
Los recursos impugnan, entre otras, leyes de Salud, Trabajo y unidad de mercado
El informe también apunta a que la Generalitat ha perdido la posibilidad de participar en la evaluación final de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato. Y aluden a otra pérdida de competencias, abunda el estudio: la Generalitat “no podrá regular la modalidad de enseñanza en idioma extranjero” ni “determinar los requisitos para crear y mantener los centros universitarios”. También pierde “la facultad de regular el régimen de dedicación del personal docente e investigador”. Aún dentro de la enseñanza universitaria, el Gobierno catalán considera que ha visto “limitada su autonomía financiera” al tener que abonar, a los estudiantes que hayan obtenido becas para pagar su matrícula, “la diferencia entre el límite mínimo que fija el Estado” y “el precio público”. Esa limitación, concluye el documento, “vulnera la Constitución” y el Estatuto, que le otorga “la competencia exclusiva para ordenar y regular sus finanzas”. Por último, el documento considera que la Generalitat ha perdido la posibilidad de intervenir en la regulación del sistema de acceso a la enseñanza universitaria”. Ese nuevo zarpazo viene dado por la ley para la mejora de la calidad educativa, la polémica LOMCE.
Gobierno local. El Estado ha vulnerado, según el informe, “la autonomía municipal” y ha invadido competencias “en materia de régimen local” mediante la Ley de racionalización y sostenibilidad de la administración local. Como ejemplos, cita que la Generalitat ya no se podrá hacer cargo de la prestación de servicios en municipios con menos de 20.000 habitantes; y que nada tiene ya que decir sobre fusión de municipios, selección de funcionarios o apertura de centros de culto (diciembre de 2013).
Vivienda y Urbanismo. El Estado ha impuesto un informe sobre evaluación de edificios y ha “restado poder de decisión” en urbanismo mediante una regulación más detallada de las actuaciones de “rehabilitación y renovación en el medio urbano”.
Medio ambiente. Rajoy ha iniciado una “uniformización normativa” que excede las bases estatales sobre protección del medio ambiente y que “no deja margen para el desarrollo normativo” de la Generalitat.
Litoral y puertos. La ley de mayo de 2013 sobre protección del litoral permite al Estado regular el régimen de “ocupación y uso de las playas”, lo que también choca con las competencias de la Generalitat. La norma habilita al Gobierno para “determinar el nivel de protección de los tramos de las playas”, así como aquellos tramos donde “se podrán autorizar acontecimientos de interés con repercusión turística”. También se modifica el régimen de los puertos: la Generalitat tendrá que pagar el IBI mientras el Estado “se reserva la asignación de superficie de usos comerciales y de restauración en los puertos”.
Salud. La ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (abril de 2012) invade, entre otras cosas, dice el texto, la regulación de la cartera común de servicios, obligación de dispensar medicamentos genéricos o lista de hospitales que quedan eximidos del servicio de farmacia..
Sector eléctrico. El Estado se reserva la potestad de “autorizar instalaciones de generación de más de 50 megavatios”, así como de “resolver las reclamaciones de los usuarios” y los supuestos de suspensión del suministro.
Trabajo. La Generalitat “deja de poder prestar asesoramiento técnico” sobre seguridad y salud en el trabajo a pequeñas y medianas empresas. Y pierde el poder imponer sanciones por incumplimiento de los deberes de las personas que reciben prestaciones de desempleo.
Unidad de mercado. También pierde “una parte importante de la capacidad de decisión” sobre las condiciones de acceso y el ejercicio de actividades económicas, en virtud de la Ley de garantía de la unidad de mercado. Se alude también a la imposibilidad de marcar el periodo de rebajas.
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