Desaparecidos
Las víctimas de la dictadura llevan 35 años esperando saber y ser auténticamente reparados por el inmenso daño sufrido
“En España se cometieron graves y masivas violaciones a los derechos humanos durante la Guerra Civil (1936-1939) y la dictadura (1939-1975)”. Este es el punto de partida del Informe del Comité contra la Desaparición Forzada de NNUU del pasado 15 de noviembre. Con dos datos relevantes. Las víctimas de desapariciones forzadas del 17 de julio 1936 a diciembre 1951 ascenderían a 114.226. Y los niños secuestrados a familias republicanas a los que se cambiaba la identidad pudieran haber sido 30.960.
La intervención de este Comité es, por ahora, la última consecuencia del desamparo que sufren las víctimas —incluidos sus familiares— de los crímenes de la dictadura franquista. El abandono judicial lo acredita el Informe elaborado por el forense Francisco Etxeberria, que ha intervenido en la exhumación de 300 fosas en las que se encontraron restos de 5.000 personas: “Las autoridades judiciales han estado ausentes en este proceso”, afirmó.
Este desamparo es ya antiguo, pero se agudizó cuando, tras la denuncia presentada en 2006 ante el Juzgado Central de Instrucción nº 5, el proceso fue cerrado, dividido y repartido entre más de 60 juzgados de instrucción por razón de la localización de las fosas. La inmensa mayoría de los juzgados archivaron las actuaciones, sin personarse siquiera en la fosa donde pudieran hallarse los restos para practicar las diligencias a que les obliga la Ley.
Y, cuando se aprueba la Ley de la Memoria Histórica en 2007, el Estado, con la excepción de Catalunya, renuncia a su deber de asumir “la indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas” para atribuírselas a los familiares y particulares. Privatizando una responsabilidad eminentemente pública, ya fuera judicial o administrativa. Ciertamente, bajo el Gobierno del presidente Montilla se aprobó la Ley 10/2009 sobre “la localización e identificación de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista, y la dignificación de las fosas comunes”. Esta ley representó un gran avance en el tratamiento institucional de esa realidad que, durante aquel periodo, generó resultados estimables.
“La búsqueda de las personas que han sido sometidas a desaparición forzada y el esclarecimiento de su suerte son obligaciones del Estado”
Pero la desprotección se hizo más intensa cuando el Tribunal Supremo (TS), por sentencia 101/2012 que absuelve al juez Baltasar Garzón, clausura definitivamente las puertas de los tribunales para investigar los crímenes de la dictadura. Porque, con una completa vulneración del Derecho Internacional Humanitario, declara que no pueden ser perseguidos penalmente cuando ha sido una constante de este Derecho que ciertos delitos, por su gravedad y dimensiones cualitativas y cuantitativas, eran siempre perseguibles, con independencia de su codificación.
Además, los Pactos de Nueva York, vigentes en España desde 1977, proclamaban que la irretroactividad de la ley penal no era aplicable a delitos que, por su gravedad, atentaban contra el género humano. Los Pactos establecen que nada se opone a su persecución y condena si los hechos “en el momento de cometerse fueran delictivos según los principios generales del Derecho, reconocidos por la comunidad internacional”. El tratado estaba vigente en España cuando se aprobó la Ley de Amnistía de 1977, lo que impedía aplicarla al genocidio franquista.
El Comité expresa su “preocupación” por el criterio mantenido por el Supremo en la sentencia citada al invocar la “existencia de una ley de amnistía” y por rechazar en las desapariciones su carácter de delito permanente. Asimismo, “exhorta” al Estado a que “asegure que todas las desapariciones forzadas sean investigadas de manera exhaustiva e imparcial...”. Frente al criterio mantenido por la Ley de Memoria Histórica, el Comité recuerda que “la búsqueda de las personas que han sido sometidas a desaparición forzada y el esclarecimiento de su suerte son obligaciones del Estado” y que “los familiares tienen el derecho a conocer la verdad sobre la suerte de sus seres queridos desaparecidos”.
Para estos fines, el Comité plantea que el Estado español “debería considerar la posibilidad de establecer un órgano específico encargado de la búsqueda de las personas sometidas a desaparición forzada…." e insta a que el Estado “intensifique sus esfuerzos con miras a buscar e identificar a los niños que podrían haber sido víctimas de apropiación, desaparición forzada y/o sustitución de su identidad”. Finalmente, reitera lo que ya solicitó el Consejo de Europa en 2006: “la creación de una comisión de expertos independientes encargada de determinar la verdad sobre las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el pasado, en particular las desapariciones forzadas”.
Las víctimas de la dictadura ya no pueden esperar más. Llevan 35 años esperando saber, ser auténticamente reparados por el inmenso daño sufrido y, en la medida de lo posible, que se haga justicia como lo está haciendo la juez argentina. El Estado, las administraciones y, particularmente, los jueces no pueden continuar quebrantando el derecho internacional que regula las obligaciones de los Estados ante las desapariciones forzadas e incumpliendo el deber legal de proteger a las víctimas y proporcionarles la satisfacción adecuada. Debe cumplirse definitivamente lo que expresaba la citada ley catalana. Acabar con el “olvido de las víctimas de la represión franquista”. Las víctimas mas "invisibilizadas", según Reyes Mate. Ya es hora.
Carlos Jiménez Villarejo es jurista y miembro de Federalistes d'Esquerres
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.