Las caravanas en tránsito podrán estar hasta dos días en un cámping
El decreto regulador establece que las áreas naturales de acampada no superarán la hectárea
Las autocaravanas y caravanas en tránsito podrán permanecer hasta un máximo de dos días en los cámping del País Vasco, que deberán tener, al menos, cinco plazas para ello. Éste es uno de los aspectos novedosos recogidos en el nuevo decreto del Gobierno vasco que regula el funcionamiento de los campamentos y otras modalidades de turismo de acampada.
Con esta nueva normativa, ha informado el Ejecutivo de Vitoria, Euskadi se convierte en pionera a la hora de regular estas áreas especiales de caravanas en tránsito y las áreas naturales de acampada, así como por concretar en número máximo de elementos fijos en un campamento.
El decreto regula las áreas naturales de acampada, que sustituyen a los campamentos rurales, que no podrán superar la hectárea y el número máximo de parcelas y usuarios será de 25 y 60, respectivamente, con una estancia máxima de una semana.
La normativa mantiene la prohibición general de la acampada libre actualmente vigente, aunque se permite la instalación de no más de tres tiendas o elementos similares, que no se exceda de diez el número de personas acampadas, que no estén más de tres días y que no lo hagan a menos de dos kilómetros de un campamento de turismo.
El nuevo decreto aumenta del 25% al 60% el total de plazas de los campamentos que se considerarán como elementos fijos e incrementa los estándares de calidad en aspectos como zonas de sombra o alumbrado.
"El nuevo decreto facilita iniciativas de oferta de turismo de acampada más competitivas, porque simplifica el proceso de ordenación. En esta línea elimina requisitos que podían lastrar iniciativas, y contempla dentro de la oferta de alojamiento, modalidades novedosas como las áreas para autocaravanas", aseguran desde el Gobierno vasco.
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