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El juez reconoce que hubo espionaje en Parets, aunque dicta que no fue delito

El magistrado reconoce que el alcalde de la localidad obtuvo documentos de la oposición

Jesús García

Sean profesionales, como los de Método 3, o amateurs, como el alcalde socialista de Parets del Vallès, los detectives existen. El estrambótico caso de Sergi Mingote y su antecesor en el cargo, Joan Seguer, subraya que el espionaje entre rivales políticos, sean o no del mismo partido, está a la orden del día. La Audiencia de Barcelona considera probado que Mingote y Seguer, ambos del PSC, obtuvieron documentos de una concejal de la oposición, Rosa Martí, para averiguar si era la autora de unos escritos anónimos que habían llegado al Ayuntamiento. Al hacerlo, sin embargo, no cometieron ningún delito, según la sentencia que les ha absuelto.

En 2005, en pleno boom inmobiliario, aparecieron en el consistorio de Parets anónimos con críticas a la gestión urbanística del PSC. El alcalde y el entonces concejal Seguer quisieron averiguar quién estaba detrás de los anónimos. De modo que un año más tarde, y “puestos de común acuerdo” (...) “obtuvieron documentos manuscritos” de la concejal bajo sospecha, que “se hallaban incorporados al archivo municipal”, según la sentencia. El alcalde, defendido por el abogado Manuel González Peeters, facilitó los papeles a un perito calígrafo para que hiciera un informe “sin el consentimiento de la titular de dichos datos”, abunda la resolución.

El alcalde y el entonces concejal Seguer quisieron averiguar quién estaba detrás de unos anónimos en los que les criticaban

Mingote y Seguer guardaron esa información como oro en paño hasta marzo de 2007, poco antes de las elecciones. En rueda de prensa, “dieron a conocer el contenido del informe (...) haciendo aparecer a Martí como autora de las notas anónimas y anunciando” que la iban a demandar.

La fiscalía pidió dos años y medio de cárcel y seis de inhabilitación para cada uno de ellos por descubrimiento y revelación de secretos. Los magistrados, sin embargo, concluyen que los hechos “no son constitutivos de infracción penal alguna”.

La intimidad de la concejal no se vulneró porque los documentos, que datan de los primeros años de la democracia (cuando Martí fue alcaldesa) no eran personales, sino “administrativos”. Aunque algunos “pueden afectar a la privacidad” (contienen su número de DNI y teléfono) no afectan a su intimidad. No hay, pues, delito, sino “como mucho una infracción administrativa de la ley de protección de datos”, añade la sentencia. En el juicio, Martí admitió que los informes no contienen “secretos” y estaban en el archivo municipal.

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Sobre la firma

Jesús García
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

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