El IVA y los comedores escolares
Hacienda establece que las exenciones del IVA no deberán provocar distorsiones y perjudicar a las empresas comerciales sujetas al impuesto
¿Es cierto que las empresas que se consideran exentas no aplican el IVA en sus facturas? No existe ningún nuevo impuesto que grave los servicios de comedor escolar como desde algunas fuentes se ha intentado hacer ver creando alarmismo social entre los usuarios de este servicio. Tampoco existe divergencia alguna sobre la interpretación que hace la Dirección General de Tributos con el capítulo 2 de la directiva europea 2006/112/CE, que en su artículo 133-d establece que las exenciones del impuesto no deberán provocar distorsiones de la competencia en perjuicio de las empresas comerciales sujetas al IVA.
Tampoco existe ninguna posibilidad de malinterpretar la Resolución EDU 1712 de 2008 del Departamento de Enseñanza de la Generalitat cuando establece que el precio máximo a aplicar por el servicio de comedor escolar en los centros de titularidad pública, es de 6,20 euros (IVA incluido). Se entiende perfectamente que esta cifra determina el precio bruto, y por lo tanto, también se entiende que, si una empresa decide no aplicar el IVA, debería cobrar sólo el precio neto, que en el peor de los casos sería de 5,58 euros netos por menú servido y sin IVA (aproximadamente 100 euros mensuales por nueve mensualidades).
Muy al contrario, las empresas falsamente exentas aplican directamente el precio bruto, apropiándose del diferencial del IVA que deberían desglosar y liquidar a la Hacienda Pública, con lo cual, esa supuesta exención no está beneficiando en la actualidad a los usuarios del comedor y constituye un excelente margen de beneficio adicional para las empresas que, facturando el precio bruto máximo de 6,20 euros por menú servido, se apropian del diferencial del IVA que cobran incluido en el precio y no liquidan.
Pongamos como ejemplo el servicio de comedor de un colegio público de Barcelona, (CEIP Pau Romeva), al cual la entidad Serveis d'Esplai (que pertenece a la Fundación Catalana del Esplai) que prestaba el servicio de comedor en el ejercicio de 2011 cobraba como cuota por el servicio, un precio mensual de 1.169,39 euros para los alumnos de primaria (6,69 euros cada menú) y una cuota mensual de 1.234,23 euros para los alumnos de educación infantil (6,97 euros por cada menú).
Es fácil observar que a pesar de que esta entidad no liquida el IVA a la Hacienda Pública, no sólo no lo deduce del precio bruto, sino que además sobrepasaba el precio máximo permitido. En el caso de los alumnos esporádicos de infantil (supuestamente protegidos por la ley del IVA) se llegaba a cobrar hasta 7,29 euros por menú.
Debido a estos hechos que fueron denunciados se retiró el servicio a esta entidad a partir de septiembre de 2011.
La gran pregunta, al margen de las actuaciones inspectoras y judiciales en marcha, es si las empresas y entidades que se autoproclaman exentas, están realmente facturando más barato y a precio netos (sin IVA) o, por el contrario, compiten ventajosamente apropiándose del diferencial entre el precio bruto 6,20 euros (IVA incluido) y el neto, que como máximo sería de 5,58 euros por menú.
Todos los interesados en solicitar información, pueden dirigirse a Lleureprogramat.iva@gmail.com
Marc Perea es empresario de comedores escolares
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