El juez afea a la delegación del Gobierno y al Consistorio de Girona su uso electoral de la Diada
Para el magistrado, el Ayuntamiento dirigido por Puigdemont "excedió" su ámbito competencial
Ya hay sentencia sobre el conflicto entre el alcalde de Girona y la Delegación del Gobierno en Cataluña en relación a los trenes contratados por el municipio para la manifestación de la Diada, el pasado 11 de septiembre. Y el juez del caso no ha sido amable con nadie; considera que tanto el alcalde, Carles Puigdemont (CiU), como la delegada del Gobierno, María de los Llanos de Luna, han utilizado las instituciones buscando un beneficio político. El primero, porque contrató los trenes sin tener competencias; la segunda, al malgastar recursos públicos con un recurso judicial inútil.
El magistrado da la razón a la Delegación del Gobierno, que ordenó un día después de la manifestación recurrir el decreto de alcaldía que aprobaba la contratación, al considerar que el alcalde carecía de competencias y había actuado políticamente más allá de lo que permite su cargo. La sentencia del juzgado contencioso administrativo número 1 de Girona estima en parte este recurso, al considerar que el ayuntamiento se involucró en un proyecto que “desborda claramente las competencias municipales”. Queda claro también que el magistrado no se cree los argumentos de Puigdemont, que ha defendido desde el principio que alquiló los convoyes para facilitar la “movilidad” ciudadana. El alcalde no buscó con su acción el “beneficio de los vecinos”, sino “un beneficio claramente político”, atiza el juez.
El magistrado considera que Puigdemont –y, por extensión, Vila- intentaron “beneficiarse del éxito” de la convocatoria “con las consecuencias políticas” ya conocidas
La crítica vale también para el entonces alcalde de Figueres y actual consejero de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat, Sant Vila, que, aunque no firmó ningún decreto, organizó los convoyes junto con Puigdemont. Ambos trasladaron a más de un millar de vecinos a la manifestación convocada por la Asamblea Nacional Catalana, un acto que resultó ser multitudinario y marcó el pistoletazo de salida de la apuesta soberanista del presidente de la Generalitat, Artur Mas. El magistrado considera que Puigdemont –y, por extensión, Vila- intentaron “beneficiarse del éxito” de la convocatoria “con las consecuencias políticas” ya conocidas.
A pesar del contenido político de la acción –dos alcaldes de CiU a la cabeza del movimiento independentista de la provincia- y del argumento de que se trató de un acto de servicio público, fue el propio Puigdemont quien acusó al Gobierno de comenzar una “persecución ideológica” el día de la vista judicial. En esto, la sentencia da en parte la razón al alcalde. El rapapolvo del magistrado alcanza con similar intensidad a la Delegación del Gobierno en Cataluña, a la que critica por “malgastar” recursos judiciales “humanos y económicos”.
La Delegación interpuso un recurso un día después del acto, a sabiendas de que la trascendencia jurídica del mismo sería “poca o nula”, mantiene el magistrado, que acusa a la institución de caer en el mismo vicio que el alcalde. El intento de “utilización de las instituciones con la intención de conseguir beneficios de carácter político o electoral” es aplicable también a la Delegación, que actuó con el “pretexto” de defender la ley. Para colmo, los beneficios de los trenes (que pagaron los usuarios, a razón de diez euros los adultos y cinco euros los niños), fueron a parar al Banco de los Alimentos, que reparte comida entre las familias pobres. Lejos de dar por terminada la polémica, Puigdemont declaró que la sentencia “pone en entredicho la conducta” de la delegada del Gobierno y “recomendó” a Llanos de Luna que “se concentre en proponer soluciones a los problemas que sufren los ciudadanos”.
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