El Gobierno concede un segundo indulto a cuatro ‘mossos’ condenados por torturas
El Consejo de Ministros conmuta la pena por una multa de 10 euros al día durante dos años La Audiencia de Barcelona avisó que repetir la medida de gracia sería “fraude de ley”
El Consejo de Ministros ha indultado este viernes por segunda vez a cuatro mossos d’esquadra condenados por torturar a un hombre al que confundieron con un atracador. Los policías debían cumplir penas de hasta cuatro años y seis meses de prisión decretadas por el Tribunal Supremo, que consideró probado que apalearon, amenazaron e incluso introdujeron una pistola en la boca al detenido. En febrero, el Gobierno del PP ya concedió la medida de gracia, rebajando la pena a dos años de prisión, con el convencimiento de que los agentes no entrarían en la cárcel —normalmente si el reo no tiene antecedentes, como es el caso, se suspende la ejecución—. También cambió la inhabilitación por la suspensión de cargo público durante dos años.
Pero la Sección Novena de la Audiencia de Barcelona, en una resolución atípica, ordenó el ingreso en prisión de los policías, alegando “razones de prevención general y especial, de peligrosidad criminal, de repulsa y de alarma social”. Los mossos d’esquadra, respaldados por el Departamento de Interior, presentaron diversos recursos para retrasar la ejecución de la condena y confiando en que se les concedería un segundo indulto, que también pidieron.
El próximo 10 de diciembre era la fecha límite: o el Gobierno atendía su petición o entraban en la cárcel. El Ejecutivo del PP conmutó este viernes la pena de prisión por una multa con una cuota diaria de 10 euros, durante dos años, lo que supone pagar 7.200 euros en lugar de la prisión. En una nota de prensa, el Ministerio de Justicia alegó que la medida se concede tras “analizar la amplia documentación e información que contienen los expedientes aportados”. Una portavoz aclaró después que se han basado en los mismos informes que estudiaron para conceder el primer indulto: investigaciones policiales posteriores sobre los hechos y el currículo de los agentes.
La Audiencia ya advirtió en un auto en agosto que un segundo indulto sería “una suerte de fraude de ley o abuso de derecho”, y supondría “utilizar al antojo” de los policías e “individualizar a su capricho y mejor acomodo” esta figura excepcional de gracia. “Nada más contrario a los principios de igualdad y justicia que como fundamentos de nuestro sistema jurídico penal deben quedar absolutamente preservados de cualquier comportamiento arbitrario, antojadizo y caprichoso como el que sin duda, representa el propio del caso de autos”, remachó.
Según la sentencia del Supremo, ha quedado probado que el 27 de julio de 2006 Joan Salva, Manuel Farré, Fernando Cea y Jordi Perissé confundieron a Lucian Paduraru, entonces de 28 años, con un atracador violento. Le esperaron en la puerta de su casa, no se identificaron como policías, le propinaron una paliza, lo insultaron e incluso lo amenazaron introduciéndole una pistola en la boca. Un quinto policía, Alejandro García, fue condenado por coacciones a seis meses de prisión. En la detención de Paduraru también estuvo presente entonces su mujer, que estaba embarazada de tres meses y recibió un trato degradante.
Un caso con un largo recorrido
Julio de 2006. Cinco mossos confunden a un ciudadano rumano, Lucian Paduraru, con un atracador violento. Este les denuncia por torturas.
Noviembre de 2008. La sección novena de la Audiencia de Barcelona condena a los agentes por delitos contra la integridad moral, torturas y lesiones a penas de hasta seis años y siete meses de prisión.
Diciembre de 2009. El Tribunal Supremo rebaja las condenas a los policías hasta cuatro años y seis meses de cárcel y les inhabilita.
Febrero de 2012. El Consejo de Ministros concede un indulto parcial a los policías, rebajando las penas a dos años de prisión (en la que los acusados no suelen entrar en la cárcel si no tienen antecedentes, como es el caso) y cambiando la inhabilitación por una suspensión temporal de dos años de cargo público.
Mayo de 2012. La sección novena de la Audiencia de Barcelona, en una medida atípica, ordena la ejecución de la condena de dos años en prisión.
Agosto de 2012. La Audiencia de Barcelona deniega un recurso de los policías, que pide la suspensión del ingreso en prisión hasta que el Ejecutivo decida sobre su nueva petición de indulto, que el tribunal califica de "fraude de ley".
Noviembre de 2012. El Consejo de Ministros concede el segundo indulto a los mossos d'esquadra que debían entrar en prisión el 10 de diciembre. El Ejecutivo conmuta la pena de cárcel por una multa de 10 euros diarios durante dos años.
Cuando se conoció la decisión de la Audiencia de dejar, en la práctica, sin efecto el primer indulto concedido por el Gobierno, tanto sindicatos policiales como fuentes del Departamento de Interior criticaron la medida. Tanto es así, que los agentes recibieron el apoyo legal de la Generalitat para tramitar este segundo indulto. Incluso el consejero de Interior, Felip Puig (CiU) habló con su homólogo en el Ministerio del Interior, Jorge Fernández Díaz. “En la medida en que el Departamento de Interior y esos mossos d’esquadra planteen alguna petición, la vamos a estudiar con la mayor disponibilidad”, ya avanzó entonces el ministro del PP.
Con este son ya dos los casos de mossos indultados por el Consejo de Ministros. En septiembre del año pasado se concedió la excepcional medida a Albert Fabregat, Juan Díaz y Mónica Fraile, condenados hasta a cuatro años de cárcel. De nuevo, el Ejecutivo, entonces del PSOE, rebajó la pena a dos años, lo que supuso que no entrasen en prisión, aunque mantuvo el resto de medidas adoptadas por la Audiencia de Barcelona, como la suspensión de cargo público.
Los tres policías fueron condenados por detener ilegalmente, golpear e insultar en comisaria a un hombre con el que tuvieron un rifirrafe en la sala Bikini. El caso ocurrió en junio de 2006, y supuso un punto de inflexión en el Departamento de Interior, que decidió colocar cámaras en la sala de cacheos de la comisaría de Les Corts.
“La práctica del indulto en España es muy preocupante porque los más frecuentemente indultados tienen que ver con la Administración pública, funcionarios o policías”, explica José Luis Díez Ripollés, catedrático de Derecho Penal en la Universidad de Málaga. Sostiene que el indulto es una “anomalía”, un “resto de la soberanía del Rey”, que perjudica a la división de poderes, y que solo puede estar justificada en casos particulares. “En los últimos tiempos está sucediendo que hay más indultos de lo que parecen. Estamos en más de un tres por mil del total de penados que se benefician de un indulto total o parcial al año. Es una cifra importante. Supone que el Ejecutivo está cuestionando la vía judicial en bastantes casos”, subraya Díez Ripollés.
Para este catedrático resulta “sorprendente” y “excepcional” que el Gobierno haya aprobado un segundo indulto en el caso de los mossos para evitar la decisión de la Audiencia, “que es la competente” en ejecutar la pena restante. Y destaca que debido a la opacidad —no existe un registro de indultos que se pueda consultar— y al hecho de que el Gobierno no necesite motivar las resoluciones, es complicado saber si existe un caso similar al de los cuatro policías reindultados.
“Pensaba que no se atreverían”, arremete Jaume Asens, abogado miembro de la comisión de Defensa del Colegio de Abogados de Barcelona. “El indulto es un medio que tiene el poder para perdonarse a sí mismo. En este caso, además, es un ejercicio de cinismo porque se indultan por segunda vez”, añade. A su entender, la medida de gracia pone en jaque la separación de poderes y dificulta que se consigan sentencias de mala praxis policial. “Hay mil trabas para conseguir que se juzgue y cuando les condenan, les indultan”, critica.
El profesor de Derecho Penal de la Universidad Pontificia de Comillas Julián Ríos defiende el indulto cuando corrige “excesos y situaciones de intenso rigor punitivo cuando la aplicación de la ley penal se convierte en una situación injusta, desproporcionada e inhumana”. En el caso en cuestión, sin embargo, considera “perturbadora” la medida de gracia en tres direcciones: “Hacia los jueces de instrucción, porque es abiertamente desmotivador en la investigación y erradicación de los malos tratos y las torturas; hacia los policías, porque les abre la posibilidad de mantener el exceso en el uso de la fuerza y la violencia al margen de la ley sin consecuencia penal alguna; y a los ciudadanos, porque les deja en la más absoluta vulnerabilidad”.
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