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Las empresas cotizadas deben disponer desde hoy de una página web

El sitio en Internet debe incorporar toda la información relevante sobre la estructura de la propiedad de la empresa y de su administración

El plazo para que las empresas cotizadas dispongan de una página web para publicar, entre otras cosas, el informe anual de gobierno corporativo que les obliga a elaborar la Ley de Transparencia concluye hoy. Todas ellas deberán tener un sitio en Internet en el que incorporen toda la información relevante sobre la estructura de la propiedad de la empresa y de su administración.

Para garantizar la transparencia de las sociedades cotizadas, sus páginas web deberán incluir una serie de contenidos como sus estatutos sociales, el reglamento de la junta general, el reglamento del consejo de administración y los de sus diferentes comisiones, los principios de buen gobierno, los informes anuales de buen gobierno corporativo, los documentos relativos a las juntas ordinarias y extraordinarias, así como las actas de las juntas generales.

Las sociedades cotizadas tendrán que publicar obligatoriamente este mismo año el informe anual de gobierno corporativo, lo más probable a mediados de año, coincidiendo con la junta general de accionistas. Con el fin de reforzar la transparencia de las sociedades cotizadas, el pasado 18 de julio de 2003 se reformó la Ley del Mercado de Valores de 1988 y el texto refundido de la Ley de Sociedades Anóminas.

El origen de esta reforma, llamada Ley de Transparencia fue el llamado Informe Aldama, que contenía una serie de medidas encaminadas a la transparencia y el correcto funcionamiento de los mercados financieros. Las reformas legislativas establecieron nuevas obligaciones de información y se fijaba que la sociedades cotizadas dispusieran de una "web" para atender el ejercicio, por parte de los accionistas, del derecho de información, y para difundir la información relevante.

Esta reforma se desarrolló mediante una orden ministerial publicada el pasado 8 de enero en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y en ella se daba un plazo de un mes para que las empresas tuvieran su página web con todo el contenido requerido. Sin embargo, en la Ley de Transparencia se daba un plazo de un año, hasta julio de 2004, para que las compañías cumplieran sus obligaciones en relación con la elaboración de reglamentos de la junta y del consejo, así como sobre la publicidad de los pactos accionariales.

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