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15 meses de prisión para Cristina Seguí, cofundadora de Vox, por difundir un vídeo de dos menores violadas

Un juzgado de Valencia condena a la activista ultra por un delito contra la integridad moral y otro de descubrimiento y revelación de secretos por un caso de agresión sexual grupal

Ferran Bono
Cristina Seguí, este miércoles, en el banquillo de los acusados.
Cristina Seguí, este miércoles, en el banquillo de los acusados.

Cristina Seguí, activista de la ultraderecha y cofundadora de Vox, ha sido condenada a una pena de 15 meses de prisión por difundir un vídeo de dos menores, víctimas en 2022 de una agresión sexual grupal cuando tenían 12 y 13 años, además de al pago de 12.000 euros de responsabilidad civil a una de las niñas y una multa de 10 euros durante tres meses. El juzgado de lo penal número 10 de Valencia ha sentenciado que Seguí cometió los delitos contra la integridad moral y de descubrimiento y revelación de secretos.

Seguí, que representa también a una de las acusaciones contra la exvicepresidenta de la Generalitat valenciana, Mónica Oltra, de Compromís, expresó de manera pública que no se trataba de una violación, sino que había sido sexo consentido. Dos de los cuatro menores acusados de la citada violación grupal fueron condenados, el pasado mes de abril, a tres y cuatro años de internamiento, mientras que los otros dos asumieron cinco años de libertad vigilada tras un acuerdo con la fiscalía y el reconocimiento de los hechos.

Según la sentencia, Seguí, que se presenta en su cuenta de X como directora de Cesarvidal.tv, publicó el día 19 de mayo de 2022 en esta red, antes llamada Twitter, un vídeo de las historias de Instagram de una de las chicas víctimas de violación en Burjassot en la que aparecía ella con dos amigas más, también menores, y en el que se recogía, con imagen y sonido, una conversación entre las tres, con las caras cubiertas por un filtro. Lo difundió a sus más de 200.000 seguidores con el siguiente comentario: “Está todo mal, no es una niña de 12, sino de 15 o 16, el sexo fue acordado y consentido y lo hicieron para hacerse famosas en TV gracias a medios de difusión como vosotros”.

“Dicho texto fue escrito y difundido con la intención de menospreciar y denigrar a esas menores públicamente, cosa que consiguió”, de manera tal que una de las menores “vio agravada la situación psicológica sufrida por la referida agresión sexual como consecuencia de haber sido visto ese vídeo por terceros a quien ella no tenía en su círculo de contactos en Twitter y sin su conocimiento ni consentimiento”, añade el fallo, al que ha tenido acceso este diario.

Además, Seguí acudió al programa Estado de alarma, al que dio el vídeo para ser reproducido y comentado por ella y por su presentador bajo el título Desmontando la falsa manada de Burjassot, con Cristina Seguí. El vídeo fue eliminado de las redes sociales a requerimiento de la Agencia Estatal de Protección de Datos, y hoy los enlaces están deshabilitados. “Como consecuencia de lo anterior, la menor padece estrés postraumático agravado por la difusión del vídeo, hubo de cambiar de centro escolar porque fue reconocida por muchos compañeros y señalada como protagonista de los hechos referidos, y recibe tratamiento psicológico”, indica la sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial en un plazo de 10 días.

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Sobre la firma

Ferran Bono
Redactor de EL PAÍS en la Comunidad Valenciana. Con anterioridad, ha ejercido como jefe de sección de Cultura. Licenciado en Lengua Española y Filología Catalana por la Universitat de València y máster UAM-EL PAÍS, ha desarrollado la mayor parte de su trayectoria periodística en el campo de la cultura.
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