_
_
_
_

La Audiencia Provincial de León condena a 17 años de cárcel al exconcejal de Ponferrada que intentó matar a su pareja

La justicia impone también una indemnización de 1,5 millones de euros por las graves heridas de la mujer, que quedó en silla de ruedas después de que el agresor la arrojara por el balcón

El expolítico Pedro Muñoz, en el centro, a su llegada el martes a la Audiencia Provincial de León.
El expolítico Pedro Muñoz, en el centro, a su llegada el martes a la Audiencia Provincial de León.J.Casares (EFE)
Juan Navarro

La Audiencia Provincial de León ha condenado a 16 años y 11 meses de prisión al exconcejal de Coalición por el Bierzo en Ponferrada Pedro Muñoz, acusado de intentar matar a su entonces pareja, Raquel Díaz. Los hechos sucedieron el 27 de mayo de 2020, cuando Muñoz golpeó repetidamente a la mujer y la arrojó por un balcón, provocándole graves lesiones que la han forzado a moverse en silla de ruedas. La Audiencia le ha impuesto también una indemnización de 1,5 millones de euros que recibirá la víctima, así como unos 150.000 euros para la Junta de Castilla y León y de Castilla-La Mancha por la atención requerida por Díaz. El expolítico puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Muñoz ha sido condenado a 16 años y 11 meses de cárcel por los distintos delitos que se le atribuyen: dos años y medio por un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar; año y medio más por delito de maltrato en el ámbito familiar; 11 meses más por delito de maltrato en el ámbito familiar cometido en el domicilio de la víctima y 12 años de pena por delito de lesiones agravadas con la concurrencia de las circunstancias agravantes de parentesco y de discriminación por razón de género. El tribunal ha absuelto a Muñoz de los delitos de asesinato en grado de tentativa y homicidio en grado de tentativa, al considerar arrepentimiento porque el acusado llamó a emergencias una vez arrojó a la mujer por la ventana, y de amenazas en el ámbito familiar y de uno leve de injurias en el ámbito familiar. La resolución añade una indemnización de 1.502.982,33 euros por los daños infligidos a Díaz, quien sufrió graves lesiones físicas y neurológicas a raíz de la paliza recibida en la vivienda que compartían ambos en Toreno, cerca de Ponferrada. El fallo recoge también la obligatoriedad de abonar 97.149,24 euros a la Junta de Castilla y León y otros 47.999,99 euros al servicio de Salud de Castilla-La Mancha, donde la mujer pasó varios meses en un centro de tratamiento y atención a personas con problemas psicomotrices, en este caso derivados de la agresión.

El condenado pasó dos años en prisión provisional y transcurrió otro año y medio hasta la celebración del juicio en la Audiencia Provincial. En los primeros meses del proceso trató de desvincularse de todas sus posesiones, táctica habitual cuando algún investigado se enfrenta a posibles pérdidas patrimoniales por los delitos cometidos y pretende declararse en bancarrota. Durante las sesiones declararon los peritos que acudieron a la vivienda y que analizaron las lesiones de Díaz, que presentaba hasta 17 daños distintos sobre su cuerpo, en ningún caso correspondientes, según estos especialistas, con una presunta caída que alegaba Muñoz como causa de lo sucedido. El hombre trató de probar su inocencia durante unas intervenciones en las que se mostró altivo y hasta hostil cuando explicaba ante el tribunal lo presuntamente acontecido. La mujer, cuyo relato considera “creíble” la sentencia, insistió en que era víctima frecuente de violencia de género desde que inició la relación con el exedil de Coalición por el Bierzo, quien la amenazaba con arruinarle la vida y la reputación en Ponferrada, donde ella era jurista y él ejercía un fuerte poder.

Los magistrados describen una “relación tóxica” marcada por el “comportamiento violento e intimidante” del político y citan habituales maltratos físicos y psicológicos, con “empujones, golpes, palizas y humillaciones”. El dictamen expresa con rotundidad lo que se considera probado para condenar a Pedro Muñoz: “El acusado, con la intención de acabar con la vida de la denunciante y, en todo caso, conociendo y asumiendo las altas posibilidades que existían de poner fin a su vida si la arrojaba, la lanzó al vacío por el balcón o barandilla que soportaba el remate de la terraza, cayendo y golpeándose contra un pozo que había en la zona y el suelo, especialmente en la cabeza y en la espalda, quedando inmóvil y tirada en el suelo boca abajo”. “Inmediatamente después, bajó desde la terraza al piso inferior de la vivienda y, dirigiéndose al lugar donde se encontraba tirada en el suelo, le dijo ‘zorra, hija de puta, ¿te has muerto ya?’, acercándose a ella y volviéndola a agredir con patadas, golpes y un palo en varias partes del cuerpo, en especial en las manos y en las piernas”, indica el fallo. Asimismo creen que no procede atribuirle un delito en grado de tentativa porque el individuo, tras arrojarla por el balcón, “se arrepintió”, llamó a los servicios de Emergencia e hizo creer que todo se debía a un accidente, pese a su implicación probada en los hechos.

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites
_

Sobre la firma

Juan Navarro
Colaborador de EL PAÍS en Castilla y León, Asturias y Cantabria desde 2019. Aprendió en esRadio, La Moncloa, en comunicación corporativa, buscándose la vida y pisando calle. Graduado en Periodismo en la Universidad de Valladolid, máster en Periodismo Multimedia de la Universidad Complutense de Madrid y Máster de Periodismo EL PAÍS.

Más información

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_