La jueza mantiene la imputación de la veterinaria municipal y la responsabilidad civil del Ayuntamiento de Sevilla por el mayor brote de listeriosis de Europa
“Existen indicios racionales de criminalidad en su actuación”, señala el auto sobre la supervisión que la funcionaria realizó de la empresa Magrudis, causante de la infección que provocó cuatro muertes, siete abortos y afectó a 240 personas
La jueza que investiga el mayor brote de listeriosis de Europa, provocado por la empresa sevillana Magrudis y que en 2019 causó la muerte de cuatro personas, siete abortos y afectó a 240 personas, ha decidido mantener el procesamiento de la veterinaria municipal y al Ayuntamiento de Sevilla como responsable civil subsidiario por la “negligencia en el ejercicio de sus funciones” de la funcionaria. El auto contradice, así, el criterio de la Fiscalía que la eximió de responsabilidad por “la sobrecarga de trabajo ante la falta de dotación de personal del consistorio” y porque el sistema de autocontrol de la cárnica “permitía suponer” que se estaban llevando todos los controles.
La titular del Juzgado de Instrucción Número 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez, asegura que “existen indicios racionales de criminalidad en la actuación” de la veterinaria. Ella fue la que realizó las dos únicas inspecciones sobre la cárnica, en 2016 y 2017, y quien, además, dirigió el proceso de recogida de muestras de carne tras la declaración del brote de listeriosis el 15 de agosto de 2019. “En sus visitas a Magrudis omitió información obligatoria para lograr una mayor puntuación y así una menor frecuencia de inspecciones, lo que conllevó a crear un riesgo grave para la salud de los consumidores”, dice el auto, que apunta a que, conforme a esos dudosos criterios de puntuación, debería, además, haber visitado la fábrica en enero de 2019, una inspección que no se realizó. “En enero de 2019 ya se hubiera podido detectar presencia de listeria”, concluye.
El procesamiento de la veterinaria es muy importante para las distintas acusaciones, ya que, si fuera condenada, al tratarse de una funcionaria pública, se podría exigir de manera inmediata la responsabilidad civil subsidiaria del Ayuntamiento. Si hubiera resultado excluida del juicio oral, habría que reclamar la responsabilidad subsidiaria por la vía contencioso-administrativa, un proceso farragoso que nunca se iniciaría antes de que se agote la vía penal, que puede dilatarse durante años si se suceden los recursos.
La jueza también mantiene al Ayuntamiento de Sevilla como responsable civil subsidiario. En el auto se recrimina que “no efectúo control alguno” en el expediente de declaración responsable que presentó Magrudis en diciembre de 2018, un documento que contenía numerosas irregularidades, “con omisión de información y con inclusión de otras que nos se ajustaban a la realidad”, según señala la instructora. El consistorio solo revisó el informe el 26 de agosto, cuando ya se había declarado la alerta sanitaria por listeriosis.
“El Ayuntamiento de Sevilla debe responder civilmente de forma subsidiaria, naciendo su responsabilidad cuando la funcionaria, como ocurre en este caso, incurrió en negligencia en el ejercicio de sus funciones, causando un perjuicio a terceros no actuando con la diligencia debida”, abunda la jueza.
Además de la funcionaria, también están procesados los dueños de la cárnica, José Antonio Marín Ponce, el administrador de hecho de Magrudis, sus hijos Sandro Marín, que aparecía como administrador único de la cárnica y Mario Marín, y su mujer, Encarnación Rodríguez, encargada de producción y del sistema de autocontrol de la empresa. Para los dos primeros la Fiscalía pide 11 años de prisión por sendos delitos contra la salud pública, homicidio por imprudencia grave y falsedad en la elaboración de la declaración responsable para obtener la autorización para desarrollar la actividad. Para los segundos, solicita 10 años también por un delito contra la salud pública y por homicidio por imprudencia grave. Para todos ellos reclama también ocho meses de multa por un delito de defraudación eléctrica, ya que las naves donde elaboraban los productos estaban enganchadas ilegalmente a la red de Endesa.
La jueza también mantiene el procesamiento del arquitecto Sergio L. G. que firmó el proyecto de declaración responsable por falsedad en documento oficial. El Ministerio Público solicita un año y seis meses. La magistrada exculpa al administrador de Magrudis por entender que no tenía conocimiento del enganche ilegal de las naves de la empresa.
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