Santi Mina recurre su condena a prisión por abuso sexual y alega que fue chantajeado por la víctima
La defensa del futbolista cuestiona el relato de hechos probados aceptados por la Audiencia de Almería y la ausencia de consentimiento en la relación sexual
El futbolista Santi Mina ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería que lo condenó el pasado mes de mayo a cuatro años de prisión por abusar sexualmente de una mujer en el verano de 2017. Según ha explicado a EL PAÍS su letrada, Fátima Rodríguez, el recurso plantea, entre otros motivos, las dudas sobre la ausencia de consentimiento en la relación sexual entre el delantero y la víctima, y el móvil espurio de la denunciante, a la que acusan de haber pedido 400.000 euros a cambio de retirar la denuncia. La abogada ha aportado un adjuntado al recurso un documento con la intención de probar dicha versión.
“La denunciante actuó con ánimo espurio porque quería obtener una buena indemnización del futbolista”, sostiene la abogada, quien, señala que, en el recurso, adelantado por El Confidencial, se argumenta “la incredulidad subjetiva de la víctima, que fue agravando los hechos en sus sucesivos relatos de los hechos solo para obtener dinero”, señala. En la sentencia, en cambio, los magistrados consideraron que el testimonio de la víctima fue “consistente”, al tiempo que destacaron las contradicciones en las que incurrió Mina en sucesivas declaraciones.
La defensa del futbolista, que actualmente milita en las filas del club saudí Al Shabab —después de que los jueces denegaran la petición de la víctima de entrar en prisión por entender que al residir en un país sin contratos de extradición con España aumentaba su riesgo de fuga― ha aportado el supuesto contrato que el abogado de la denunciante ofreció a Mina en el que se le pedían 400.000 euros libres de impuestos a cambio de retirar la denuncia.
Su abogada afirma que dicho documento no se aportó durante el juicio porque quiso “respetar el código deontológico” que, sostiene, sí burló el letrado de la acusación al preguntar a la víctima si le habían ofrecido dinero para retirar la denuncia. “La acusación particular lo insinuó en el juicio y se ha burlado el secreto profesional”, esgrime Rodríguez. Al contrato también se añade una declaración jurada ante notario de Mina denunciando ese chantaje en la que asegura que no fue él quien ofreció dinero a la denunciante, sino que fueron sus abogados quienes le propusieron una oferta económica para retirar la denuncia.
Durante la vista oral, la estrategia de la defensa de Mina fue dirigida a desacreditar el testimonio de la víctima y a cuestionar la ausencia del consentimiento en la relación. En el recurso también se hace hincapié en las dudas que para los representantes del futbolista encierran las distintas versiones que ofreció la denunciante y el relato de algunos hechos concretos que el tribunal dio por probados en la sentencia.
En el fallo de la Audiencia Provincial se da por cierto que el 16 de junio de 2017, el delantero, que entonces militaba en el Valencia, entró en su furgoneta, junto a una discoteca de Mojácar (Almería), donde otro futbolista, David Goldar, estaba manteniendo relaciones sexuales con la víctima. Mina se dirigió a la chica, que se había sentado sorprendida, y tras decirle “mira, chica, tú me gustas mucho y creo que deberíamos hacer algo” y ella no hacerle caso, introdujo su pene erecto en su boca sin preguntar. A continuación, la mujer lo empujó y el futbolista la echó hacia atrás en la cama, introduciéndole los dedos de la mano derecha en la vagina. Segundos después, el delantero se disculpó y la víctima se marchó en gran estado de ansiedad, según refleja el relato de hechos de la sentencia.
En el recurso se cuestiona esa “felatio sorpresiva”, porque gracias al reflejo cigomático, la mandíbula se cierra cuando se le aproxima un cuerpo extraño. La defensa también alega que “cuando ella le pidió que parase, él paró, tal y como ella confirmó ante el tribunal”, señala Rodríguez, y se hace hincapié en las distintas versiones que ofreció de los hechos.
Los magistrados en su fallo condenatorio destacaron la solidez del relato de la mujer sobre el abuso sexual, “con definitivos elementos probatorios” y “rico en detalles, completo, coherente y consistente”. “Narró los hechos de forma abierta y espontánea”, subrayan los jueces. “La víctima facilitó en la vista oral un testimonio rotundo, abundante en detalles y coincidente en lo sustancial y esencial con lo que previamente había manifestado en sede policial y en sede de instrucción”, reza la resolución.
Por el contrario, los jueces hicieron constar las distintas versiones que ofreció el delantero durante la investigación de los hechos. “El acusado, en su primera declaración, negó de forma categórica haber tocado siquiera a la víctima y solo [al encontrarse] ADN suyo en la cavidad vaginal, se ve obligado a modificar su versión de los hechos y reconocer que existió penetración vaginal”.
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