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Condenado a cuatro años de prisión el futbolista Santi Mina por abuso sexual

La sentencia de la Audiencia de Almería impone al jugador libertad vigilada y el Celta de Vigo le aparta del equipo de manera provisional

Santi Mina, a su llegada a la Audiencia Provincial de Almería en la última sesión del juicio, el 31 de marzo.
Santi Mina, a su llegada a la Audiencia Provincial de Almería en la última sesión del juicio, el 31 de marzo.Carlos Barba (EFE)
Javier Martín-Arroyo

La Audiencia de Almería ha condenado a cuatro años de prisión al futbolista del Celta de Vigo Santi Mina, de 26 años, por abusar sexualmente de una mujer en junio de 2017, en el municipio almeriense de Mojácar. El Celta ha apartado al jugador del equipo de manera provisional este miércoles. “El RC Celta respeta el derecho de defensa del jugador, pero se ve en la obligación de tomar medidas frente a aquellos hechos que menoscaban de forma notoria la imagen del club y atentan directamente contra sus valores, mostrando una vez más su más absoluto rechazo hacia el delito tipificado en la resolución judicial”, ha dicho el club en un comunicado.

La sentencia, que será recurrida por la defensa de Mina ante el Tribunal Superior andaluz (TSJA), absuelve al también futbolista David Goldar, defensa de la UD Ibiza y amigo de Mina desde su época en la cantera del Celta, contra quien la Fiscalía no formuló acusación, si bien la víctima lo sentó en el banquillo al considerarlo cooperador necesario.

El 16 de junio de 2017, el delantero, que entonces militaba en el Valencia, entró en su furgoneta, aparcada cerca de la discoteca Mandala de Mojácar, donde viajaba junto a tres amigos. Uno de ellos, Goldar, estaba manteniendo relaciones sexuales con la víctima. Mina se dirigió a la chica, que se había sentado sorprendida, y tras decirle “mira, chica, tú me gustas mucho y creo que deberíamos hacer algo” y ella no hacerle caso, introdujo su pene desnudo y erecto en su boca sin preguntar. A continuación, la mujer lo empujó y el futbolista la echó hacia atrás en la cama, introduciéndole los dedos de la mano derecha en la vagina. Segundos después, el delantero se disculpó y la víctima se marchó en gran estado de ansiedad, según refleja el relato de hechos de la sentencia.

El fallo destaca la solidez del relato de la mujer sobre el abuso sexual, “con definitivos elementos probatorios” y “rico en detalles, completo, coherente y consistente”. “Narró los hechos de forma abierta y espontánea”, subrayan los jueces. “La víctima facilitó en la vista oral un testimonio rotundo, abundante en detalles y coincidente en lo sustancial y esencial con lo que previamente había manifestado en sede policial y en sede de instrucción”, reza la resolución. En contraposición, el futbolista cambió de versión a lo largo de las pesquisas: “El acusado, en su primera declaración, negó de forma categórica haber tocado siquiera a la víctima y solo cuando al encontrar ADN suyo en la cavidad vaginal, se ve obligado a modificar su versión de los hechos y reconocer que existió penetración vaginal”.

El futbolista justificó la presencia de su ADN en la vagina de la mujer en que “estuvieron tocándose por todas partes del cuerpo”, pero los jueces no dan credibilidad a su relato y consideran que mintió. Tras el abuso sexual, la víctima presentó lesiones extragenitales y hoy sufre trastorno de estrés postraumático crónico, reflejados en sendos informes forenses. El futbolista contrató a un detective para que grabara a la víctima en espacios públicos y desacreditar en parte su testimonio sobre las secuelas sufridas. La sentencia destaca que no ha quedado acreditado que Goldar se concertara con Mina para participar en el delito, y por eso ha sido exculpado.

La sentencia impone a Mina libertad vigilada por periodo de cinco años, alejamiento a 500 metros de la víctima durante 12 años, y una indemnización de 50.000 euros. El tribunal absuelve al futbolista del delito de agresión sexual, por el que el fiscal pedía ocho años y medio de cárcel, al considerar los magistrados que Mina no actuó con violencia o intimidación. A pesar de la condena de cuatro años, el futbolista no ingresará de momento en prisión, dado que la decisión será recurrida ante el TSJA, y presumiblemente, al Tribunal Supremo. En paralelo, el RC Celta ha abierto a Mina un expediente disciplinario para dilucidar “sus responsabilidades laborales” derivadas de la sentencia, y no lo dejará entrenar con el primer equipo, aunque sí practicará otras actividades que disponga el club en los próximos días.

Santi Mina
El delantero Santi Mina, en un partido en octubre.Salvador Sas (EFE)

Ante el fallo, el abogado de la acusación particular, Iván Bolaño, ha avanzado que estudia solicitar a la Audiencia una vista para pedir el ingreso inmediato en prisión del futbolista. “Tenemos un sabor agridulce. Sabíamos que teniendo en cuenta la dificultad de acreditar estos delitos al ocurrir sin testigos y en sitios oscuros, y que era la palabra de una contra la de dos [futbolistas], hemos logrado constatar la existencia de delito”. El letrado avanza que recurrirá la resolución para lograr la condena de Mina por agresión sexual y no por abuso sexual: “Nos parece que la sentencia reconoce la existencia de intimidación y violencia porque incluye los hematomas, arañazos y la existencia de circunstancias de intimidación con el shock de la víctima, pero no las ha incorporado al fallo. Por eso la pena se ha rebajado de ocho a cuatro años”.

La defensa del delantero ha informado de que recurrirá la decisión por considerar que no está “ajustada a derecho” y que contiene “importantes errores en la valoración de las pruebas practicadas, y por tanto, de los hechos acaecidos”. Según la abogada del futbolista, “procederá a interponer el correspondiente recurso de apelación en los próximos días”, adelanta en un comunicado difundido por Efe.

El juicio quedó visto para sentencia hace un mes, después de que la Fiscalía concluyera en sala que existían en contra de Mina “un cúmulo, una cascada” de “elementos probatorios que acreditaban que había cometido una agresión sexual”, por lo que reclamó ocho años de prisión. El “acceso carnal se produjo”, concluyó el fiscal durante el juicio. La acusación particular elevó la petición para el futbolista hasta los nueve años de cárcel, y además pidió para Goldar seis meses de cárcel como cooperador necesario.

La defensa del futbolista, que pidió su absolución, alegó que la víctima del abuso “prestó su consentimiento en todo momento”, ya que cuando “le pidió que parase, él paró como ella misma confirmó” durante su declaración ante los jueces. La abogada añadió que existía un error de tipo invencible porque, “si no hubo consentimiento, desde luego no lo supo hasta que lo verbalizó”.

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Sobre la firma

Javier Martín-Arroyo
Es redactor especializado en temas sociales (medio ambiente, educación y sanidad). Comenzó en EL PAÍS en 2006 como corresponsal en Marbella y Granada, y más tarde en Sevilla cubrió información de tribunales. Antes trabajó en Cadena Ser y en la promoción cinematográfica. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y máster de EL PAÍS.

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