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Así decidirá el médico si el paciente está en plenas facultades para pedir la eutanasia

Si el enfermo no es capaz ni está consciente en el momento de la solicitud, solo puede acceder a la prestación de ayuda para morir si tiene un documento de voluntades anticipadas donde contemple esa demanda

Ley de eutanasia
La exministra María Luisa Carcedo recibe los aplausos del pleno del Congreso de los Diputados durante la aprobación de la ley de la eutanasia.Samuel Sánchez
Jessica Mouzo

La eutanasia ya es un derecho en España. Tras dos décadas de debate social y propuestas legislativas fracasadas, la ley que regula la prestación de ayuda para morir ha entrado este viernes en vigor y el Gobierno y las comunidades se apuran en pulir los últimos flecos para aterrizar la norma. Así, el Consejo Interterritorial, donde están representados el Ministerio de Sanidad y las autonomías, dio este miércoles luz verde a uno de los cabos sueltos de la ley que quedaban pendientes de afinar: el protocolo de actuación para que el médico responsable —el facultativo elegido por el paciente para llevar su caso— dictamine si el enfermo está en plenas capacidades para tomar la decisión de solicitar la eutanasia. La ley prevé que, además de ser mayor de edad y cumplir unos criterios clínicos (padecer una enfermedad incurable o un padecimiento grave), la persona que la pida tiene que “ser capaz y consciente en el momento de la solicitud”. Si no lo es, solo podrá acceder a la prestación si tiene un documento de voluntades anticipadas donde haya contemplado esta demanda. El protocolo de actuación plantea una entrevista clínica inicial para dilucidar la capacitación del enfermo y, si el médico tiene dudas, puede recurrir a herramientas técnicas de evaluación de las capacidades y, en último caso, hacer una interconsulta a otro facultativo para pedir su valoración.

Quedan aspectos de la ley por concretar y los expertos consultados asumen que habrá muchas dudas por resolver. Y más que surgirán a medida que se vayan topando con las peticiones de eutanasia. Pero hay cuestiones que no se podían aplazar, como la creación de las comisiones de garantías de cada comunidad, que tendrán la última palabra al valorar una petición de eutanasia, o la guía para dictaminar si una persona está capacitada para solicitar la prestación. De hecho, si no es capaz y tampoco tiene un documento de voluntades previas donde explicita su demanda, el médico tiene que denegar la petición.

El protocolo de actuación aprobado por Sanidad y las comunidades parte de la presunción de que los solicitantes son capaces y están en plenas facultades para tomar decisiones acerca de su propia vida. Con la primera entrevista personal que contempla la ley, donde médico y paciente entran en un proceso deliberativo sobre la situación del enfermo, las alternativas terapéuticas y el pronóstico, el facultativo ya estima si el solicitante está en plenas facultades cuando pide la eutanasia: valora la capacidad de comprensión, apreciación, razonamiento y expresión de una elección por parte del paciente. Además, el médico responsable debe asegurarse de que la incapacidad no venga determinada por un déficit de información, dificultades comunicativas u otros elementos culturales, reza el protocolo.

Pero la guía de recomendaciones del ministerio contempla también, en caso de duda del médico, herramientas de evaluación alternativas para dictaminar las capacidades del paciente. El protocolo matiza que son “aconsejables”, pero siempre como un elemento “complementario y posterior a la valoración clínica general y a la deliberación con la persona enferma”. Las herramientas recomendadas son dos guías que ya se usan en otros campos: el Instrumento de Ayuda para la Evaluación de la Capacidad (ACE) y la Herramienta de Evaluación de la Capacidad para Tratamiento (MacCATT), que miden también si el paciente entiende lo que se le dice, si conoce su enfermedad, si su decisión está condicionada por elementos externos y cuáles son las consecuencias de la decisión que ha tomado. La ley de la eutanasia define la incapacidad de hecho como la “situación en la que el paciente carece de entendimiento y voluntad suficientes para regirse de forma autónoma, plena y efectiva por sí mismo”.

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“Un médico, cuando habla con un paciente, ya valora sus capacidades”, sostiene Javier Velasco, presidente de la Asociación Derecho A Morir Dignamente (DMD). ”En la mayoría de los casos no harían falta los instrumentos de medida; estos son solo para los casos en los que hay dudas. Pero es verdad que la capacidad no es toda o nada. Hay personas que tienen lagunas de memoria, pero tienen capacidad para tomar decisiones importantes o realizar actos jurídicos. Y la gente con trastornos mentales tiene momentos agudos donde no tienen capacidad, pero luego, cuando se pasa ese momento agudo, están perfectos”, añade. El protocolo contempla, precisamente, distintos grados de deterioro cognitivo que repercuten de forma desigual sobre la capacidad del paciente de decidir sobre procesos que tengan una gran repercusión sobre su salud.

Si, tras emplear estas herramientas, el médico siguiese con dudas sobre las capacidades del paciente, puede hacer una interconsulta a otro facultativo experto en la valoración de este tipo de situaciones o de la patología del paciente. El protocolo matiza que esta opinión solicitada a un médico especializado en valoración de capacidades no exime al facultativo responsable del paciente de pasar el segundo filtro de control que contempla la ley: el aval del médico consultor, que es un profesional con formación en las patologías que padece el enfermo, pero ajeno al equipo del facultativo responsable. El consultor deberá estudiar el caso y dictaminar si el paciente cumple los requisitos para recibir la prestación. En caso de discrepancia entre el médico responsable y el consultor respecto a la incapacidad de hecho, la decisión se elevará al pleno de la comisión de garantía y evaluación de la comunidad autónoma, que es el órgano que tiene la última palabra en la concesión de la prestación.

El protocolo para valorar la capacidad del paciente para tomar la decisión, señalan los profesionales consultados, es una herramienta clave. Sobre todo, para los casos más complejos, donde hay deterioro cognitivo o problemas de salud mental que pueden influir o modular la voluntad del paciente. Precisamente, en Países Bajos, donde llevan 20 años con una ley de eutanasia en vigor, se enfrentan ahora al reto de abordar la evaluación de demandas de eutanasia en personas con demencias avanzadas. Mónica Povedano, jefa de la Unidad Funcional de Enfermedad de Motoneurona del servicio de Neurología del Hospital de Bellvitge de Barcelona, valora la importancia de que haya un protocolo común y que se dé “capacidad al profesional para decidir quién está capacitado y quién no”. “Desde el punto de vista neurológico es fácil ver cuándo el paciente se está deteriorando, cuál es el grado de demencia... Pero el otro gran campo en el que actuar es el del enfermo psiquiátrico, que también puede pedir la eutanasia. Es muy importante formar a los profesionales en situaciones de final de vida y en este tipo de valoraciones porque no estamos formados”, defiende.

La Sociedad Española de Psiquiatría está preparando cursos formativos, en colaboración con el ministerio, para entrenar a los profesionales en la valoración de las capacitaciones. Su vicepresidente, Manuel Martín Carrasco, alerta de que la comunidad médica “no está bien formada” para realizar estos análisis y hay que reforzar el entrenamiento en este campo. “Hay casos claros donde no hace falta ni un médico para saber que una persona no está capacitada. Pero hay también una gran gama de situaciones intermedias más complicadas. Las herramientas de apoyo son útiles, pero no bastan para hacer una valoración adecuada”, advierte el psiquiatra.

Manual de buenas prácticas

Otra cosa que queda por aprobar en el seno del Consejo Interterritorial es el manual de buenas prácticas que atará otros cabos sueltos de la ley y homogeneizará procesos. Esta guía contemplará las recomendaciones sobre los medicamentos a administrar para que la ejecución de la prestación de ayuda para morir sea homogénea. También incluirá modelos de los principales documentos para el desarrollo del proceso, como son el formulario de solicitud, la hoja de información sobre la eutanasia y el consentimiento informado, entre otros.

El manual contemplará, además, las recomendaciones para el ejercicio de objeción de conciencia, al que pueden acogerse todos los profesionales que no quieran participar en la aplicación de la eutanasia. Según la ley, el Gobierno y las comunidades tienen tres meses desde la entrada en vigor de la norma para elaborar el manual de buenas prácticas, pero algunas voces del sector señalan que ya está bastante avanzado y estará listo antes de tres meses.


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Jessica Mouzo
Jessica Mouzo es redactora de sanidad en EL PAÍS. Es licenciada en Periodismo por la Universidade de Santiago de Compostela y Máster de Periodismo BCN-NY de la Universitat de Barcelona.

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