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Sanidad veta el uso del coche y el transporte público para ir a hacer ejercicio

Los internos en residencias de mayores no podrán de momento salir a realizar actividad física, según la orden publicada en el BOE

Una madre pasea a su hijo en Sevilla durante el 46º día del estado de alarma.
Una madre pasea a su hijo en Sevilla durante el 46º día del estado de alarma.Europa Press

A partir de este sábado 2 de mayo se permitirá a los adultos salir a caminar con una persona con la que se conviva, o un cuidador si es necesario, y realizar actividad física no profesional de forma individual, según recoge la orden del Ministerio de Sanidad que se publica este viernes en el BOE, que detalla la medida avanzada por el Gobierno. Pero, con el fin de proteger a los colectivos vulnerables, la actividad física prevista en esta orden no se contempla para los internos en residencias de mayores. Además, los paseos se restringen a un kilómetro de distancia del domicilio, aunque se podrá sobrepasar para hacer ejercicio. Eso sí, no se podrá coger un vehículo privado ni el transporte público para desplazarse lejos de la vivienda habitual a hacer ejercicio.

Tal y como avanzó este jueves Salvador Illa, ministro de Sanidad, las salidas durante el estado de alarma por el nuevo coronavirus se realizarán por franjas horarias. De 6.00 a 10.00 y de 20.00 a 23.00 se reserva para los adultos que quieran salir a dar un paseo o hacer deporte. De 10.00 a 12.00 y de 19.00 a 20.00, para aquellas personas que requieran salir acompañadas por motivos de necesidad y personas mayores de 70, que podrán salir con una persona conviviente de entre 14 y 70 años. Entre 12.00 y 19.00 será el turno de los niños menores de 14 años, que tendrán un máximo de una hora para caminar con un adulto.

Además, Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, ha aclarado en rueda de prensa que el objetivo de los horarios es controlar la transmisión del virus y que: “Si una persona sale a hacer deporte por la mañana en la franja horaria que le corresponde y luego es el padre que va a dar el paseo con su niño, no tiene por qué haber ninguna incompatibilidad entre ambas”.

La orden establece también los requisitos a seguir para evitar el contagio. Se debe mantener una distancia de al menos dos metros con terceras personas, cumplir las medidas de prevención e higiene, evitar los espacios concurridos y no hacer paradas innecesarias durante la actividad física. Además, se podrá circular por cualquier vía de uso público y zonas verdes autorizadas, pero no está permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas ni “hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en esta orden”, según el texto.

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