Cuatro funcionarios se enfrentan a cinco años de prisión por usar el síndrome de alienación parental
Los servicios sociales de Bizkaia separaron a una niña de su madre en contra del criterio del juez. El auto exige a la Diputación una fianza de 600.000 euros como responsable subsidiaria
La vista contra los servicios sociales de la Diputación de Bizkaia por arrebatar una niña a su madre usando el síndrome de alienación parental y sin conocimiento del juez, está más cerca de celebrarse. El juzgado de Instrucción número 9 de Bilbao ha dictado ya el auto de apertura de juicio oral, en el que ordena a la institución foral a depositar una fianza de 600.000 euros como responsable civil subsidiaria de los posibles delitos de cuatro de sus funcionarios, acusados de prevaricación administrativa y de lesiones físicas y psíquicas contra una madre y su hija, a la que arrebataron de sus brazos, con engaños, y con el argumento de que estaba influenciando a la niña para que no estuviera con su padre, es decir en base al denominado síndrome de alienación parental. Por esos presuntos delitos, la acusación solicita cinco años, seis meses y un día de prisión, además de 15 años de inhabilitación especial para cargo o empleo público. Los funcionarios ejecutaron una orden interna que daba por concluido el régimen de custodia compartida dictado por un juez sin consultar con él.
Después de dos archivos de la causa, el juzgado de instrucción ha dictado el auto a instancias de la Audiencia Provincial de Bizkaia, que apreció indicios de delito en los funcionarios en base al escrito de la acusación, ejercida por el abogado de la madre. En una resolución muy dura, este último tribunal explicaba que el síndrome de alienación parental (SAP) es “otra forma de violencia contra la mujer” sin base científica, descartado además en numerosas sentencias judiciales, y descalificado por la Organización Mundial de la Salud y por el Consejo General del Poder Judicial. Argumentaba además que la decisión de arrebatar a la niña de los brazos de su madre, con engaños y violencia, además de puenteando al juez, encaja en el delito de prevaricación administrativa continuada. Incluso la Fiscalía apercibió a la Diputación de que la orden foral no tenía la entidad suficiente, sin la ratificación judicial, como para tomar una decisión de ese tipo. El padre sigue teniendo la custodia de la niña, con visitas puntuales, dos a la semana, de su madre, Irune Costumero.
La batalla judicial se prolonga ya casi tres años desde que Costumero denunció, en agosto de 2017, a los cuatro funcionarios. Aquel verano la citaron en el Servicio foral de Infancia con otro motivo, y cuando acudió, varios funcionarios de la Diputación, acompañados por varios policías y personal de seguridad, le quitaron a su hija de cinco años. Ahora tiene ocho recién cumplidos. La sección sexta de la Audiencia Provincial denunció el proceder de la Diputación, porque “no parece que la competencia” para revisar una resolución judicial sea de la institución, e imputó a la jefa del Sección de Recepción, Valoración y Orientación, Antonia Giner; a la jefa del Servicio de Infancia, Consuelo Alonso; al director general de Promoción de la autonomía personal, ahora diputado foral de Acción Social, Sergio Murillo, y a la trabajadora social que ejecutó la orden, Maika Urrutxurtu, por prevaricación y por un posible delito de lesiones que se produjeron cuando usaron la fuerza contra Costumero y “quizás”, apuntaba el auto, contra la propia niña.
El juez de primera instancia ha dictado auto de apertura de juicio oral pese al escrito del Ministerio Fiscal que, como en dos anteriores ocasiones, pide el sobreseimiento provisional. Frente a esa posición, la acusación particular, en sintonía con los planteamientos de la propia Audiencia, pide para los cuatro funcionarios 15 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito continuado de prevaricación administrativa; tres años, seis meses y un día de prisión por el delito continuado de lesiones psíquicas a un menor; y dos años y un día de prisión por el mismo delito, pero causadas a la madre.
El escrito de acusación termina apelando al cumplimiento de las resoluciones ya dictadas. “A pesar del tiempo transcurrido, de las sucesivas resoluciones judiciales dictadas en este tiempo por la Audiencia Provincial de Bizkaia, a pesar de que incluso las Juntas Generales de Bizkaia aprobaron por unanimidad de todos los partidos políticos integrantes de las mismas el pasado día 22 de enero de 2020 una revisión de los instrumentos del Servicio Foral de Infancia para no aplicar el llamado síndrome de alienación parental, lo cierto es que los encausados no han modificado su resolución arbitraria y la siguen aplicando en el día de la fecha”, cita.
Costumero y varias madres más se reunieron con todos los grupos políticos para enseñarles la argumentación judicial sobre el SAP, y las consecuencias que puede generar en los niños. Hasta el PNV, que gobierna en la Diputación, se sumó a una proposición que, aprobada por unanimidad a finales de diciembre, insta a la Diputación Foral, en general, y al Servicio de Infancia, en particular, a que dejen de utilizar ese síndrome a la hora de valorar la situación con los menores y sus madres o padres, y recurran a otro tipo de metodologías.
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