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Absuelto el buzo acusado de violar a una compañera en un buque de la Armada

La sentencia no encuentra pruebas que confirmen la versión de la denunciante

Mujeres militares en la base de El Goloso (Madrid).
Mujeres militares en la base de El Goloso (Madrid).ULY MARTÍN

Ni abuso ni violación. La Audiencia de Alicante ha absuelto al buzo de la Armada española que estaba acusado de agredir sexualmente hace cuatro años, al término de una noche de fiesta, a una compañera de filas en el buque de transporte ligero Contramaestre Casado. La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, no encuentra pruebas que confirmen la versión de la denunciante y demuestren su falta de consentimiento en esa relación. Más bien al contrario, pues el testimonio de una testigo presencial “desvirtúa las acusaciones”.

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El juicio por estos hechos, a diferencia de supuestos similares tramitados por la jurisdicción militar, se celebró ante un tribunal ordinario el pasado mes de octubre. Durante la primera sesión, a puerta cerrada, la supuesta víctima, E.G.A., insistió en que su compañero la había forzado tras inmovilizarla en su litera de la cubierta femenina. En cambio, el acusado, V.E.L.A., que se enfrentaba a penas de entre siete y diez años de cárcel, mantuvo que ella había accedido voluntariamente a sus requerimientos sexuales.

Ante esas versiones diametralmente opuestas, el tribunal se ha inclinado por la del militar, ya que ha sido corroborada por otra marinera que dormía a apenas dos metros de E.G.A. y no observó en ningún momento “nada que le hiciera entender que la relación no fuera consentida”.

Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 27 de octubre de 2014 en la cubierta femenina del Contramaestre Casado, que se hallaba fondeado en Alicante por unas maniobras. Los dos implicados habían estado esa noche tomando unas copas junto a otros soldados en la zona de ocio del puerto. La mujer regresó antes al barco. El buzo lo hizo después y se coló directamente en el sollado femenino “con ánimo de mantener relaciones sexuales” con ella, según el fallo. El acusado se confundió de litera y despertó a la única marinera que compartía en esos momentos el dormitorio con E.G.A.

Esta otra testigo tenía guardia en unas horas y necesitaba descansar, por lo que se revolvió molesta y señaló la cama de su compañera. Luego, durante una hora, aproximadamente, no dejó de escuchar golpes que le impedían conciliar el sueño. Hasta el punto de que llamó la atención a los implicados, les mandó callar y acabó por abandonar el lugar.

En momento alguno escuchó ni apreció “ningún gesto, ruido o petición de auxilio”, advierten los magistrados. “Lo que no daba es crédito a lo que sucedía a su alrededor”, añaden. El tribunal otorga “especial credibilidad y garantía” a sus manifestaciones, dada su “neutralidad”. Las antepone a las declaraciones de los propios “afectados”, quienes se hallaban “en una situación delicada y comprometida”. Ambos tenían pareja en esas fechas y las relaciones sexuales entre miembros de la tripulación “están prohibidas reglamentariamente”.

El relato de esta testigo resulta “antagónico en extremos esenciales” al que recogen los escritos de acusación de la Fiscalía y la acusación particular y debe conducir a “dictar un fallo absolutorio”, concluye la Audiencia.

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia valenciano, descarta también condenar al buzo de la Armada por abusos sexuales. A juicio de la sala, la base probatoria para aceptar esa alternativa a la agresión sexual es también “sumamente endeble”. Aunque la denunciante había ingerido alcohol esa noche, ella mismo matizó en el juicio que no se encontraba borracha, sino únicamente “a gusto”. Por tanto, el procesado, que había bebido algunas copas más que ella, no pudo aprovecharse de su estado de embriaguez.

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