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Tribuna
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Derechos digitales

España se sitúa en la vanguardia del reconocimiento de novísimos derechos de ciudadanía.

Máquina de triturar papel, para destruir documentos.
Máquina de triturar papel, para destruir documentos. Bernardo Pérez

La tecnología ha cambiado nuestra forma de vida. Todos los ámbitos de desarrollo de la personalidad humana se han visto afectados por la omnipresencia de la tecnología. Hoy, desde la cuna hasta la muerte, pasando por nuestra presencia educativa, laboral o comunicativa, la tecnología condiciona nuestra existencia.

Los derechos de los que disfrutamos, sin embargo, están pensados para una realidad off line muy ajena a los imperativos de la sociedad digital. Actualizar el marco normativo para garantizar nuestros derechos en la realidad online es un imperativo urgente. A este reto responde la iniciativa parlamentaria que recientemente se ha concretado en el Informe consensuado por la ponencia del Congreso de los Diputados sobre el proyecto de ley orgánica de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales que previsiblemente será aprobado antes de que finalice este mes y que puede llegar al BOE antes de finalizar el año.

Garantizar la plena aplicabilidad de los derechos y libertades consagrados en nuestra Constitución al mundo digital obliga al reconocimiento, entre otros, de los derechos a la neutralidad y seguridad en Internet, a la protección de los menores, a procurar el acceso universal a este (sin brechas), a garantizar y limitar el uso de dispositivos de videovigilancia o geolocalización en el lugar de trabajo, a preservar la intimidad del trabajador y su derecho a la desconexión digital o a aplicar el derecho al olvido ante los buscadores y en el resto de servicios de la sociedad de la información.

La realidad digital también obliga a preservar los derechos de los usuarios de redes sociales o servicios equivalentes de Internet, incluso, tras su fallecimiento. El derecho al testamento digital posibilita que toda persona decida sobre el destino de los datos personales y contenidos que ha ido alojando en servidores de servicios varios de Internet (cuentas de correo electrónico, servicios de mensajería, cuentas en redes sociales) a lo largo de su vida. Y, al tiempo, este derecho debe permitir que sus allegados puedan acceder a estos contenidos e instruir a los servicios de Internet sobre la posibilidad de su supresión o cualquier otro uso o destino.

Ante las perentorias exigencias inherentes a la sociedad digital, el legislador español tiene que cumplir el mandato consagrado en el apartado cuatro del artículo 18 de nuestra Constitución: garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos frente al uso de la tecnología. Nuestro país, de nuevo, se sitúa en la vanguardia del reconocimiento de novísimos derechos de ciudadanía.

Artemi Rallo Lombarte es diputado, ponente socialista de la Ley Orgánica de Protección de Datos y ex director de la Agencia Española de Protección de Datos.

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