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“No nos vamos a dedicar a hacer casas en los parques nacionales”

El Gobierno aprueba la ley que amplía la explotación económica de las grandes joyas naturales Una nueva excepción a la prohibición de edificar causa recelos

Juana Viúdez
Ciervos rojos en el Parque Nacional de Cabañeros (Ciudad Real).
Ciervos rojos en el Parque Nacional de Cabañeros (Ciudad Real).CORDON PRESS

El Gobierno aprobó ayer el anteproyecto de Ley de Parques Nacionales, un texto rechazado de plano por el Consejo de Estado por invadir competencias de las autonomías, que ahonda en la explotación económica de las grandes 15 joyas naturales del país. El texto, que permite la navegación en Monfragüe y el vuelo sin motor en el Guadarrama madrileño, tiene un polémico añadido de última hora: una nueva excepción a la prohibición de cualquier tipo de urbanización o edificación en estos espacios. Los ecologistas entienden que se abre la puerta a esas intervenciones, el Gobierno lo niega y los urbanistas están divididos sobre su alcance.

El centro de la polémica es la disposición adicional séptima. El último borrador del proyecto de ley contempla en este apartado que a los parques nacionales ya declarados no se les aplique el artículo que impedía urbanizar en ellos. “El suelo objeto de la declaración de parque nacional no podrá ser susceptible de urbanización ni edificación…”. Ahora se pueden incluir “suelos urbanos o susceptibles de transformación urbanística” en estos santuarios de la naturaleza.

El secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos, negó categóricamente que este proyecto contemple la urbanización en estos espacios protegidos. “No nos vamos a dedicar a construir casas en los parques nacionales”, dijo. En un encuentro informativo explicó que se había incluido este apartado para dar solución a los problemas de núcleos de parques nacionales, como Picos de Europa, donde no podían disponer de equipamientos, como una depuradora o un centro de salud, precisamente porque se encuentran en un entorno con estas limitaciones desde 1995. Picos de Europa está gestionado por las comunidades de Cantabria, Asturias y Castilla y León. Los dos municipios que podrían beneficiarse de esta posibilidad son Oseja de Sajambre y Posada de Valdeón, ambos en León. Sus poblaciones no superan los 500 habitantes, por lo que el ministerio considera que no acarreará gran impacto. La nueva ley también afectaría al Parque Nacional de Monfragüe, donde también hay un núcleo —Villarreal de San Carlos— con una treintena de habitantes.

15 espacios

Parques. En España hay 15 Parques Nacionales: Aigüestortes, Cabrera, Daimiel, Doñana, Guadarrama, Garajonay; Taburiente, Teide, Timanfaya, Picos de Europa, Islas Atlánticas, Monfragüe, Sierra Nevada, Ordesa y Cabañeros. Valencia, Murcia, La Rioja, Navarra y País Vasco no tienen.

Extensión. En total, ocupan 395.000 hectáreas, incluidas las zonas marinas.El mayor es Sierra Nevada (Granada) con 86.208 hectáreas; el menor, Daimiel (Ciudad Real), de 3.030.

Antigüedad. La red de Parques Nacionales comenzó a fraguarse en 1918, con la declaración del de la Montaña de Covadonga, hoy integrado en Picos de Europa, y Ordesa (Huesca). El más reciente es el de Guadarrama (Segovia, Ávila y Madrid), de 2013.

Especies. Animales como el oso pardo, el lince, el rebeco, las cigüeñas negras y miles de plantas endémicas encuentran refugio en ellos.

La parte que hace referencia a los “suelos urbanos” es aplicable a núcleos que ya existían en el momento de declararse los parques, pero lo que ha hecho saltar las alarmas de los grupos ecologistas ha sido la posibilidad de incluir suelos “susceptibles de transformación urbanística”.

Si solo es aplicable a Picos de Europa y un pequeño núcleo de Monfragüe, ¿por qué no se ha contemplado esta disposición de forma excepcional, como se ha hecho en el caso del vuelo sin motor en Guadarrama? El secretario de Estado de Medio Ambiente justificó que se hizo así por una cuestión de “técnica legislativa”. “Una ley es una regla general, y en estos casos —el de la navegación y el vuelo sin motor— eran muy puntuales y se referían a legislación concreta”, explicó Federico Ramos, que se lamentó de que el debate se haya centrado en “temas anecdóticos”. “Lo más interesante es el modelo que fija para permitir que el Estado tenga presencia y defina su labor en los parques”, incidió.

El texto permite la intervención estatal directa ante catástrofes o situaciones extraordinarias que pongan en peligro los valores de estos espacios. Esta cuestión ha provocado que el Consejo de Estado emita un informe en el que vaticina la interposición de nuevos recursos por parte de las comunidades por invasión de competencias. La Junta de Andalucía, ya avanzó que la norma “generará nuevos conflictos constitucionales y sociales”.

También permite que se puedan conceder autorizaciones de navegación en el interior de los parques con fines turísticos o recreativos de forma excepcional cuando esta actividad contribuya de forma notable al desarrollo socioeconómico del entorno y sea completamente compatible con la conservación de los valores y sistemas naturales.

El texto permite la intervención estatal directa ante catástrofes o situaciones extraordinarias que pongan en peligro los valores de estos espacios

“Se han empeñado en que los parques nacionales deben ser rentables económicamente y el objetivo es la conservación”, incide Theo Oberhuber, de Ecologistas en Acción. El grupo teme que se vayan a incorporar más excepciones durante la tramitación parlamentaria, como ocurrió con la Ley de Costas, e incide en que la norma se está dedicando a permitir usos que antes estaban prohibidos.

Las principales ONG, Ecologistas en Acción, SEO-BirdLife y WWF, ven en la excepción urbanística una vía abierta para que las comunidades autónomas propongan estos usos porque sirvan por ejemplo, para albergar un hotel rural o apartamentos turísticos dentro de los propios parques. “En la penúltima versión se limitaban a hablar de suelos urbanos, pero este añadido de suelos susceptibles de transformación urbanística nos parece una barbaridad”, incide Juan Carlos del Olmo, de WWF. “La palabra construcción estaba prohibida hasta ahora dentro de un parque nacional e incluirla, aunque sea como una opción limitada nos parece un giro copernicano”, añade.

Entre los urbanistas consultados no hay consenso. Gerardo Roger, arquitecto y profesor de Urbanismo del Instituto Pascual Madoz de la Universidad Carlos III, lo consideró un “disparate”. “En un Parque Nacional pueden existir núcleos de población que ya estaban y es normal que se mantenga lo que hay, pero no se puede proponer que un suelo protegido sea urbanizable, que es lo que quieren decir con ‘susceptible de transformación urbanística’. ¿Es que no hay suficiente suelo urbanizable en España?, se preguntó tras leer la nueva disposición.

Alejandro Escribano, arquitecto y urbanista, consideró que se juega con un “equilibrio delicado, pero correcto” porque únicamente se contempla la posibilidad de construir en zonas urbanas y otras que ya estuvieran catalogadas como urbanizables en el momento de proteger el parque natural. “Creo que es exagerado decir que abre la vía a edificar porque entiendo que se aplica a los suelos que ya se tienen con esta calificación”, precisa.

Escribano, redactor del Plan de Ordenación Urbana de Valencia, explica que la competencia urbanística está en manos de las Comunidades, por lo que el Estado no puede profundizar en ello, algo que vuelve a abocar a futuros conflictos con el Tribunal Constitucional. La gestión y el desarrollo de esos suelos queda en manos de los Planes de Uso y Gestión, que deben redactar las autonomías siguiendo sus legislaciones, pero con una serie de limitaciones.

El choque de competencias

El Gobierno podrá intervenir en los parques nacionales, en manos de las comunidades, si detecta que no están en un buen estado de conservación. Pero deberá hacerlo, para “evitar un daño irreparable”, después de haber pedido a los Gobiernos autonómicos que actúen, y solo si estos no han adoptado las medidas pertinentes pasados seis meses.

El Ministerio de Medio Ambiente ha dado marcha atrás en algunos puntos polémicos del anteproyecto de Ley de Parques Nacionales, entre ellos este, tras el durísimo varapalo del Consejo de Estado, que alertó de que el anteproyecto podría no ajustarse a “los parámetros de constitucionalidad” y le instó a reconsiderar “la totalidad del texto”.

El punto central señalado era un problema de competencias. No solo por la forma de regular esa intervención en caso de una deficiente conservación del espacio natural, sino también el procedimiento de declaración de los parques o la actuación del Estado en caso de emergencia por catástrofe medioambiental, ya que, hasta ahora, eran las autonomías las competentes y pedían ayuda al Gobierno si la situación escapaba a su control.

Y ese es otro de los aspectos que ha limado el ministerio de Cañete. El Consejo de Estado pedía al Gobierno que definiera mejor qué es una emergencia para que no quepan dudas de la inmediatez de su intervención y este ha aclarado que actuará “cuando exista peligro grave y cierto para la integridad y seguridad de los sistemas naturales de un parque nacional aunque no afectare a personas y bienes y que, por sus dimensiones efectivas o previsibles, requiera una coordinación nacional y exija además una aportación de medios estatales”.

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Sobre la firma

Juana Viúdez
Es redactora de la sección de España, donde realiza labores de redacción y edición. Ha desarrollado la mayor parte de su trayectoria profesional en EL PAÍS. Antes trabajó en el diario Málaga Hoy y en Cadena Ser. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense y Máster de periodismo de EL PAÍS.

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