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‘Huérfano’ por decisión consular

España deniega la reunificación de un niño cubano con su madre en Madrid El padre, que vive en Miami y no lo ha visto en siete años, se opone

Rafael y Tatiana, junto a una foto de ellos con Harold, en su domicilio de Madrid.
Rafael y Tatiana, junto a una foto de ellos con Harold, en su domicilio de Madrid.á. garcía

Tenga quien tenga razón, el que permanece sin los cuidados de su madre o de su padre, el que pierde, es el niño. Harold Manuel de la Piña, de nueve años, tendrá que permanecer en Cuba con sus abuelos maternos. Su madre, Tatiana González, divorciada del padre del menor, se ha casado en segundas nupcias con un español y reside y trabaja en Madrid. La mujer reclamó en junio de 2012 para el niño un visado de reunificación familiar para traérselo a España, pero el consulado general de España en La Habana se lo denegó. El motivo es que el padre, que abandonó Cuba cuando el niño tenía apenas dos años para emigrar a Miami (EE UU), se ha opuesto a que Harold viaje a España con su madre. Tatiana y su esposo Rafael —y también la Justicia cubana, que no pone obstáculos a su desplazamiento a Madrid— aseguran que el progenitor no ha vuelto a ver a su hijo desde que se marchó ni le ha mandado dinero para su manutención desde entonces.

La madre presentó un acta notarial de cuya validez duda el cónsul

Tatiana, médico de profesión que en España trabaja en una clínica de estética, se divorció de su exmarido cubano en diciembre de 2004, seis meses después del nacimiento de Harold. El tribunal le concedió a ella la guarda y custodia del niño y autorizó al padre, Irey de la Piña, a visitarlo en el domicilio de esta “cada vez que pueda y su profesión se lo permita”. Dos años después, en 2006, el padre emigró a Estados Unidos dejando a Harold con su madre en Cienfuegos (Cuba). Tatiana se volvió a casar con Rafael Adámez, su actual esposo, un guardia de seguridad español de 37 años, en 2009, pero hasta octubre de 2011 no se reunió con él en Madrid. Poco tiempo después inició los trámites para traer a su hijo a España. Mientras, Harold quedó al cuidado de sus abuelos maternos. Hace ya casi dos años que lo está.

“Si no le dejan venir, vuelvo a mi país”

“Si no le dan el visado, me tendré que volver a Cuba. No queda otro remedio porque no voy a estar yo aquí y él allá”. Tatiana, la madre de Harold, médico generalista de 36 años, no entiende el “limbo” en el que las decisiones del consulado de España en La Habana y de la justicia cubana la han situado. A ella y a su marido español, Rafael (37). Tampoco comprende por qué tiene tanto peso en el proceso de concesión del visado la opinión de un padre que jamás se ocupó del niño. “Dice que no da su autorización porque no conoce las condiciones en las que el niño va a vivir en España, como si alguna vez en todos estos años se hubiera interesado por la situación en la que se encuentra en Cuba”, añade la progenitora.

“Tenemos un piso con dos habitaciones, la nuestra y la del niño, que ya está preparada. Y, entre los dos, traemos a casa unos 3.500 euros al mes, así que tenemos más que suficiente para vivir los tres juntos”, prosigue Tatiana. Desde que dejó Cienfuegos, hace ahora casi dos años, la madre asegura que manda cada mes 500 euros para el niño y sus abuelos, que se encargan de él, además de dos paquetes al año con ropa y otros objetos de primera necesidad para todos.

Tanto la madre como los profesores del niño en Cuba y una psiquiatra que actuó como perito durante el juicio en el que trataron sin éxito de privar al padre de su patria potestad, aseguran que el niño está muy apegado a la madre y que en estos dos años “ha repercutido la ausencia temporal de la madre”, como dice la sentencia. Tatiana y Rafael acaban de presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El objetivo es que los jueces anulen la negativa del cónsul.

El 6 de junio de 2012, Tatiana y Rafael pidieron en el consulado de España en La Habana un visado de reagrupación familiar para Harold. Junto a la solicitud entregaron un acta de un notario cubano por la que Irey, el padre del menor, habría autorizado la salida definitiva del menor de Cuba en compañía de su madre. Sin embargo, un mes antes de que presentaran su petición, el padre del menor, Irey, se había anticipado. Y no para dar su permiso, como decía ese papel, sino para denegarlo. “Me he enterado por terceras personas de que mi exesposa está residiendo en España y realizando trámites migratorios para sacar a mi hijo de Cuba para España sin mi consentimiento”, decía en un correo electrónico enviado al consulado español. “Yo no autorizo la salida de mi hijo de Cuba por lo menos hasta poder ir a Cuba y conversar con mi hijo y con su madre para conocer las condiciones que ella tiene para este menor en España (...). Además necesitamos acordar cómo serán las visitas y la comunicación con el menor”, añadió el progenitor.

Varias semanas después, el consulado de La Habana volvió a ponerse en contacto con Irey por correo electrónico para pedirle que se presentara en sus oficinas “para tratar un tema de su interés”, el permiso necesario para que se otorgara el visado a su hijo. En un nuevo mensaje enviado al día siguiente pidió comparecer ante el consulado de Miami por la imposibilidad de viajar a Cuba y reiteró que no autorizaba la salida de su hijo de ese país.

Al día siguiente Iago Losada, cónsul español en La Habana, recibió en su despacho a Tatiana y Rafael. Durante el encuentro, el diplomático les preguntó por la procedencia de esa acta. La madre y su esposo respondieron que se la habían encontrado “debajo de la puerta de su casa”. El cónsul denegó el visado teniendo en cuenta los mensajes de Irey y por considerar que esa acta notarial podía ser falsa. El motivo concreto por el que rechazó la solicitud fue el siguiente: “No existir consentimiento del padre del menor para que este se desplace a residir a España con su madre”.

La justicia cubana afirma que el padre incumple sus deberes hacia el crío

España toma esa decisión a pesar de que Cuba no se opone a la salida del menor. Además, la justicia de ese país ha declarado probado que el padre incumple sus deberes hacia el niño. El Ministerio del Interior cubano ha certificado que, desde su marcha en 2006 —cuando Harold tenía dos años—, Irey, el progenitor, no ha vuelto a entrar en el país. “El padre no cumple con el ejercicio efectivo de la patria potestad, pues ni siquiera se comunica con el niño a pesar de existir diversos medios para ello”, afirmó la sentencia del Tribunal de Cienfuegos del pasado 28 de marzo. Esa resolución, sin embargo, rechazó privar a Irey de la patria potestad por considerarlo una medida demasiado severa. Ese fue el último cartucho disparado por Tatiana y Rafael para conseguir reunirse con Harold en Madrid. La negativa, sin embargo, deja al niño en Cienfuegos aunque su madre, en España, sí se quiera hacer cargo de él.

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