_
_
_
_

Javier Krahe: “Han sido ocho años de incordio”

El cantautor es absuelto de un delito contra los sentimientos religiosos Hizo una crítica “burlesca” del fenómeno religioso, dice el juez

Rosario G. Gómez
Javier Krahe y, a su espalda, Montserrat Fernández Villa, aplaudidos a la puerta de la Audiencia Provincial
Javier Krahe y, a su espalda, Montserrat Fernández Villa, aplaudidos a la puerta de la Audiencia ProvincialÁlvaro García (EL PAÍS)

Javier Krahe se ha quitado una “pejiguera” de encima. La denuncia por la emisión de un vídeo que explicaba paso a paso la receta para cocinar un Cristo al horno le ha perseguido desde 2004. Hoy, el juzgado de lo Penal número 8 de Madrid le absolvió de un delito contra los sentimientos religiosos. “Ha sido un incordio. Aunque en estos ocho años habré pensado en este asunto una docena de veces, la mitad en los últimos tres meses”, ha dicho el cantautor, que intentaba abstraerse de este culebrón siguiendo por televisión el partido de tenis entre Djokovic y Federer.

También ha sido absuelta Montse Fernández Villa, directora del programa Lo + Plus (Canal +) en 2004, cuando se emitieron las imágenes que han recorrido los tribunales. En el juicio no se ha probado que la intención de ambos fuera “menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros”, dice el magistrado Jacobo Vigil, según el cual el vídeo difundido en televisión —un fragmento de La Cristofagia, película casera rodada en súper 8 hacia 1977— no era objeto de escarnio. Por el contrario, subraya que fue el legítimo ejercicio y difusión de una expresión artística que, “con un componente burlesco, hizo una crítica del fenómeno religioso en nuestra sociedad”. Y remata el juez: “Se trata de una acción penalmente atípica, por lo que los acusados han de ser absueltos del delito”.

La denuncia que ha provocado este largo peregrinaje judicial fue interpuesta por Víctor Lozano, presidente del Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro, y Nicolás Sala, que ni siquiera se personaron en el juicio. Invocaban el artículo 525 del Código Penal, que castiga a quienes ofendan los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa o hagan escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias. Pero el juez sostiene que en la emisión de aquel programa no hubo escarnio porque no se ha percibido la clave de este delito. Es decir, la “burla tenaz que se hace con el propósito de afrentar”.

Afirma el magistrado que la creación artística tiene a menudo una “dosis de provocación” y que la sátira ha tenido históricamente como inspiración las distintas manifestaciones de poder. La religión y la Iglesia católica, añade, han estado asociadas en España al poder y han sido en no pocas ocasiones objeto de sátira y de crítica legítima. Y en el corto emitido hay “un inequívoco sentido satírico, provocador y crítico, pero no el de ofender”.

Krahe se sentó en el banquillo el pasado 28 de mayo con la curiosidad de quien no ha pisado los juzgados nada más que para solventar asuntos relacionados con la comunidad de vecinos. “Eran los otros los que tenían que demostrar lo que decían. Y no he hecho nada de lo que me acusaban”, observaba ayer Krahe por teléfono desde Valencia, donde tenía comprometida una actuación. “Cada uno cada es cada uno y los sentimientos son una cuestión personal. Es como si a una persona la pudieran denunciar por decir que los reyes son los padres”.

Lo que se juzgaba era un vídeo que ilustraba una entrevista televisiva a Krake. En esas imágenes, de poco más de un minuto, una voz en off narraba cómo cocinar un Cristo macilento (para dos personas). El cantautor iba recordando los pasos: “Se le quitan las alcayatas, se le desencostra, se le salpimenta, se le unta con abundante mantequilla sobre un lecho de cebollas y patatas... al horno se le deja tres días y luego sale solo”.

El juez sostiene que no se ha probado que Krahe supiera que se fuera a emitir ese vídeo. Añade que la intención de la directora del programa fue realizar una entrevista a “una figura de relevancia pública” pero que no se le pueden exigir responsabilidades por las manifestaciones del artista.

“Se ha acabado todo. La sentencia ha sido la que tenía que ser. No había base jurídica. Si quieren, que lo recurran: estaremos así otros ocho años”, remata  Krahe. Fernández Villa se declara feliz. “Pero lo estaría más”, dijo, “si desapareciera el artículo 525 del Código Penal. Está ahí y se lo pueden aplicar a cualquiera, como se lo aplicaron a Leo Bassi, y darle un buen susto”. En su caso, ha tenido que ir a declarar más de una vez a los juzgados y presentar bienes para hacer frente a una fianza de 144.000 euros.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_