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ALEMANIA

Diez euros al trimestre por asistencia médica

El copago de fármacos no puede rebasar el 2 % de ingresos brutos anuales del paciente

Hace ocho años, Alemania vivió una pequeña revolución que puso en marcha la lenta erosión del Gobierno que dirigía entonces el socialdemócrata Gerhard Schröder. Ese año entró en vigor la llamada Praxisgebühr (copago) que estableció que todas las personas con un seguro médico obligatorio, aproximadamente el 88% de la población, debían pagar una cuota de 10 euros trimestrales para las consultas médicas.

Aunque la cuota era mínima, la nueva ley hizo creer a la población que el Gobierno roji-verde, había legislado en contra de los intereses de la gente humilde y las clases medias. Pero la ley había sido diseñada como un mecanismo para reducir el gasto público sanitario. Los legisladores creían que con el pago de 10 euros, la gente solo visitaría al médico cuando fuera necesario y no, como era la costumbre sobre todo entre los miembros de la llamada tercera edad, para buscar compañía y conversación en los consultorios médicos.

El copago para la visita médica establece el pago único de 10 euros por cada trimestre. Cada paciente puede visitar los médicos que necesite en ese lapso, siempre y cuando reciba una autorización (transferencia) para acudir a un especialista.

Los pacientes también están obligados a pagar la cuota de 10 euros válida por un lapso de tres meses, si utilizan los servicios de urgencia de los hospitales

Los parados de larga duración y que reciben ayuda social del Estado pueden solicitar un certificado que les exime de pagar la cuota trimestral. Todas las personas menores de 18 años están exentas del copago.

La cuota también funciona con los dentistas, pero los pacientes tienen la posibilidad de acudir dos veces al año gratis, si se trata de una visita preventiva.

El seguro médico obligatorio también establece un complicado sistema para cubrir el pago de los medicamentos. En principio, los fármacos de prescripción obligatoria están sujetos a un copago que asciende a un 10 %, pero con mínimo de 5 euros y un máximo de 10 euros. Por ejemplo, si un medicamento cuesta 10 euros, el paciente paga de su bolsillo 5 euros; si el medicamento cuesta 75 euros, el paciente paga solo 7,50 euros y si el fármaco tiene un precio de 400 euros, el paciente solo paga 10 euros. Pero si un medicamento s0olo cuesta 4,50 euros, el paciente paga los 4,50 euros de su bolsillo,

Pero el copago en este campo está marcado por una compleja legislación que regula las relaciones entre las compañías de seguros y las empresas farmacéuticas. Los seguros, por ejemplo, no cubren el pago de los fármacos exclusivos de marca y también existe una larga lista de medicamentos genéricos que están exentos del copago.

La legislación excluye del copago por medicamentos a todas las personas menores de 18 años y también a las personas afectadas por enfermedades graves.

En todo caso, el copago médico y de fármacos no debe nunca rebasar el 2 % de ingresos brutos anuales del paciente, porcentaje que desciende al 1 por ciento en el caso de los enfermos crónicos. Los servicios de pediatría no tienen ningún coste en el país.

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