El Constitucional anula definitivamente el título de ingeniero de la edificación
El alto tribunal confirma la sentencia del Supremo que anuló, por inducir a confusión, esa denominación
El Tribunal Constitucional ha confirmado la sentencia del Supremo que anuló, por inducir a confusión, la denominación de ingeniería de la edificación, con la que los arquitectos técnicos pretendían sustituir el nombre de su titulación.
La sentencia ha sido dada a conocer hoy en rueda de prensa por responsables andaluces y sevillanos de los colegios de ingenieros técnicos industriales, de telecomunicaciones, de arquitectos, de ingenieros industriales y de ingenieros de caminos, canales y puertos, y en ella el Constitucional deniega el recurso de amparo interpuesto por los colegios de arquitectos técnicos.
El fallo del Constitucional pone punto final al intento de crear dicho título universitario, que fue aprobado por el Gobierno en 2007 en contra del criterio de los ingenieros y arquitectos superiores.
El Supremo sentenció en marzo de 2010 que dicha denominación era contraria a las leyes porque inducía a confusión con las verdaderas ingenierías, y podía hacer creer que los arquitectos técnicos o aparejadores tenían competencias exclusivas en materia de construcción.
Ahora, el Constitucional considera que la sentencia del Supremo está elaborada conforme a las leyes y sin vulnerar los derechos de los profesionales que pretendían cambiar de nombre, ya que la decisión "no está basada en una interpretación arbitraria de la legalidad, es razonable y no incurre en errores".
El Supremo basó su decisión en que se infringe la Ley Universitaria 6/2001 cuando establece que los títulos universitarios deben denominarse de modo que no produzcan confusión. En consecuencia, los planes de estudio por los que se obtenía el titulo de grado en Ingeniería de la Edificación quedan anulados y los profesionales que han cursado esos estudios no se pueden llamar ingenieros de la edificación. Tampoco pueden ostentar el título de arquitectos técnicos, ya que la sentencia del Supremo advierte que el nombre de los títulos universitarios debe facilitar la identificación clara de la profesión para cuyo ejercicio habilita.
En un voto particular, uno de los magistrados del Constitucional propone al Gobierno que tome medidas urgentes para establecer las denominaciones adecuadas, de modo que se remedie "la grave situación originada a las personas que hubiesen obtenido el título de graduado o graduada en Ingeniería de la Edificación".
Los colegios de arquitectos e ingenieros habían denunciado la "ilegalidad" del título y han presentado recurso contra los planes de estudio elaborados por varias universidades basándose en la decisión del Gobierno ahora anulada, entre otras las de Sevilla, Burgos, País Vasco, Valencia y las privadas de Madrid San Pablo CEU, Camilo José Cela y Elio Antonio de Nebrija.
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