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El Supremo anula un recurso de la Junta que afecta al hotel Algarrobico

El Tribunal rechaza un plan de ordenación que revisaba la protección de la zona del complejo

El Supremo ha rechazado el recurso de la Junta de Andalucía contra la suspensión del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Cabo de Gata (Almería) (PORN) de 2008 en lo que respecta a la zona en la que se asienta el hotel conocido como El Algarrobico, pendiente de demolición.

Así lo acuerda la Sala de lo Contencioso-Administrativo en una sentencia en la que confirma dos resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), del 25 de noviembre de 2008 y del 17 de marzo de 2009, por las que se acordó la medida cautelar de suspensión del PORN y mantener las determinaciones del Plan de Ordenación de Recursos Naturales de 1994.

El TSJA estimó que el nivel de protección dado al paraje de El Algarrobico como "núcleo habitado existente o zona transformada" dejaba la puerta abierta a la rehabilitación de inmuebles con uso turístico y, por tanto, "uso efectivo" del hotel de Azata del Sol con "efecto devastador" medioambiental

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La Junta de Andalucía recurrió en 2008 la decisión del TSJA porque defendió que la nueva regulación era un "refuerzo de la protección del espacio natural" almeriense y que permitiría en su momento la demolición del edificio de una veintena de plantas y 411 habitaciones.

Para el Supremo, tal y como determinó el TSJA, "el interés público en proteger el medio físico es el que aconseja la suspensión acordada".

Según el Supremo, de aplicarse el PORN de 2008, como ya dijo también el TSJA, "se produciría un efecto devastador en relación a la construcción y utilización del establecimiento hotelero situado en la zona El Algarrobico".

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