Sanidad interrumpe la tramitación de la ley antialcohol por ser tema de confrontación electoral
El Gobierno presentó hace unos días un nuevo borrador para hacer frente a las reticencias del sector vitivinícola
La ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, ha anunciado esta tarde que interrumpe la tramitación del proyecto de ley para prevenir el consumo de alcohol entre menores por haberse convertido en su opinión en un tema de confrontación y de enfrentamiento electoral. Así las cosas, el Gobierno esperará a que pasen las elecciones municipales y autonómicas del próximo mes de mayo para retomar el proyecto.
En su primer borrador, el proyecto preveía la prohibición de la publicidad de bebidas alcohólicas (incluido el vino) en los medios de comunicación, y extendía las restricciones para su venta. Tras las consultas (y protestas) con el sector, Sanidad redactó un nuevo texto que limaba algunos de los puntos más polémicos (limitaba la prohibición publicitaria a los espacios dirigidos específicamente a menores), pero no dejaba el vino fuera de la regulación, equiparándolo a otras bebidas alcohólicas como la cerveza o el whisky. La industria vitivinícola había exigido la retirada del vino de la nueva norma.
El borrador concede al vino una consideración especial en su preámbulo, mencionando la Ley de Viña y el Vino (24/2003) para especificar que la nueva norma no entrá en conflicto con ésta. Además, deja claro que las publicaciones orientadas a la información y promoción turística podrán anunciar vinos de calidad producidos en una región determinada, siempre que no estén dirigidas a menores de 18 años.
El texto anterior prohibía el consumo en “instalaciones deportivas, recreativas o de esparcimiento durante el horario o intervalo temporal en que se permita la entrada de menores”. La ambigüedad del término “instalaciones recreativas o de esparcimiento” dejaba abierta la posibilidad a prohibir la cerveza en una feria, un festejo popular o una piscina pública. El nuevo borrador se limita a prohibir “la venta o el consumo de alcohol en los centros docentes de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, en los que se impartan enseñanzas no universitarias, excepto aquellos destinados específicamente a la enseñanza de adultos”. También quedan fuera los centros de protección de menores y aquellos lugares que determinen en su normativa las comunidades autónomas.
En cuanto a la venta y dispensación de bebidas alcohólicas a través de máquinas expendedoras, el nuevo texto exige que se coloquen sólo en los lugares que puedan ser vigilados por los adultos (o sea, ni en pasillos de centro comerciales, ni en escaleras, etcétera).
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