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Múgica pide a los policías que denuncien los casos de maltrato aunque la víctima no quiera

Recomienda a los centros médicos que elaboren con la máxima precisión los partes de lesiones y faciliten a la víctimas la ayuda necesaria

El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, ha recomendado a la Dirección General de la Policía que en los supuestos de maltrato en el ámbito familiar, los agentes que actúen pongan en conocimiento de la autoridad judicial los hechos que motivaron su actuación con independencia de que la víctima manifieste o no querer denunciar los hechos. También se ha dirigido a los médicos para que los partes de lesiones se redacten con la máxima precisión y se facilite a las víctimas toda la ayuda que precise.

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Esta recomendación es una de las conclusiones publicadas hoy en una nota tras informar de una investigación, abierta hace casi un año, sobre las circunstancias que concurrieron en la muerte en Barcelona de Ana María Fàbregas, quien fue asesinada por su ex marido, Pedro Martínez Bustos, en junio de 2003 tras haberle denunciado 54 veces por malos tratos. Como consecuencia de esta investigación, el Defensor también ha dirigido una recomendación al Instituto Catalán de la Salud para que "en todos los centros médicos dependientes de dicho Instituto exista un protocolo de actuación con objeto de que los partes médicos que se elaboren en los casos de malos tratos y agresiones en el ámbito de la convivencia recojan con la máxima precisión las circunstancias y la descripción de las lesiones".

En cuanto a la investigación del caso de Fàbregas, realizada por la Adjunta Primera, María Luisa Cava de Llano, se solicitó la colaboración de la Fiscalía General del Estado, del Consejo General del Poder Judicial y de la Dirección General de la Policía. Una vez finalizada la citada investigación se han obtenido conclusiones que afectan tanto a las actuaciones médicas como a las policiales y a las judiciales, dice el Defensor. En cuanto a las actuaciones médicas, se ha sabido que uno de los partes de lesiones, concretamente el que fue expedido el 23 de abril de 2003, tardó 25 días en ser registrado por un órgano judicial.

La víctima llamó 15 veces a la policía

Dicho parte médico se limitó a reflejar que las lesiones eran leves y que procedían de una agresión. Respecto a las actuaciones policiales, la investigación ha puesto de manifiesto que, como consecuencia de una orden de alejamiento dictada el 29 de enero de 2003, la mujer se vio obligada a solicitar en 15 ocasiones el auxilio policial por los incumplimientos que hizo su ex marido. De las 15 veces que la mujer llamó a la policía "entre el 31 de enero y el 3 de junio de 2003" su ex marido sólo fue detenido y puesto a disposición judicial una vez, en dos ocasiones más se le citó pero no compareció ante la policía y en otro caso se le citó y compareció.

De las 15 veces en las que se pidió ayuda policial, en ocho de ellas la mujer denunció a su ex marido por amenazas, coacciones, agresión sexual, y otras por incumplimiento de orden de alejamiento, explica la nota. En siete ocasiones, Fabregas manifestó no querer presentar denuncia. En cuanto a las actuaciones judiciales, se ha podido saber, dice la nota del Defensor, que el procedimiento judicial iniciado con el parte de lesiones de fecha 23 de junio de 2003 fue archivado el 21 de mayo de 2003 por desconocerse el autor o autores de las lesiones. En ese mismo procedimiento compareció voluntariamente la mujer el 29 de mayo e indicó en el juzgado que el autor de las lesiones era su ex marido y facilitó su domicilio, así como la forma en la que había sido agredida.

Hasta el 17 de junio de 2003, el órgano judicial no ordenó la continuación de las actuaciones judiciales anteriormente archivadas, es decir, casi dos meses después de producirse las lesiones y cinco días después de que hubiera sido asesinada. Finalmente, el 8 de julio de 2003 se celebró un juicio de faltas en el que resultó condenado el ex marido y procedió el órgano judicial a la notificación de la sentencia a la víctima de dicha agresión por edicto que fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 23 de enero de 2004, a pesar de que en el acta del juicio de faltas constaba que la mujer había fallecido.

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