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El PP se abstuvo en el debate que metió la necesidad de violencia en el delito de rebelión

La polémica redacción actual se atribuye a la exdiputada de ERC, Pilar Rahola, y al exportavoz de IU, Diego López Garrido

Javier Casqueiro
El exministro Juan Alberto Belloch abraza al diputado de IU, Diego López Garrido, el día que se aprobó el Código Penal de 1995.
El exministro Juan Alberto Belloch abraza al diputado de IU, Diego López Garrido, el día que se aprobó el Código Penal de 1995.EFE

El Código Penal de Belloch, como se conoce al texto legal vigente que contiene el polémico artículo 472 que define la rebelión como un alzamiento con violencia, tiene un padre nominal que no se acuerda ya de cómo se fraguó esa redacción y varios autores políticos que se la atribuyen. El exbiministro del Interior y Justicia de la última época de Felipe González trabaja ahora en la Audiencia Provincial de Zaragoza y ha olvidado los detalles de aquel debate. Sí enarbola lo importante: que fue el verdadero Código Penal completo que sustituyó al franquista de 1944 frente a sucesivas y posteriores revisiones, actualizaciones y parcheos. Los ejecutivos de José María Aznar, José Luis Rodríguez Zapatero o Mariano Rajoy no lo cambiaron. El Congreso aprobó en pleno finalmente esa ley orgánica el 9 de noviembre de 1995 con 200 votos a favor, tres errores y las 130 abstenciones del PP.

El PP, como reconocen ahora su entonces portavoz, Federico Trillo, y su experto en Justicia, Julio Padilla, no votó en contra porque negoció a cambio otras modificaciones del Código como el cumplimiento íntegro de las penas para los terroristas en plena vorágine de atentados de ETA contra cargos políticos en Euskadi. Pero tanto en la comisión como en el pleno, hubo debates, y algunos tensos y premonitorios.

Padilla, que presume de su conocimiento de los delitos de rebelión tras haber ejercido como secretario relator en el juicio del 23-F, sí tiene fresca hoy aquella discusión. Y le achaca a la exdiputada de ERC, Pilar Rahola, la culpa del vigente del artículo 472 (retocado sobre el anterior artículo 456, que reproducía casi literalmente el 214 de la legislación fraquista).

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El exdiputado del PP aporta el diario de sesiones del 22 de junio de 1995 donde Rahola defendió como enmienda in voce: “Es evidente que nosotros consideramos un avance sustancial y un éxito democrático que, finalmente, el polémico artículo plantee que sólo será delito de rebelión aquel que se hace con violencia y públicamente para declarar la independencia de lo que se llama una parte del territorio”. La exdiputada de ERC remachó que el objetivo de su partido siempre sería que “el Parlamento catalán, sede de la soberanía del pueblo catalán, por mayoría, y por tanto desde el sentido democrático, algún día ejerza el derecho de autodeterminación (derecho, por cierto, que el 12 de diciembre de 1989 ya fue votado por el Parlamento de Cataluña) y declare a Cataluña como un Estado independiente”. Padilla sostiene que llamó a Trillo y a Aznar y acordaron bloquearla.

Diego López Garrido era entonces portavoz de IU en el Congreso y defiende que la enmienda fue suya, que la pactó en comisión con todos los partidos (incluído el PP), que a aquel PSOE le pilló por sorpresa, que el PNV (Emilio Olabarría) discutió que ese retoque generaba problemas a los nacionalistas pero que la logró sacar más tarde en el Senado.

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Sobre la firma

Javier Casqueiro
Es corresponsal político de EL PAÍS, donde lleva más de 30 años especializado en este tipo de información con distintas responsabilidades. Fue corresponsal diplomático, vivió en Washington y Rabat, se encargó del área Nacional en Cuatro y CNN+. Y en la prehistoria trabajó seis años en La Voz de Galicia. Colabora en tertulias de radio y televisión.

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