¿Cuándo se constituye el nuevo Congreso?, ¿y el pleno de investidura?
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Los 350 diputados que han resultado elegidos en las elecciones de este domingo podrán empezar a acreditarse en el Congreso el próximo lunes 6 de mayo. Estas son las fechas del calendario electoral tras los comicios:
1 de mayo. Este miércoles arranca el escrutinio general en las juntas electorales provinciales, que tienen hasta el sábado día 4 para completar su labor. Se trata de un recuento público donde ya se incluyen los votos del extranjero de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
5 de mayo. Este viernes será la proclamación oficial de los resultados. Las juntas electorales irán expidiendo las credenciales para que los diputados y senadores se puedan presentar en el Congreso y en el Senado para acreditarse a partir del día siguente.
6 de mayo. El Congreso de los Diputados habilitará a partir del próximo lunes las salas para que los electos puedan hacer todo el papeleo necesario para obtener sus credenciales, unos trámites que podrán hacer personalmente o mediante intermediarios, entre las 10 de la mañana y las seis de la tarde. La asignación básica será de 2.972,94 euros brutos al mes igual para todos los diputados, a la que se suman complementos en función de su papel en la Cámara y una indemnización neta (sin impuestos) por gastos derivados de su actividad parlamentaria en la capital: 917.03 euros al mes para los electos por Madrid y 1.921,20 euros para el resto.
21 de mayo. Cinco días antes de las elecciones municipales, autonómicas y europeas se constituirán las Mesas del Congreso y el Senado. Este martes, la presidenta o presidente del Congreso-tercera autoridad del Estado- se dirigirá al Palacio de la Zarzuela para informar al Rey para que abra una ronda de consultas, el paso previo a la Sesión de Investidura.
27 de mayo. Una vez constituida la mesa del Congreso se establece un plazo de cinco días para formar los grupos parlamentarios. Se ratificarán 24 horas después, que dará lugar a la Junta de Portavoces, el órgano que debe ordenar el pleno de investidura.
Pleno investidura. Una vez termine la ronda de contactos del Rey con las fuerzas políticas, Felipe VI deberá proponer un candidato a la investidura a la presidencia del Congreso y si este acepta el encargo del monarca el pleno de investidura se celebrará la primera semana de junio. En este enlace puedes consultar todos los posibles pactos. Y con esta calculadora puedes formar tus propios pactos. Será investido presidente del Gobierno el candidato que consiga la confianza del Congreso por alguna de estas dos vías: en la primera votación sumando la mayoría absoluta (176 diputados). De lo contrario, tendría una segunda oportunidad dos días después, logrando más votos a favor que en contra, sin necesidad de una mayoría absoluta.
¿Y si no hay mayoría? Si no se ha logrado la investidura, tras la primera votación fallida comienza a contar un plazo de dos meses para conformar un nuevo pleno de investidura. Si no se ha logrado la investidura en junio, comienza a contar un plazo de dos meses para posibles nuevos intentos. Si ningún candidato obtuviera la confianza, el Rey disolverá las Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del presidente del Gobierno, tal y como establece la Constitución.
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