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El Supremo devuelve a la Junta Electoral la decisión sobre el debate de los candidatos presos

La Fiscalía se opone a dejar en libertad a los candidatos del 28-A que están en prisión

Reyes Rincón
Cárcel de Soto del Real (Madrid), donde se encuentran los políticos varones juzgados en el Supremo.
Cárcel de Soto del Real (Madrid), donde se encuentran los políticos varones juzgados en el Supremo. Luis Sevillano

La celebración de un debate electoral en la cárcel de Soto del Real (Madrid), tal y como ha solicitado Jordi Sànchez, candidato al Congreso de Junts per Catalunya, sigue en el aire porque nadie asume la competencia de decidir si es viable. La Junta Electoral Central endosó la pasada semana la responsabilidad al Tribunal Supremo, y este ha decidido este martes que no tiene competencia para tomar esa decisión. Los siete magistrados que juzgan a los líderes independentistas concluyen en una providencia que “no compete” a esa sala “velar por los principios que determinan la regulación de la actividad electoral”. La responsabilidad de la autorización vuelve de nuevo al órgano electoral.

El Supremo entiende que su competencia sobre los presos se circunscribe a decidir el encarcelamiento y, en su caso, la excarcelación, pero no le incumbe la fijación de un determinado régimen penitenciario. “Lo solicitado no es un acto que afecte a una posible incomunicación judicial –que no se ha acordado por esta sala– ni supone una excarcelación del centro penitenciario”, afirma el tribunal, que recuerda también que compete a la Junta Electoral velar “por la vigencia de los principios que rigen el desarrollo del proceso electoral”. La resolución que firma el magistrado Manuel Marchena rechaza entrar en cualquier cuestión de fondo sobre la petición, y remite su providencia a la Junta para que decida sobre la cuestión.

Sànchez, en prisión preventiva desde el 16 de octubre de 2017, solicitó que se permitiese la celebración de un debate el día 13 de abril con otros candidatos al Congreso por la circunscripción de Barcelona pertenecientes a formaciones con representación en las anteriores elecciones generales. El expresidente de la ANC considera que tiene sus derechos civiles intactos al no haber sido condenado por ningún delito, por lo que mantiene que se le debe permitir que se dirija a los ciudadanos para que conozcan sus opiniones.

Instituciones Penitenciarias se ha pronunciado en contra del debate, según el dictamen en el que la Junta Electoral apuntaba al Supremo. En el informe, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias afirma que celebrar ese debate electoral "supondría una alteración de las normas regimentales del centro penitenciario".

La Fiscalía, contra la excarcelación

Lo que sí tendrá que decidir el Supremo es si accede a las peticiones de libertad formuladas por los cinco líderes independentistas encarcelados que se presentan como candidatos a las elecciones del 28-A. Antes de decidir, el tribunal preguntó a la Fiscalía por su posición y esta ha presentado este martes un escrito en el que se opone a dejar en libertad a los candidatos presos: el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los exconsejeros Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull y el expresidente de la ANC Jordi Sànchez. Los cinco han pedido poder salir de la cárcel para participar en la campaña, pero la Fiscalía entiende que persisten las razones que determinaron el encarcelamiento de cada uno de los procesados que ahora solicitan la libertad.

En su escrito, el ministerio público recuerda que la prisión preventiva ha sido “reiteradamente examinada” a lo largo de la instrucción, tanto por el instructor, Pablo Llarena, como por la sala que ahora juzga a los líderes independentistas. La Fiscalía considera, además, que el juicio está “consolidando” las pruebas de la participación de los procesados en los delitos que se les atribuyen, lo que puede incrementar el riesgo de fuga.

Los fiscales sostienen también que sigue habiendo riesgo de reiteración delictiva por lo que el mantenimiento de la prisión preventiva es, según el ministerio público, “razonable y proporcionado” y no implica una vulneración del derecho fundamental a un juicio justo.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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