El Supremo descarta actuar contra la prisión por excarcelar a Rull para que visitara a su hijo en el hospital
El tribunal rechaza por ahora elevar el caso a la fiscalía
El Tribunal Supremo no va a actuar por ahora contra la prisión de Lledoners por permitir que el exconsejero catalán de Territorio, Josep Rull, procesado por rebelión, saliera de la cárcel durante dos horas el pasado 5 de enero para visitar a su hijo en el hospital. Tras recibir un informe ampliado de la directora de la prisión, los siete magistrados designados para juzgar a los líderes independentistas han optado por incorporar ese escrito a la causa, pero no van a informar al fiscal, según han confirmado fuentes jurídicas.
Rull, para quien la fiscalía reclama 16 años de prisión, salió el 5 de enero de la cárcel catalana de Lledoners para visitar a su hijo, que fue hospitalizado tras sufrir una caída durante una visita familiar a la prisión y quedar inconsciente. El traslado de Rull al centro hospitalario de Manresa donde ingresó el pequeño, de seis años, se realizó sin haber solicitado autorización previa al Tribunal Supremo, que, según el Reglamento Penitenciario, tenía que haber dado su permiso “en todo caso” al ser el interno preso preventivo.
El Supremo anunció entonces que estudiaría si la directora del centro penitenciario había incurrido en algún tipo de responsabilidad. En una providencia dictada este miércoles, los magistrados señalan que visto el informe ampliado remitido por la directora de la cárcel, “así como la documentación complementaria referida a las circunstancias y a la gravedad del accidente padecido por el hijo” de Rull, se ha decidido incorporar esa documentación a la causa. Pero, por ahora, no se va a acometer ninguna actuación más ni se va a pedir la opinión de la fiscalía, según las fuentes consultadas.
La dirección de la cárcel, que depende de los servicios penitenciarios de la Generalitat, otorgó a Rull el permiso extraordinario de urgencia para salir de prisión, custodiado por los Mossos d’Esquadra, en aplicación del artículo 161.4 del Reglamento. Antes de hacerlo, se había dirigido al juzgado de guardia de Manresa, del que depende la prisión de Lledoners. El juez territorial, Pedro V. Cerviño, decretó que no le correspondía a él, sino al Supremo, conceder o denegar el permiso de salida.
Los protagonistas del juicio al 'procés'. Estos son los protagonistas, varios de ellos huidos de España, y su situación procesal, con las peticiones de pena de la Fiscalía y la Abogacía del Estado.
No obstante, en la misma resolución, el juez apuntaba la vía del artículo 161.4 del Reglamento, que permite a la dirección de la cárcel autorizar el permiso extraordinario “en los supuestos de urgencia”. La fiscalía de guardia emitió un dictamen en el que informaba favorablemente a que el juez de Manresa otorgara directamente el permiso, aunque insistía en que la normativa no deja “margen de duda” en que la decisión era del Supremo.
Según fuentes de los servicios penitenciarios catalanes, el hijo de Rull cayó al suelo y sufrió una fuerte conmoción en la cabeza durante una comunicación familiar ordinaria la víspera del día de Reyes. El pequeño perdió el conocimiento y fue evacuado de urgencia en ambulancia al hospital. Al despertar, el menor pasó unas horas desorientado sin reconocer a sus familiares, pero finalmente los médicos le dieron el alta y pasó la noche de Reyes en casa.
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