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La jurisprudencia del “depende”

La colisión entre los derechos a la información y a la intimidad es compleja. Así se pronuncia el Tribunal Constitucional

María Dolores de Cospedal en una imagen de abril durante la convención nacional del Partido Popular celebrado en Sevilla.
María Dolores de Cospedal en una imagen de abril durante la convención nacional del Partido Popular celebrado en Sevilla. FOTO PACO PUENTES/ EL PAIS
Álex Grijelmo

El Tribunal Constitucional ha ido sedimentando desde 1979 su jurisprudencia sobre la colisión entre el derecho a la información, por un lado, y el derecho a la intimidad, por otro. Y en ese camino ha pasado por tres etapas: una primera (1981-1986) en la que vence el derecho a la intimidad; una segunda (1986-1989) en la que ya se pondera más el derecho a la información, y finalmente la actual (desde 1989), en la que viene a decir que “depende”.

Ese “depende” conjuga tres factores fundamentales: si lo que se cuenta tiene interés general, si se ha comprobado con diligencia (en lo cual entran en juego las fuentes) y, finalmente, si la persona afectada pertenece al ámbito del sector público o al privado (sentencia 336/1993, fundamento jurídico 4º).

Sobre quién se informa

En efecto, no es lo mismo si la información que invade la esfera personal afecta a una diputada que si implica a un carpintero. Eso sucede así porque, según señala la sentencia 19/1996, “las personas públicas deben soportar un cierto mayor riesgo de injerencia en sus derechos de la personalidad que las personas privadas”.

Traído esto a la situación actual, podemos decir que se debilitan los escudos protectores de la exfiscal y ministra Dolores Delgado y de la exministra y ya exdiputada Dolores de Cospedal, mientras que se levanta un muro en el caso del hermano de un exministro, citado en una de las grabaciones conocidas estos días.

Qué hechos se cuentan

En segundo término, la jurisprudencia señala que la protección aumenta en el caso de que, aun tratándose de cargos públicos, la información se refiera a conductas privadas “carentes de interés público e intranscendentes para la formación de una opinión pública libre”. He ahí la cuestión fundamental en este punto: si lo que se cuenta le servirá a la sociedad para tomar sus decisiones políticas con mayor conocimiento y criterio.

En el caso de Delgado, la opinión pública habrá interpretado que una ministra en activo negó haberse reunido con el comisario José Villarejo aunque había cenado con él, o que escuchó sin inmutarse que unos jueces contrataron servicios sexuales de menores. Y se supone que también tendrá en cuenta el contexto de una cena privada en la que ella no estaba ejerciendo como fiscal. En el caso de Dolores de Cospedal ya no se trata de opiniones expresadas, sino de hechos que sí ejecutó en el ejercicio de responsabilidades públicas.

Cómo se ha comprobado

Todo lo anterior se derrumbaría como un castillo de naipes si faltase el elemento fundamental: la veracidad, entendida como “la diligencia exigible a un profesional”. Es decir, la comprobación y ampliación de fuentes, la verificación. Y también si la obtención de las grabaciones se sirvió de allanamiento de un lugar privado o se hizo mediante suplantación de personalidad (sentencia 12/2012 sobre cámara oculta).

En el caso Villarejo cabe preguntarse si se comprobó la veracidad de lo grabado, si se contrastó con los implicados antes de su difusión (importante: antes), si no hubo omisiones o manipulaciones en origen y si se respetaron los datos sobre el contexto y el ambiente.

Hasta aquí llegan las consideraciones legales, muy resumidas. Y desde aquí entra en juego la ética de los medios y de los políticos, que debe determinar si tendremos una sociedad mejor y más libre cuando todos puedan grabar a todos y usar ese material solamente en el momento en que convenga a sus intereses particulares.

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Sobre la firma

Álex Grijelmo
Doctor en Periodismo, y PADE (dirección de empresas) por el IESE. Estuvo vinculado a los equipos directivos de EL PAÍS y Prisa desde 1983 hasta 2022, excepto cuando presidió Efe (2004-2012), etapa en la que creó la Fundéu. Ha publicado una docena de libros sobre lenguaje y comunicación. En 2019 recibió el premio Castilla y León de Humanidades

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