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¿Ha rectificado la Abogacía del Estado?

La ministra defiende que, hasta este viernes, el organismo de Justicia "no se había pronunciado" sobre si hubo rebelión o sedición

J. J. Gálvez
Carmen Calvo y Dolores Delgado, durante la rueda de prensa posterior al consejo de ministros.
Carmen Calvo y Dolores Delgado, durante la rueda de prensa posterior al consejo de ministros.EFE

Dolores Delgado ha querido mostrarse contundente este viernes tras el Consejo de Ministros. "No ha habido imposición de criterio [del Gobierno]", ha señalado la titular de Justicia, después de que la oposición haya cargado contra el Ejecutivo al conocer que la Abogacía del Estado descarta la rebelión y acusará a los líderes del procés por sedición. Según ha defendido la ministra, dicho organismo ha tomado esta decisión únicamente por motivos "técnicos jurídicos" y no se ha producido una rectificación porque, "hasta este momento", la Abogacía "no se había pronunciado oficialmente" al respecto.

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"Esta no es una cuestión de gestos [a los independentistas]. Es una cuestión técnico-jurídica tomada en base a criterios profesionales", ha recalcado la ministra, que ha insistido en que existe un debate jurídico —"e incluso social"— sobre si las actuaciones de los dirigentes del procés pueden calificarse como rebelión o sedición. "Y este viernes ha sido cuando la Abogacía ha presentado su escrito de calificaciones provisionales. Hasta esta mañana no se había pronunciado en uno u otro sentido".

Pero la oposición se agarra a un escrito del pasado 6 de agosto. En dicho documento, enviado al Tribunal Supremo, la Abogacía del Estado "interesa" la apertura del juicio oral "por la presunta comisión de delitos de rebelión, desobediencia y malversación de caudales públicos". Según defiende el Ministerio de Justicia, ese era un escrito de "mero trámite" y en ese momento no se calificaban los hechos, sino que simplemente se pedía al juez que se abriese la vista oral y se enumeraban los delitos que el instructor había contemplado.

"El momento de decidir los delitos es en el escrito de calificaciones preliminares. Ahí es donde se fija la posición en la acusación", explica Manuel Cancio, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), que considera correcta la actuación de la Abogacía. En la misma línea se expresa Vicente Gimeno, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y exmagistrado del Tribunal Constitucional: "Cuando se llega a la fase intermedia —correspondiente al escrito del 6 de agosto— se solicita a las partes que pidan la apertura de juicio oral o el sobreseimiento por los delitos imputados por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Ahora, el momento de determinación de la pretensión penal es el escrito de calificaciones provisionales".

Otros juristas opinan que el escrito es ambiguo, que la Abogacía podía haberse pronunciado en otro sentido y que no se puede saber a ciencia cierta si escribió así como mero trámite o para adherirse a la calificación.

Pese a ello, PP y Ciudadanos creen que el Gobierno ha obligado a la Abogacía a modificar su posición. "Es indecente que el Gobierno humille a España forzándola a desmarcarse de la fiscalía y a no acusar por rebelión a los golpistas", ha afirmado Pablo Casado, presidente de los populares. "En 48 horas Pedro Sánchez confirma lo que muchos españoles nos temíamos. Está utilizando el poder ejecutivo para beneficiar a los que dieron un golpe contra nuestra democracia", ha añadido Albert Rivera.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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