El Gobierno estudia rebajar las penas para delitos de odio en la Red como pide la Fiscalía
La propuesta implica modificar el artículo 510 del Código Penal que contempla penas de entre uno y cuatro años de cárcel
El Gobierno está dispuesto a cambiar el Código Penal para rebajar las penas en casos de delitos de odio cometidos a través de las redes sociales. Fuentes del Ministerio de Justicia señalan que se va a estudiar la propuesta que ha hecho en ese sentido la Fiscalía General del Estado y que, en principio, el Ejecutivo es partidario de abordarla. De salir adelante, se reducirían las penas de prisión (ahora de hasta cuatro años) y se permitiría que, en algunos casos, los jueces decreten medidas alternativas a la cárcel.
La posibilidad de bajar las penas en delitos de odio cometidos en Internet, propuesta por la Fiscalía en su última memoria anual, ha gustado en el Ministerio de Justicia. Según fuentes del departamento que dirige Dolores Delgado se va a estudiar la iniciativa y, a falta de un análisis más exhaustivo, el Gobierno es favorable a impulsarla.
Un centenar de investigaciones en 2017
El Código Penal recoge varios tipos de delitos de odio, desde torturas por discriminación o amenazas a grupos determinados a justificación del genocidio. El tipo en el que se centra la reforma propuesta por la Fiscalía y que estudiará el Gobierno es el delito de expresión recogido en el artículo 510, cuya conducta más grave es la provocación al odio, la violencia o la discriminación. La Fiscalía abrió 101 diligencias de investigación en 2017 por este tipo delictivo, según su memoria anual.
Muchos de estos hechos se cometen a través de redes sociales. Algunos han saltado a los medios de comunicación, como los publicados por un tuitero tras el accidente del avión de Germanwings, que se saldaron con una condena de ocho meses de cárcel; o los publicados contra un niño enfermo de cáncer y aficionado a los toros después de que se organizara un homenaje en su honor en la plaza de Toros de Valencia en octubre de 2016. Por estos hechos han sido encausados tres tuiteros.
La propuesta implica modificar el artículo 510 del Código Penal, que en su forma más grave contempla penas de entre uno y cuatro años de cárcel para quien fomente públicamente el odio o la violencia contra una persona o un colectivo por motivos racistas, antisemitas, religiosos u otra circunstancia. Durante 2017, según la memoria de la Fiscalía, el ministerio público presentó 14 escritos de acusación por este tipo de conductas y se dictaron 29 sentencias.
No hay datos exactos de cuántos de estos casos están protagonizados por usuarios de redes sociales, pero son “la mayoría”, según fuentes fiscales. El PP modificó este artículo del Código Penal durante la primera legislatura de Mariano Rajoy para endurecer las penas de los delitos de odio cometidos a través de Internet, con la justificación de que multiplica su difusión y, con ello, el daño causado. Tras ese cambio, el castigo mínimo previsto en la ley cuando los hechos se lleven a cabo a través de un medio de comunicación social es de dos años y medio de cárcel.
Ese es el extremo que Justicia se muestra abierto a modificar en línea con la propuesta de la Fiscalía que dirige María José Segarra (compañera de la ministra Delgado en la Unión Progresista de Fiscales). El ministerio público considera que hay casos en los que por el contexto, por las circunstancias personales del autor, por falta de reiteración o por el propio contenido del mensaje no merecen un reproche penal tan elevado. La experiencia demuestra que muchos de esos mensajes son escritos de forma “impulsiva e irreflexiva”, por lo que la Fiscalía argumenta que habría que ponderar cada caso y que la pena mínima prevista es excesiva en muchos de ellos.
IU presentó en marzo en el Congreso una iniciativa en ese sentido y, según fuentes del partido, la intención es llevarla al próximo cupo de iniciativas de Unidos Podemos a finales de octubre y negociarla con el resto de grupos.
Diferencias entre grupos
El PSOE aún no ha abordado ni la propuesta de IU ni la de la Fiscalía, pero un portavoz del grupo socialista recordó a EL PAÍS que el partido se opuso al incremento de penas para este tipo de delitos aprobado por el Gobierno de Rajoy y que la posición del grupo no ha cambiado. La puerta está abierta.
Quien sí ha hecho ya una ronda parlamentaria en esa misma línea es el Grupo de Estudios de Política Criminal, constituido por más de 150 penalistas (profesores, catedráticos, jueces y fiscales) de tendencia progresista. Este grupo aprobó en octubre de 2017 un manifiesto en el que pedía una “profunda reforma” del Código Penal, en la línea de “despenalizar o modificar” los delitos de expresión, con tres excepciones: aquellos que dañen un derecho constitucional; que incluyan amenazas o intimidaciones a personas concretas; o represente una incitación a la comisión de un delito. A estos tres límites añadieron el concepto del “discurso del odio”, de forma que todo lo que sea etiquetado como tal debe quedar “automáticamente” fuera del amparo.
Tras aprobar el documento, miembros de la asociación se reunieron con algunos grupos parlamentarios y obtuvieron respuestas desiguales. PSOE, Unidos Podemos y el PNV se mostraron partidarios de la iniciativa; el PP, en contra; y Ciudadanos ni les contestó a su petición de reunirse, según explica María Luisa Cuerda, catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón y miembro de este colectivo.
“La situación actual es un sinsentido”, afirma Cuerda. “El insulto no forma parte de la libertad de expresión, pero algunas de esas conductas son tan cercanas a la libertad de expresión que castigarlas con cárcel provoca autocensura”. El grupo está preparando una propuesta alternativa a la regulación actual y prevé votarla a finales de octubre.
En la propuesta de la Fiscalía se plantea que la prisión pueda ser sustituida por penas alternativas a la cárcel, como multas, pérdida de derechos políticos, o trabajos en beneficio de la comunidad relacionados con el delito en cuestión y que permitan la reinserción social “mediante el conocimiento y la aceptación de sus víctimas”. La Fiscalía cita como ejemplo la obligación de visitar uno o más memoriales del Holocausto o desempeñar actividades en entidades que representan a las víctimas.
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