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Las declaraciones de Jordi Sànchez ante los tribunales y las respuestas de los jueces

El exlíder de la ANC lleva en la cárcel desde el 16 de octubre de 2017 acusado de un delito de sedición

Jordi Sànchez y Jordi Cuixart a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar por sedición.
Jordi Sànchez y Jordi Cuixart a su llegada a la Audiencia Nacional para declarar por sedición.Jaime Villanueva

La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela envió al entonces líder de la ANC Jordi Sànchez a la cárcel el 16 de octubre de 2017. Le imputó un delito de sedición por supuestamente dirigir y alentar a las masas el 20 y 21 de septiembre para impedir, sin lograrlo, que se llevara a cabo una operación contra la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre. Este lunes se ha sabido que Puigdemont y ERC han acordado que Sànchez, pese a estar en prisión provisional, sea investido presidente de la Generalitat.

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Declaración ante Lamela. Aquel 16 de octubre, Sànchez se limitó a contestar a las preguntas de su abogado, Jordi Pina, e hizo hincapié en rechazar la violencia y alegar que las movilizaciones de septiembre tuvieron un carácter pacífico. Lamela lo mandó a la cárcel y le señaló como protagonista de “una compleja estrategia” para ejecutar “la hoja de ruta diseñada para llegar a obtener la independencia de Cataluña”.

Recurso al ingreso en prisión. A lo largo de las 36 páginas del recurso para que la juez reconsiderara su ingreso en prisión, no aparece la expresión “preso político” para referirse al líder de la ANC.

El Supremo asume la causa. El juez Pablo Llarena asumió la causa por sedición el 24 de noviembre.

Sànchez pide permiso para hacer campaña. El 4 de diciembre, la defensa de Sànchez remite un escrito al Supremo en el que pide autorización para que el candidato pueda participar en la campaña electoral. Reclama que se le otorguen permisos para (debidamente custodiado por las fuerzas de seguridad, si se entendiera necesario) acudir a los actos de campaña. Pide también que se le autorice a conceder en el centro penitenciario en el que se encuentra interno, las entrevistas que le sean solicitadas y entienda pertinentes, así como a conectarse a internet en un horario amplio que le posibilite intervenir en la campaña.

Llarena le niega el permiso y señala que “el número dos de una lista electoral de 85 candidatos” se incorporó a la candidatura estando ya privado de libertad. “Por más que comporte una limitación evidente para su participación en la campaña electoral, ni supone la imposibilidad de ser elegido, ni entraña una pérdida o una alteración esencial de la efectividad del derecho de participación Democrática”, dijo el juez en su respuesta.

Jordi Sànchez declara ante Llarena. "Si usted no permite mi salida en libertad, no sé cómo puedo demostrar desde Soto del Real lo que plantea que hay que demostrar una actitud (...) No sé cómo hacerlo. Le pido que me conceda ese margen de confianza", afirmó Sànchez ante el Llarena el 11 de enero. "Voy a mantener la misma opinión, equivocada o no. Creo en la independencia pero en un espacio y una salida dialogada y de debate en un encaje y necesariamente en un entorno institucional. No solo español, también europeo. No hay margen para otro escenario. (...) Es evidente que ningún interno quiere estar lejos de su familia y sus hijos. Pero es muy importante dar ese margen de confianza que se naturalice una situación tras las elecciones", declaró ante el juez. Sànchez alegó que la única forma para demostrar su compromiso con la Constitución era permitirle ejercer como diputado. “Lo contrario dejaría como única opción la renuncia al cargo de diputado (renuncia a otro derecho fundamental legítimamente adquirido)”.

Junqueras pide acudir al Parlament a votar. El 12 enero, Oriol Junqueras solicitó a Llarena que autorizara su excarcelación para asistir a la sesión de constitución del Parlament el 17 de enero, así como a una posterior sesión de investidura del presidente de la Generalidad de Cataluña (algo que no ha ocurrido aún por falta de acuerdo). El juez hizo extensiva la contestación a Junqueras a los tres diputados encarcelados, a los que negó la posibilidad de salir de prisión para asistir a los debates y votaciones del Parlament y ordenó que se habilitaran los instrumentos precisos para que tanto Junqueras, Sànchez y Joaquim Forn pudieran acceder a su condición de parlamentarios, pese a estar en prisión provisional, e instó a la Mesa de la Cámara catalana a que busque una fórmula para que puedan delegar el voto, con la excepción expresa del voto telemático.

El juez vuelve a negar la libertad a Sànchez. El 6 de febrero, el magistrado Pablo Llarena vuelve a rechazar la petición de libertad del expresidente de ANC y acuerda mantener la situación de prisión provisional al considerar que han aparecido nuevos elementos de su participación en los hechos investigados en esta causa, a lo que añade que persiste el riesgo de reiteración delictiva. Según el juez, además, existe “un contexto político en el que concurren todavía sectores que defienden explícitamente que debe conseguirse la independencia de Cataluña de manera inmediata y que debe lograrse perseverando en el mecanismo de secesión contrario a las normas penales que aquí se enjuicia".

La Sala apoya de decisión Llarena. Jordi Sànchez recurrió la decisión de Llarena. La Sala contestó el 16 de enero y consideró "carentes de fundamento" las objeciones de Sànchez. “La sospecha del juez de instancia sobre que el solicitante podría aprovechar la circunstancia para incitar a la ciudadanía a actuaciones tumultuarias, no deja de ser razonable. Si es cierto que una vez producida la reiteración delictiva, el instructor podría revocar las autorizaciones concedidas, también lo es que en tal caso el daño que se trataba de evitar ya estaría producido”, indicó el Supremo.

El Supremo niega que Sànchez tuviese anulada su capacidad de dirigirse al electorado, pues disponía del uso de Internet dentro del régimen de control fijado, lo que posibilitaba su participación limitada.

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