Diez años de internamiento, pena máxima para el terrorista autor del atropello si es menor
Los Mossos creen que Moussa Oukabir, de 17 años, conducía la furgoneta de La Rambla
Diez años de internamiento en un centro de menores más un periodo de libertad vigilada complementaria. Es la pena máxima que podría imponerse al presunto autor del atentado terrorista ayer en La Rambla de Barcelona, en caso de confirmarse que se trata de Moussa Oukabir, ya que es menor de edad (tiene 17 años). La ley de responsabilidad penal de los menores contempla este castigo máximo, que se cumple en un centro de menores y no en una cárcel hasta que el condenado cumple 18 años, para los mayores de dieciséis años que hayan cometido un delito como el de terrorismo. La pena contrasta con la que se impondría al autor de varios delitos de terrorismo con tantas víctimas mortales en caso de ser mayor de edad, que podría enfrentarse a la prisión permanente revisable.
Moussa Oukabir, de origen marroquí, tiene 17 años y cumplirá 18 en octubre, y no cuenta con antecedentes delictivos, según han informado fuentes de la investigación a la Agencia EFE. Se trata, según barajan como hipótesis los Mossos d'Esquadra, del presunto autor del atropello masivo ayer en La Rambla de Barcelona, en el que han muerto hasta la fecha 14 personas —hay decenas de heridos, varios de ellos en estado grave—, por lo que la cifra de víctimas mortales podría aumentar.
En caso de que finalmente Moussa Oukabir fuera confirmado como el autor de este ataque, así como capturado con vida y juzgado, la ley aplicable sería la que regula la responsabilidad del menor, al haber cometido el delito siendo menor de 18 años. Esta norma dice, en su artículo 11.2, que cuando el delito cometido fuera de terrorismo —o de homicidio, asesinato o agresión sexual o cualquier otro con pena de cárcel igual o superior a quince años— la "medida de internamiento en régimen cerrado podrá alcanzar una duración máxima de diez años para los mayores de dieciséis años y de seis años para los menores de esa edad, sin perjuicio de la medida de libertad vigilada que, de forma complementaria, corresponda imponer con arreglo a dicho artículo".
Expertos penalistas consultados por EL PAÍS recuerdan que el espíritu de la ley del menor es el de recoger medidas de naturaleza "sancionadora" pero también "educativa" y que se debe salvaguardar, al mismo tiempo, el "interés superior del menor".
El presunto terrorista, aunque se encuentre a solo dos meses de la mayoría de edad, ingresaría en un centro de internamiento de menores. No obstante, es de prever que cumpliera la pena en una cárcel, toda vez que la ley contempla que cuando el menor pasa a cumplir 18 años, el juez de menores podrá decidir que pase a ingresar en un centro penitenciario.
En los atentados yihadistas del 11-M también participó un menor que fue condenado después por terrorismo. El juez Central de Menores de la Audiencia Nacional, José María Vázquez Honrubia, condenó en 2004 a seis años de régimen de internamiento al menor G. M. V. por haber transportado parte de los explosivos que fueron utilizados en las bombas de los atentados del 11 de marzo. La sentencia recogió la condena de seis años de internamiento, cinco de libertad vigilada y otros seis de inhabilitación por delito de colaboración con banda terrorista en su modalidad de suministro y transporte de explosivos.
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