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El proceso soberanista catalán

La Fiscalía pretende que Mas reintegre los 5,12 millones que costó la consulta ilegal del 9-N

El ministerio público ve “malversación contable” y pide al Tribunal de Cuentas que investigue al expresident y a los consejeros Homs, Ortega y Rigau

Acto previo al juicio contra Artur Mas, Irene Rigau y Joana Ortega por el 9N.Foto: atlas | Vídeo: Carles Ribas | ATLAS
Fernando J. Pérez

La Fiscalía pretende que el expresidente de la Generalitat de Cataluña Artur Mas y los exconsejeros autonómicos Francesc Homs, Irene Rigau y Joana Ortega reintegren al tesoro público los 5,12 millones de euros que costó la celebración de la consulta ilegal de autodeterminación del 9 de noviembre de 2014. El ministerio público ha informado a favor de que el Tribunal de Cuentas –máximo órgano fiscalizador del Estado- abra una investigación por supuesta “malversación contable” –no penal– contra los cuatro políticos, como habían reclamado el pasado 18 de mayo las asociaciones Sociedad Civil Catalana, Associació Civica y Cultural y Abogados Catalanes por la Constitución.

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Al igual que otros hitos del proceso independentista encabezado por la Generalitat, la consulta del 9-N fue expresamente prohibida por el Tribunal Constitucional. Los cuatro políticos han sido condenados por desobediencia por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña –Mas, Ortega y Rigau- y el Tribunal Supremo –Homs- por permitir que se llevara a cabo. En la vía penal, la Fiscalía no presentó contra ellos acusación de malversación, un delito que implica, en caso de quedar probado y no haberse devuelto los fondos, penas de prisión y multa. En ambas sentencias, sin embargo, se recogía el detalle de los pagos efectuados con dinero público, bajo responsabilidad de Mas y sus consejeros, para poner las urnas de aquel pseudo-referéndum vetado por el Constitucional. La partida más cuantiosa -2,8 millones de euros- se destinó a la compra de ordenadores portátiles para los centros de votación, seguido de 1,1 millones de euros en labores de soporte informático para la consulta.

Las asociaciones denunciantes se basaban en estas sentencias penales para actuar contra los cuatro políticos en la jurisdicción contable. En un escrito notificado este viernes, el fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Miguel Ángel Torres Morato, considera que el empleo de fondos públicos para celebrar una consulta expresamente prohibida en la Constitución puede ser “constitutivo de responsabilidad contable”. Según su informe, “los gastos generados han sido destinados a un fin radicalmente ajeno a la función pública, por tanto carentes de justificación”.

El escrito del fiscal Torres explica que en la jurisdicción contable –el Tribunal de Cuentas- “se contempla un concepto propio de malversación, al que se denomina malversación contable, independiente del acuñado en el ámbito penal. Y subraya que la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña determina que quienes sean condenados por alcance contable tienen la “obligación de indemnizar” a la Hacienda de la Generalitat. Las sentencias del Tribunal de Cuentas son recurribles ante la Sala Tercera (Contencioso-Administrativo) del Tribunal Supremo.

El alto tribunal, en una sentencia de 2012 citada por el fiscal Torres, sostiene que el Tribunal de Cuentas es competente para investigar las responsabilidades de quienes “teniendo a su cargo el manejo de caudales públicos e interviniendo dolo, culpa o negligencia grave” originan “menoscabos en los mismos a consecuencia de acciones u omisiones contrarias a las Leyes”.

La "malversación de caudales", en su concepto contable, “nada altera el hecho de que la Jurisdicción Penal sentencie que no ha existido el delito de malversación”, recordaba el Supremo en aquella sentencia de 2012. Y añade: “Si no se justifica el saldo deudor de la cuenta, que es lo que importa, subsiste la obligación del reintegro con intereses”.

En su informe, el fiscal solicita a la Comisión de Gobierno el nombramiento de un Delegado Instructor. Una vez nombrado, este, según el artículo 47 de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, deberá requerir a los presuntos responsables que "depositen o afiancen", en cualquiera de las formas legalmente admitidas, el importe provisional del alcance. En caso de no hacerlo, el delegado instructor de la investigación podrá embargarles los bienes.

Mas, expresidente de la Generalitat, junto a la exvicepresidenta Ortega y la exconsejera de Enseñanza Rigau, fueron condenados a la inhabilitación para ejercer cargos públicos por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) el pasado 13 de marzo por los delitos de desobediencia, pero fueron absueltos del de prevaricación. Francesc Homs, que por ser diputado fue juzgado por el Tribunal Supremo, también recibió una sentencia que le inhabilita durante un año y un mes.

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Sobre la firma

Fernando J. Pérez
Es redactor y editor en la sección de España, con especialización en tribunales. Desde 2006 trabaja en EL PAÍS, primero en la delegación de Málaga y, desde 2013, en la redacción central. Es licenciado en Traducción y en Comunicación Audiovisual, y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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