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Condenada a 15 años de cárcel la modelo que asesinó a un millonario en Estepona

El juez aplica la atenuante de arrebato por el estado de la joven cuando disparó a su expareja

La modelo eslovaca María Kukucova, durante el juicio.
La modelo eslovaca María Kukucova, durante el juicio.JORGE ZAPATA (EFE)
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María Kukucova, la modelo eslovaca declarada culpable de haber matado al millonario británico Andrew Bush en Estepona (Málaga) en abril de 2014, ha sido condenada a 15 años de cárcel por el asesinato de este empresario del sector de la joyería, que tenía 48 años cuando recibió tres tiros mortales. El juez ha tenido en cuenta la atenuante de estado pasional, obcecación o arrebato. La joven también ha sido penada con seis meses de prisión por allanamiento de morada, ya que se encontraba en el chalé de la víctima sin permiso.

El crimen ocurrió la madrugada del 5 de abril de 2014. Kukucova, que entonces tenía 23 años, y Bush habían roto su relación en noviembre del año anterior. Él había empezado prácticamente en esa fecha un romance con una joven de origen ruso de 21 años, con quien esa noche llegó a la casa de Estepona. Allí se encontraron a la modelo, que se había instalado en la vivienda tres días antes sin el consentimiento del acaudalado británico.

Ante esta situación, la nueva novia del empresario optó por irse a la calle para que ellos resolvieran el problema. Se esperó junto al fastuoso Hummer modelo H-1 en el que habían llegado momentos antes, mientras en el interior del chalé se producía una discusión entre la antigua pareja. Poco después, el empresario salió y le dijo al joven que llamara a la policía porque su ex no quería irse de allí.

Bush regresó al interior de la casa de Estepona y la condenada, "de forma inesperada", le pegó tres tiros con un revólver calibre 38 modelo P980: uno en el brazo izquierdo y dos en la cabeza. El tercero fue el que acabó con su vida y le impactó cuando caía, a apenas 40 centímetros del suelo.

La modelo, entonces, colocó el arma en la mano izquierda de la víctima, cogió las llaves del Hummer y huyó en el coche, tras decirle a la nueva novia de su expareja que este "la estaba esperando dentro", relata la sentencia. El vehículo fue localizado un día después en una playa de Marbella y la joven huyó a Eslovaquia, donde unos días más tarde se entregó a la policía.

Estos hechos son constitutivos de un delito de asesinato y de otro de allanamiento de morada, según el veredicto emitido por un jurado popular hace unos días. Para llegar a esta conclusión, han sido especialmente significativos los informes de balística y sobre las manchas de sangre halladas en la escena del crimen, además del informe forense. En el acto homicida existió alevosía, porque el ataque fue "repentino e inesperado", aunque se ha descartado el ensañamiento al no quedar acreditado que a la acusada la moviera "ese específico ánimo de complacencia del dolor".

El juez ha rechazado el agravante de parentesco, como pedían las acusaciones, porque en el relato de hechos probados se alude a una relación sentimental entre la acusada y el empresario británico, pero se desconoce si fue estable y si hubo convivencia o no. También se ha descartado la atenuante de confesión y se ha tenido en cuenta la de estado pasional, arrebato u obcecación, tal y como estableció el jurado. "Estaba obsesionada con el fallecido", dice el veredicto, "estaba muy afectada por la ruptura, no solamente en el plano sentimental, sino también por la pérdida de estatus social y estilo de vida".

Al concurrir esta atenuante, la pena se impone en la mitad inferior de la señalada en el delito de asesinato, de ahí los 15 años de cárcel, frente a los 20 años que pedían las acusaciones. El juez precisa en la sentencia que se fija esa condena, pese a "la profunda reprobación social que merece el tremendo crimen cometido", tras ponderar otras circunstancias como el "estado de ofuscación" con que actuó la acusada, su "total carencia” de antecedentes penales" y, especialmente, “la desgarrada petición de perdón” al serle concedida la última palabra tras el juicio. La joven no dejó de llorar en los cuatro días que duró la vista oral.

Kukucova debe indemnizar por daños morales a la hija de la víctima con 160.000 euros y a la hermana del empresario, con 40.000. Las dos han ejercido la acusación particular en el proceso. La sentencia se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

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