El juez invita al Gobierno a denunciar a Netanyahu por la flotilla de Gaza
De la Mata ordena a las fuerzas de seguridad que le comuniquen si el primer ministro israelí viene a España
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha archivado este jueves el caso de la flotilla de Gaza, la investigación abierta en julio de 2010 contra el primer ministro israelí Benjamin Netanyahu y otros altos cargos de su gobierno por la muerte, en aguas internacionales, de nueve activistas turcos a manos de soldados israelíes cuando se dirigían a Gaza a bordo del Mavi Marmara, un buque de bandera de Comoras y matriculado en Turquía. Sin embargo, el juez invita al Gobierno a que “si lo estima conveniente” denuncie los hechos, archivados tras la limitación de la justicia universal, ante el fiscal de la Corte Penal Internacional.
El magistrado sobresee la investigación provisionalmente tras la entrada en vigor de la reforma del PP que restringe la capacidad de los jueces españoles de perseguir delitos, en especial de lesa humanidad, cometidos fuera de las fronteras españolas.
Sin embargo, el juez De la Mata deja abierta una puerta de difíciles implicaciones diplomáticas. El magistrado archiva la causa “hasta que las personas contra las que se dirige el procedimiento se encuentren en España”. De la Mata, en la parte dispositiva de su auto, ordena a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que le comuniquen “la posible presencia en territorio español” de Netanyahu y el resto de personalidades israelíes contra las que se dirige la querella: el exministro de Defensa Ehud Barak; el titular de Asuntos Exteriores, Avigdor Lieberman; el exministro de Inteligencia, Moshe Ya’alon, el extitular de Interior, Eli Yishai; el antiguo ministro sin cartera Benny Begin y el comandante de la marina israelí Eliézer Marom. Los querellantes les acusan de crímenes de guerra como homicidio, tortura y detención ilegal.
El magistrado, que actúa siguiendo el criterio de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, constata “la falta de competencia de la Justicia española para conocer de estos hechos” y acuerda el archivo de las actuaciones. Sin embargo, afirma que una vez tomada esta decisión “procede (…) comunicar a las personas físicas y entidades querellantes la posibilidad de denunciar ante el fiscal de la Corte Penal Internacional”, tribunal de justicia internacional para crímenes de guerra, con sede en La Haya, pero distinto de Corte Internacional de Justicia, órgano judicial de Naciones Unidas.
El juez muestra también al Gobierno, en virtud del artículo 7.1 de la Ley de Cooperación con la Corte Penal Internacional el camino para que “si lo estima conveniente, pueda evaluar la conveniencia de iniciar el mecanismo” de denuncia de los hechos ante el fiscal del tribunal internacional.
El pasado 6 de mayo, el Tribunal Supremo decretó que tras la reforma de la justicia universal los tribunales españoles “carecen de jurisdicción” para investigar y enjuiciar delitos de lesa humanidad salvo en el caso de que los autores sean españoles o extranjeros con residencia habitual en España. Por este motivo, De la Mata archiva la causa provisionalmente. El magistrado, no obstante, recuerda a renglón seguido que es “obligación imperativamente impuesta por el IV Convenio de Ginebra [sobre derechos de los civiles en tiempo de guerra] “buscar a las personas acusadas de haber cometido” crímenes de guerra.
La reforma de la justicia universal establece que la causa queda sobreseida “hasta que no se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en ella”, es decir, interpreta el juez, “hasta que pueda encontrarse en España cualquiera de las personas extranjeras contra los que se dirige el procedimiento”.
Por ello, para reabrir en su caso la causa, el juez ordena a las fuerzas de seguridad que le comuniquen “la presencia en territorio español” de los querellados por el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe, la Asociación Cultura, Paz y Solidaridad y por tres ciudadanos españoles que viajaban en la denominada Flotilla de la Libertad.
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