Aumentan un 30% los votantes en el extranjero para las autonómicas
El 24 de mayo un total de 19.840.597 ciudadanos podrán elegir candidatos en 13 comunidades, y 34,9 millones en las municipales

Un total de 36.016.031 personas podrán votar el próximo 24 de mayo en las elecciones municipales y autonómicas. En el caso de estas últimas, están convocados 19.840.597 ciudadanos en las 13 comunidades autónomas donde se celebran comicios, según los datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que muestran un incremento del 30% de los residentes en el exterior.
Hay 18,9 millones de electores con domicilio en España y 911.045 en el extranjero, lo que representa un sensible aumento respecto a los potenciales votantes en el exterior del censo de hace cuatro años.
En las elecciones anteriores pudieron votar 699.382 personas desde el extranjero. Este incremento está en consonancia con el alza del número de españoles en el exterior que muestran los últimos datos de los registros consulares del INE, en buena medida, por el aumento de nacionalizaciones.
En el caso de las elecciones municipales, hay 34,9 millones de personas con derecho a voto, de los que 34,5 millones son españoles y 463.628 tienen pasaporte correspondiente a otra nacionalidad. En este caso, las cifras son más parecidas a los comicios de hace cuatro años (34,09 millones de españoles y 473.574 extranjeros)
Los residentes en el extranjero podrán participar en los comicios por correo si solicitan el voto del 31 de marzo al 25 de abril. Fuentes del INE indican que la Oficina del Censo Electoral ha remitido a los votantes el impreso de solicitud.
En todo caso, por vez primera, la solicitud se podrá remitir por Internet. Para ello, se requiere contar con un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE o emplear la clave remitida por el impreso oficial.
El censo se podrá consultar del 6 al 13 de abril en los ayuntamientos y delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral. Los residentes en el extranjero tienen acceso a esta información en los consulados. Este mismo plazo es el habilitado para reclamar ante posibles errores en los listados.
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