El Consejo de Estado cree que subir la velocidad a 130 puede ser peligroso
El órgano de consulta pide al Gobierno que se replantee el nuevo reglamento de circulación
Conducir a 130 kilómetros por hora en una autovía o autopista diseñada para circular a un máximo de 120 kilómetros hora, aunque sea en situaciones excepcionales, "puede producir una mayor accidentalidad". Después de examinar el texto del nuevo reglamento de circulación, elaborado por el Gobierno del PP, el Consejo de Estado ha pedido que se lo replanteen. El proyecto contempla, entre otras medidas, una serie de cambios en las velocidades máximas de las vías, como la rebaja de la velocidad máxima a 90 km/h o 50 km/h en carreteras secundarias, o a 30 km/h en zona urbana, para los que no el órgano consultivo no termina de encontrar justificación.
En el escrito, de 149 páginas, el Consejo de Estado destaca que "no se ha calculado el impacto" del cambio de la señalización de las carreteras a los nuevos límites de velocidad; ni "el criterio de los titulares de las vías", ya sea el Ministerio de Fomento, ya sean las Comunidades Autónomas, "que casi unánimemente se han opuesto al cambio"; o, mucho más importante, "el impacto de la norma en los criterios de conducción segura aprendidos y asumidos por los ciudadanos desde hace mucho tiempo".
La subida de este límite de velocidad a 130 km/h está llena de matices. Se contempla como una medida excepcional que se señalizaría con paneles de mensaje variable y siempre cuando se cumplan determinadas condiciones, como "buenas condiciones de trazado y pavimentación" y "óptimas condiciones meteorológicas y ambientales".
Con todo, el Consejo de Estado cree que provocaría una disminución de la “conciencia del riesgo por parte de los conductores”. "De tener alguna ventaja, habrá de valorarse a la vista del gasto que supone instalar los paneles en las vías afectadas", añade en su informe.
El Ministerio de Fomento, encargado de la gestión de las carreteras y cotitular de la iniciativa "en teoría", y diversas asociaciones también le han puesto pegas. Fomento incide en que no hay una demanda social para elevar la velocidad máxima permitida en este tipo de vías y critica que la gestión "exclusiva" por parte de la Dirección General de Tráfico de la velocidad permitida, "desatiende el objetivo principal de las normas, que es la seguridad vial"
La Mesa Nacional de la Bicicleta, de la que forman parte la Asociación de Ciclistas Profesionales (ACP), la Asociación de Marcas y Bicicletas de España (AMBE), la Coordinadora en defensa de la Bicicleta (ConBici),o la Real Federación Española de Ciclismo (RFEC), cree que es "contradictorio con la posibilidad de que las bicicletas circulen por las autovías, ya que incrementa los riesgos para los ciclistas".
El Consejo destaca que los cambios en las velocidades de carreteras convencionales de 100 km/h a 90 km/h, o a 50 km/h en buena parte de la red secundaria de carreteras donde la velocidad máxima actual es de 90 km/h, puede suponer "un cambio en el modelo actual de transporte y ralentizará, necesariamente, todos los desplazamientos en España". "Esta última modificación afectará en particular al medio rural en el que el tráfico es menos intenso, sin que existan razones que avalen la medida o se basen en los datos de accidentalidad", añade.
Con respecto a la rebaja a 30 km/h en carreteras urbanas, el órgano consultivo cree que lesionaría el contenido de la autonomía local y que, de llevarse a cabo, "sería objeto de una inmediata impugnación por parte de los Ayuntamientos". "Si el Gobierno quiere implantar un nuevo modelo de ciudad, debe recurrir a los instrumentos normativos previstos en la Constitución y las leyes", pide.
En contra de hacer alcoholemias a los peatones
Si entrara en vigor el nuevo reglamento de circulación los españoles no podrían acudir a fiestas populares o a bodas y celebraciones en las que se consume alcohol, ya que podrían verse sometidos a controles de alcohol si en las inmediaciones un vehículo sufre un accidente. Y las personas que toman medicinas que contengan codeínas, benzodiacepinas, opiáceos o semejantes solo podrían aventurarse a salir de sus casas con las recetas médicas.
El Consejo de Estado recomienda que el Gobierno cambie en su nuevo reglamento de circulación la posibilidad de hacer estas pruebas a los peatones. Según su informe, los viandantes no pueden ser considerados "usuarios de las vías" a los efectos de la aplicación de las normas sancionadoras que se refieren al alcohol y a las drogas, y deben quedar en este ámbito solo los usuarios de vehículos a motor.
Si por el hecho de pasear, un ciudadano se sometiera a estas restricciones se lesionaría, según el Consejo de Estado, el contenido esencial de los derechos a la libertad y seguridad (artículo 17 de la Constitución), a circular libremente por el territorio nacional (artículo 19 de la Constitución) y a la intimidad personal, (artículo 20).
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