La policía regula los criterios para ingresar a inmigrantes en los CIE
Interior pretende asegurar que sólo los expulsables sean internados en estos centros
La Dirección General de la Policía ha cursado una circular para concretar más los criterios a tener en cuenta antes de solicitar al juez el ingreso de un inmigrante irregular en los cinco centros de internamiento de extranjeros (CIE) que hay en España, que actualmente están 48% de su capacidad. La policía señala que ante el "considerable" número de solicitudes que se registran actualmente, conviene adoptar medidas para que en tales establecimientos solo estén aquellos extranjeros cuya expulsión sea viable.
Recientemente el Gobierno aprobó una reforma del reglamento de los CIE para garantizar los derechos y libertades de los inmigrantes, que pueden estar un máximo de 60 días (la media de permanencia es de 22 a 23 días), y permitir a las ONG participar en la gestión de la asistencia social y sanitaria del centro.
Según la circular, firmada por el director adjunto operativo de la Policía, Eugenio Pino, y el comisario general de Extranjería, Emilio Baos, las peticiones dirigidas a los jueces deben reflejar realmente la situación personal, social y familiar del extranjero, así como la viabilidad de que pueda llevarse a efecto la medida de repatriación del inmigrante. El objetivo es optimizar la ocupación de los CIE, con una capacidad limitada de plazas, y la solicitud de ingreso solo en aquellos casos que se aconseje esta medida cautelar y sea viable la repatriación final, ya que la finalidad del internamiento es asegurar la expulsión o la devolución del extranjero.
Actualmente existen cinco CIE en la Península —Madrid, Barcelona, Valencia, Murcia y Algeciras— y otros tres en Canarias —Las Palmas, Fuerteventura y Tenerife—.
Para la Policía, el descenso en la llegada de pateras a las costas españolas, principalmente a Canarias, y la aplicación de estos criterios para solicitar el ingreso en los CIE, ha rebajado las tasas de ocupación, de tal manera que los de la Península se hallan casi al 48% de su ocupación, tasa que asciende al 66,6% en Madrid, donde hay 80 internos para 120 plazas.
Como ya viene ocurriendo, la policía valorará si el inmigrante tiene domicilio conocido en España, vínculos familiares, hijos menores a su cargo, las consecuencias para él o para su familia tendía la expulsión, si tiene arraigo en nuestro país, si posee pasaporte o si supone un riesgo para la seguridad nacional. Además, se considerará su edad, si es una mujer embarazada, su estado físico o psíquico, si necesita tratamiento médico o si ha padecido algún tipo de violencia, violación o tortura.
También se consultarán los listados del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), con el objetivo de constar si hay circunstancias que impliquen riesgo para esa persona si regresa a su país.
La circular también contemplará la posibilidad real de que en el plazo máximo de 60 días ese inmigrante pueda ser expulsado y recuerda que existen otras medidas que no incluyen el internamiento en un CIE y que también pueden ser adoptadas, como la presentación periódica ante un juez o la retirada del pasaporte o documento acreditativo de su nacionalidad.
Recurso contra el reglamento de los CIE
Andalucía Acoge, SOS Racismo y la APDH-A han recurrido ante el Tribunal Supremo el nuevo reglamento de los CIE. Solicitan que se declaren nulos ocho aspectos que consideran que vulneran derechos fundamentales y convierten a los CIE en centros con peores condiciones que las de las cárceles.
Según defiende el coordinador del equipo jurídico de Andalucía Acoge, José Luis Rodríguez Candela, se recurren aspectos que "claramente abren las puertas a la discrecionalidad en detrimento de los derechos de los internos".
"'Son muchos los ejemplos: la posibilidad de realizar registros personales con desnudo integral alegando genéricos motivos de seguridad; la retirada de objetos al considerarlos no autorizados, sin que se haya especificado cuáles son ni quién es competente para tomar esa decisión; o la posible suspensión por la dirección del CIE de las comunicaciones de la persona interna con familiares o amigos, algo que la Ley de Extranjería reserva a la autoridad judicial", ha censurado.
Las organizaciones también rechazan la regla general de que los policías presten servicios con armas de fuego dentro de los CIE, en contra de lo que ocurre en las cárceles, donde los funcionarios no llevan armas.
Entre los puntos que se solicita declarar nulos también está el que establece la posibilidad de internamientos sucesivos de personas extranjeras en situación administrativa irregular. "La Ley de Extranjería contempla únicamente la posibilidad de prórroga del internamiento. Es el juez el que decide el tiempo de privación de libertad, con un máximo de 60 días, incluidos posible prórrogas. Por lo que, si el magistrado ha decidido un plazo inferior, no puede la Administración, una vez un interno queda en libertad, buscar otro juez que complemente ese plazo hasta los 60 días. Sería un fraude de ley y se estaría hurtando a la autoridad judicial la verdadera disponibilidad del internamiento", argumenta.
Por su parte, el secretario general de Andalucía Acoge, Mikel Araguás, sostiene que "lo que aparentemente son detalles técnicos o procedimentales, en realidad son violaciones flagrantes de garantías fundamentales".
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