Los informes sobre la reforma del aborto vuelven a retrasarse
Poder Judicial y Consejo Fiscal no incluyen el asunto en sus plenos de esta semana
Los informes preceptivos sobre el proyecto de ley del aborto han vuelto a retrasarse y no estarán aún este mes de abril, lo que hará que la reforma legal no llegue a las Cortes hasta después de las elecciones europeas del 25 de mayo. El Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Fiscal y el Consejo de Estado deben emitir informes preceptivos, pero no vinculantes, que este caso se están demorando en relación a otros proyectos de ley. De hecho, el Poder Judicial y el Consejo Fiscal celebran este jueves sus plenos ordinarios mensuales, sin que conste en el orden del día previsión alguna de discutirlos.
El proyecto de ley del aborto fue aprobado el pasado mes de diciembre en el Consejo de Ministros, sin que cuatro meses después haya siquiera informe de estas instituciones. La norma tiene apenas una decena de artículos, lo que, teóricamente, facilita el análisis técnico de esos organismos.
Ese ritmo premioso contrasta, por ejemplo, con el hecho de que el Gobierno espera tener antes de verano los informes sobre la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobada hace solo tres semanas, que consta de más de 600 artículos y que tiene notable complejidad técnica porque fija el diseño de toda la Administración de Justicia.
Los informes sobre la Ley del Poder Judicial empezarán a estudiarse en esas instituciones en los plenos del mes de junio, es decir, en menos tiempo que los de la ley del aborto. El Gobierno y el PP tienen especial interés en que el asunto del aborto quede fuera de la precampaña y la campaña de las elecciones europeas. Las citadas instituciones tienen margen para fijar sus propios calendarios, pero en todos los casos hay mayoría conservadora clara con capacidad de decisión. El presidente conservador del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, ya ha logrado que esta institución no emita sentencia sobre la ley de plazos de José Luis Rodríguez Zapatero.
La incomodidad del PP en campaña
Desde que en diciembre el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley del aborto, ha sido notable la incomodidad del Gobierno y del PP con ese debate. Destacados barones regionales como José Antonio Monago y Alberto Núñez Feijóo, entre otros, cuestionaron la inoportunidad de su aprobación y puntos concretos como la eliminación del supuesto de malformación grave del feto.
Los sondeos, empezando por el de Metroscopia para EL PAÍS, han puesto de manifiesto el perjuicio electoral para el PP en las europeas del 25 de mayo. Hasta el punto de que dirigentes del PP creen que un varapalo electoral obligaría a Mariano Rajoy a repensarse el texto que elaboró el ministro Alberto Ruiz-Gallardón. Por eso, desde el principio, el interés del Gobierno ha sido meter bajo la alfombra el debate hasta después de esos comicios, sin aclarar hasta dónde llegarán los cambios que introducirá en el proyecto de ley antes de remitirlo a las Cortes. El texto aprobado en primera vuelta por el Consejo de Ministros sustituye a la actual ley de plazos de 2011 por una de supuestos, más restrictiva que la de 1986.
En el caso del Consejo General del Poder Judicial queda claro que el retraso se produce por decisión del sector conservador o, al menos, por el ritmo impuesto por esa mayoría. Esta institución nombró dos ponentes: una progresista, Pilar Sepúlveda, y otra conservadora, Carmen Llombart. La primera ya ha entregado hace semanas su propuesta de informe crítico, mientras que no hay noticias del de la segunda. Ni siquiera hay previsión de cuándo llegará esa propuesta conservadora de informe al resto de vocales.
Pilar Sepúlveda, ponente progresista, ha hablado este lunes en la Cadena SER de ritmo "lento" en la tramitación del dictamen. No obstante, tras recordar que ha finalizado el suyo “hace tiempo”, declinó valorar "la intencionalidad" del Consejo para estudiar la ley.
En su propuesta de informe aconseja reconsiderar y retirar el anteproyecto de ley al considerar que "se aleja de los países del entorno y supone un retroceso en el avance de los derechos y la igualdad de la mujer". Ese texto terminará siendo, con seguridad, el voto particular del sector progresista. La actual ley del aborto, aprobada en 2011, no tuvo informe del Poder Judicial, porque la distribución de mayorías y la posición del entonces presidente, Carlos Dívar, impidieron el pronunciamiento ante una ley por primera vez en su historia. En el caso del Consejo Fiscal, es preciso un informe de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado que sirva de apoyo al futuro informe y que aún no ha sido elaborado. En principio, no está prevista su discusión hasta finales de mayo.
Una vez que se emitan los informes preceptivos, el proyecto de ley del aborto y el de Ley Orgánica del Poder Judicial deberán volver al Consejo de Ministros para que el Gobierno incluya los cambios que crea conveniente y remitir los textos al Parlamento. El mes de julio es inhábil en el Congreso y, por eso, los debates de totalidad no se celebrarían antes de septiembre.
Quedan solo dos periodos de sesiones completos, el que va de septiembre a diciembre y el de febrero a junio de 2015. Por eso, en este caso, el Gobierno sí tiene prisa para que los informes estén lo antes posible. Respecto al aborto, la oposición, contraria en bloque a la reforma, ya anunció su intención de pedir comparecencias de expertos en el Congreso durante la tramitación de la ley, tal como ocurre desde febrero con el nuevo Código Penal.
Diez claves de la nueva norma
El aborto se permite si existe "menoscabo importante y duradero" para la salud física y psíquica de la mujer o un peligro importante para su vida. El otro supuesto es que haya "delito contra salud o indemnidad sexual" de la mujer (violación).
El plazo para el supuesto de riesgo para la salud física o psíquica de la mujer será de 22 semanas y para el de violación, de 12.
El riesgo para la salud física o psíquica de la madre deberá "acreditarse de forma suficiente con dos informes motivados emitidos por dos médicos distintos del que practican el aborto". Los facultativos deben ser "especialistas en la patología que genera esa decisión". Después de que los facultativos hayan evaluado a la mujer, esta recibirá información "verbal" de un "colaborador del sistema público" sobre alternativas a la interrupción del embarazo; tras eso está obligada a esperar "al menos 7 días" (frente a los 3 actuales) para tomar su decisión.
Los médicos que realicen la evaluación de la mujer o del feto no podrán trabajar en el mismo centro donde se practique la intervención.
Cuando el peligro para la salud psíquica de la madre sea debido a una "anomalía fetal incompatible con la vida", será preciso un informe médico sobre la madre y otro sobre el feto, de forma "que quede probada dicha anomalía".
Si la anomalía incompatible con la vida no hubiera podido ser detectada clínicamente en las 22 primeras semanas de gestación, el aborto podrá practicarse después, siempre que se cumplan los requisitos anteriores.
Se permite la objeción de conciencia de todos los profesionales sanitarios que participen o colaboren en proceso de interrupción del embarazo.
Se prohíbe la publicidad de las clínicas que practican abortos.
Para que el consentimiento de menores de edad se entienda como "informado y libre", es decir, para que puedan abortar en los supuestos que permite la ley, será obligatoria "la participación de los titulares de la patria potestad", ya sean padres o tutores.
Practicar un aborto fuera de los supuestos no tendrá reproche penal para la mujer.
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