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El Supremo archiva la causa contra Barcina por las dietas de Caja Navarra

El alto tribunal considera que no se cumplen los elementos necesarios para apreciar cohecho

La presidenta del Gobierno de Navarra, Yolanda Barcina, durante un pleno del Parlamento autonómico.
La presidenta del Gobierno de Navarra, Yolanda Barcina, durante un pleno del Parlamento autonómico. Jesus Diges (EFE)

El Tribunal Supremo ha archivado hoy las actuaciones judiciales contra Yolanda Barcina, presidenta de Navarra por Unión del Pueblo Navarro (UPN), por el caso de cobro de dietas de Caja Navarra. La titular del juzgado de instrucción número 3 de Pamplona, María Paz Benito, que investiga el caso de las dobles y triples dietas de los consejeros de Caja Navarra (CAN), había remitido la causa al alto tribunal para que valorara tomar declaración como imputada a Barcina. La juez ha imputado ya en esta investigación al expresidente del Gobierno de Navarra Miguel Sanz, al alcalde de Pamplona, Enrique Maya, y al exconsejero de Economía Álvaro Miranda. Pero el Supremo, en un auto dictado hoy, ha señalado que no concurren todos los elementos del cohecho impropio, por lo que procede el archivo de la investigación.

El caso de las dietas arranca de la siguiente manera: Los Estatutos de 2010 de Caja Navarra acordaron la creación de un nuevo órgano consultivo, la “Junta de Entidades Fundadoras”. Lo formaban el presidente, vicepresidente y el consejero de economía del Gobierno de Navarra; el alcalde y primer teniente de alcalde de Pamplona; los expresidentes del Consejo General de la Caja; y siete miembros designados por el presidente del Gobierno de Navarra, cuatro de ellos entre los parlamentarios forales.

Por unas reuniones llamadas “sesiones de reporte”, a las que asistían miembros de la Junta de Entidades que se autoconstituyeron como Comisión Permanente –que no era conocida por los órganos de gobierno de la Caja ni por los demás miembros de la Junta-, se cobraban unas dietas que no aparecían como tales en las cuentas de Caja Navarra ni se ponían en conocimiento del Banco de España ni de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, quedando la margen de cualquier “publicidad, control o fiscalización”, como señaló la juez de Pamplona María Paz Benito. Las remuneraciones eran de 1.717 euros por reunión para los miembros ordinarios y 2.600 para el presidente. En ocasiones se celebraban entre dos o tres sesiones por día, lo que suponía cobrar las dietas por duplicado o por triplicado. Barcina cobró en total 68.000 euros.

Esta magistrada de Pamplona considera que los hechos podrían ser constitutivos de delito de cohecho impropio: “la autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero admitiera, por sí o por persona interpuesta, dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su cargo o función, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años”.

El cobro de las dietas, ¿se puede considerar cohecho? La juez de Pamplona entendía que sí. Señalaba que “dádiva” es cualquier ventaja obtenida por el funcionario o autoridad y que los miembros de esa Comisión Permanente cobraron en atención a sus cargos –presidente del Gobierno de Navarra, consejero de Economía, vicepresidente segundo y alcalde de Pamplona-, lo que, además, comprometía o podía comprometer su imparcialidad.

Los magistrados del Tribunal Supremo, sin embargo, han archivado la causa en relación con la aforada Barcina. Señalan que plantea dudas la consideración de las dietas de Caja Navarra como "dádivas" porque que su cobro obedece "a una actividad propia de la persona que la recibe y a la ocupación temporal que comporta". "No es factible en una causa penal indagar sobre la justificación de la dieta y el esfuerzo realizado, aunque ha de comprobarse que los emolumentos recibidos se corresponden con una actividad en la que el sujeto activo ha dedicado tiempo, esfuerzo y que podría generar responsabilidad", señala la resolución.

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El alto tribunal indica que en este caso "no concurre el elemento típico de la bilateralidad". El cohecho, señalan los magistrados, "requiere un doble comportamiento, una persona que ofrezca y otra que recibe, y que ese ofrecimiento esté causalmente relacionado con el cargo o función que se realiza". Los magistrados argumentan que las dietas de Caja Navarra se concedían y recibían por la Junta de Entidades Fundadoras, de forma que "no hay ofrecimiento ajeno al sujeto activo". Es decir, ellos se lo daban y ellos se lo quedaban; por esto se considera que no hay “bilateralidad”. Los hechos tampoco podrían considerarse como apropiación indebida o hurto, según el alto tribunal.

“UPN es un partido de gente honrada”

El caso ha mantenido en vilo la política navarra desde el mes de diciembre, cuando la juez de instrucción de Pamplona, María Paz Benito comenzó a investigar el sistema de retribuciones a cargos públicos en la extinta entidad financiera. En varias ocasiones todos los grupos del parlamento, incluso el PP, pidieron la dimisión de Yolanda Barcina (UPN) como presidenta del Gobierno foral y barruntaban una situación insostenible si la jefa del ejecutivo era imputada por el Supremo. La decisión de la Sala de Admisión del alto tribunal de no admitir el sumario de las dietas de Caja Navarra liquida el recorrido judicial de este asunto y da un respiro a una presidenta que hoy se ha mostrado muy satisfecha con una noticia que, a su juicio, “deja en muy mal lugar a quienes han condenado sin juicio previo”.

Barcina defendió que UPN pagara los abogados a los cuatro cargos imputados (ella misma, Sanz, Maya y Miranda) porque consideraba que el caso de las dietas era “un ataque a UPN de quienes no creen en Navarra”, en referencia al colectivo Kontuz y UPyD, denunciantes en este sumario. Hoy la líder de la formación regionalista ha proclamado que “UPN es un partido de gente honrada”. Barcina ha añadido que es “una pena que no se haya enviado esta denuncia al Supremo desde el principio porque Navarra hubiera tenido más estabilidad”. La juez de instrucción, Maria Paz Benito, realizó los interrogatorios al resto de imputados y recabó distintas pruebas durante cinco meses hasta decidir elevar el caso al Supremo, el único tribunal que puede citar a un presidente navarro en ejercicio. Hasta que Benito no se inhibió a favor del alto tribunal, Barcina siempre dijo ser ajena al asunto y no quiso pronunciarse sobre él.

Por su parte, Patxi Zamora, portavoz del colectivo Kontuz, que realizó la primera denuncia de este caso, ha lamentado la inadmisión del caso en el Supremo y afirma que el auto “tiene una preocupante pobreza argumental comparado con la exhaustividad de la investigación de la juez de instrucción de Pamplona”. Añade Zamora que las tres decisiones que ha tomado el Supremo sobre cargos públicos en los últimos días (archivando la investigación abierta contra el exministro socialista José Blanco y rebajando la pena impuesta al expresidente balear Jaume Matas de seis años de cárcel a nueve meses) “ponen en entredicho su independencia”. Kontuz recuerda que mantiene abierta otra causa por distintos delitos relacionados con la gestión de Caja Navarra en la Audiencia Nacional en la que están imputados el ex presidente Miguel Sanz y el ex director general de la entidad, Enrique Goñi.

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